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Proyecto que declara internet como servicio esencial y universal pasa a sanción presidencial

El documento establece, por ejemplo, que con los planes de hasta $54.000 se podrá navegar sin costo para en el portal de educación que será dispuesto por el Gobierno.

10 de junio de 2021 - 07:20 p. m.
El proyecto ordena que los operadores no podrán “suspender las labores de instalación, mantenimiento y adecuación de las redes requeridas para la operación de este servicio público esencial, y garantizarán la continua provisión del servicio”.
El proyecto ordena que los operadores no podrán “suspender las labores de instalación, mantenimiento y adecuación de las redes requeridas para la operación de este servicio público esencial, y garantizarán la continua provisión del servicio”.
Foto: Pixabay
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El Senado y la Cámara de Representantes conciliaron el proyecto de ley que declara internet como servicio público esencial y universal. El objetivo, según el articulado, es “garantizar y asegurar la prestación del servicio de manera eficiente, continua y permanente, permitiendo la conectividad de todos los habitantes del territorio nacional, en especial de la población que, en razón a su condición social o étnica se encuentre en situación de vulnerabilidad o en zonas rurales y apartadas”.

Para lograrlo, se establece, por ejemplo, que los operadores no podrán “suspender las labores de instalación, mantenimiento y adecuación de las redes requeridas para la operación de este servicio público esencial, y garantizarán la continua provisión del servicio”.

El proyecto ordena que “todos los usuarios de los servicios de acceso a Internet móvil en la modalidad prepago y pospago de hasta uno coma cinco (1,5) Unidades de Valor Tributario (UVT) podrán navegar sin costo para el usuario al dominio, subdominio y páginas adyacentes del portal de educación que será dispuesto por el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic). Este portal dispondrá de contenidos educativos en texto, animaciones e imágenes”.

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En casos de estados de excepción o emergencias sanitarias, se ordena que si el usuario incurre en impago del servicio (voz y datos) en la modalidad pospago cuyo valor no exceda una coma cinco (1,5) Unidades de Valor Tributario (UVT, es decir, cerca de $54.000) se mantendrá al menos la opción de hacer recargas para usar el servicio en prepago, envío de doscientos (200) mensajes de texto (SMS) gratis y la recepción de estos sin ninguna restricción, la navegación gratuita en treinta (30) direcciones de Internet (URL), que serán definidas por el Mintic con apoyo del regulador, para acceder a servicios de salud, atención de emergencias, del gobierno y de educación.

“Para los servicios de telefonía móvil (voz y datos) en la modalidad prepago se mantendrá al menos el envío de doscientos (200) mensajes de texto (SMS) gratis y la recepción de estos sin ninguna restricción”, añade el articulado.

El Mintic destacó que, además, “el proyecto incluye dentro de las funciones del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FUTIC), el financiar el desarrollo de líneas de crédito para los operadores de Internet fijo residencial con menos de 30.000 usuarios, así como exceptuarlos del pago de contribución anual a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y el pago de contraprestación periódica al fondo”.

Luego de la conciliación, el proyecto pasa a la sanción presidencial para convertirse en ley.

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