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La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, radicó en el Senado el informe de ponencia para segundo debate de la reforma pensional, que es el Proyecto de Ley N°. 293 de 2023 Senado “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común, y se Dictan Otras Disposiciones”.
La ponencia “está firmada por 5 senadores de la República, después de un trabajo técnico fuerte, juicioso y sobre todo con los estudios actuariales de respaldo, esta ponencia mayoritaria es la que el Gobierno del Cambio estará apoyando y queremos decir que da toda la tranquilidad para que Colombia siga avanzando hacia un país de derechos”, dijo la ministra.
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El documento que contiene 94 artículos fue firmado por: Fabián Diaz Plata, Berenice Bedoya Pérez, Polivio Leandro Rosales y Omar de Jesús Restrepo.
La ponencia mantiene el sistema de pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro individual, el fondo de ahorro con el único fin de utilizar los recursos para pagar las mesadas y las cotizaciones hasta tres salarios mínimos serán administradas por Colpensiones, el restante pasará a los fondos privados.
Además, este documento crea un subsidio que no se tenía. “El Componente de Prima Media del Pilar Contributivo, el valor de las cotizaciones traído a valor presente con la inflación fin de período del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) aumentado en un 3 % efectivo anual y un subsidio equivalente al 15 % del saldo resultante”, dice.
“Esta es una ponencia construida con todos los sectores, con los distintos equipos de trabajo de esta comisión, una ponencia incluyente y garantista”, dijo, Martha Peralta, senadora y coordinadora ponente.
Se espera que en los próximos días se agende la fecha para adelantar el segundo debate en plenaria del senado de la República.
De otra parte, este miércoles, la senadora Norma Hurtado radicó primero una ponencia alternativa, que quiere modificar algunos puntos estructurales del proyecto del Gobierno. “Buscamos garantizar viabilidad fiscal, sostenibilidad en el tiempo y protección de la vejez y el ahorro (...) la ponencia es producto de conversaciones consensuadas con expertos, académicos, ciudadanos y actores del sistema pensional”, dijo la senadora.
Según Hurtado, ella y su partido, La U, reconocen la necesidad de realizar cambios al sistema pensional. Entre ellos está la reducción del umbral del pilar contributivo de tres a 1,5 salarios mínimos, una petición que han hecho los fondos privados.
📍 Los pilares de la reforma pensional
La reforma establece cuatro pilares que conformarían el sistema, se trata de:
1. Pilar solidario: en este se encuentran las personas mayores que no logren tener una pensión. Los beneficiarios recibirán un subsidio por un valor que corresponda, como mínimo, a la línea de pobreza extrema que se certifique para el año 2023. Y aumentará con la inflación (IPC) anual.
2. Pilar semicontributivo: cubre a las personas que, habiendo cotizado al sistema, a los sesenta y cinco (65) años de edad hombres y sesenta (60) años mujeres, no hayan cumplido los requisitos para acceder a una pensión contributiva, por lo que podrán acceder a una prestación económica.
Este beneficio se constituirá en el acceso a una renta vitalicia, que se financiará con recursos del Presupuesto General de la Nación y con sus propios aportes de los afiliados. Dentro de este pilar también se incluyen las personas que estén en el Programa de los Beneficios Económicos Periódicos BEPS, de acuerdo con la reglamentación que se encuentre vigente.
3. Pilar contributivo: “está dirigido a cubrir a los(as) trabajadores(as) dependientes e independientes, servidores(as) públicos y a las personas con capacidad de pago para efectuar cotizaciones sobre un ingreso igual o superior a un (1) salario mínimo legal vigente”, según el documento.
La cotización se mantiene en un 16 % del Ingreso Base de Cotización. Los empleadores pagarán el 75 % de la cotización total y los trabajadores el 25 % restante.
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Este pilar está hecho de dos componentes:
- El Componente de Prima Media: allí están todas las personas afiliadas al sistema y recibirá las cotizaciones por los ingresos base de cotización entre un (1) smlmv y hasta tres (3) smlmv. Las prestaciones se financian con recursos del Fondo Común de Vejez y del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo que se propone crear en el proyecto de Ley. Los parámetros para acceder a una pensión de vejez se mantienen:
- Haber cumplido 57 años de edad si es mujer, o sesenta y 62 años de edad si es hombre.
- Haber cotizado un mínimo de 1.300 semanas en cualquier tiempo. Las semanas mínimas de cotización que se exija a las mujeres para obtener la pensión de vejez a partir del primero de enero del año 2026 se disminuirán hasta llegar a 1000 semanas de cotización.
“El monto de la pensión de vejez se obtiene restándole a 65,5 la mitad del número de salarios mínimos legales mensuales vigentes a los que corresponde el IBL, con la posibilidad de aumentar en un 1,5% por cada 50 semanas adicionales a las 1300 hasta llegar a un monto máximo de 80% de tasa de reemplazo”, asegura la ponencia.
- El Componente de Ahorro Individual: recibirá las cotizaciones por la parte del ingreso base de cotización que exceda los tres (3) smlmv y hasta los veinticinco (25) smlmv, cuyas prestaciones se financian con el monto de las cotizaciones realizadas y sus respectivos rendimientos financieros.
Este Componente propende por complementar el valor de la prestación obtenida en el Componente de Prima Media, para formar en conjunto la Pensión Integral de Vejez. Una vez se hayan determinado las cuantías en los dos componentes del Pilar Contributivo, se integrará una sola pensión que será reconocida y pagada por la Administradora del Componente de Prima Media, o a través del mecanismo que defina el Gobierno Nacional.
4. Pilar de Ahorro Voluntario: “lo integran las personas que hagan un ahorro voluntario a través de los mecanismos que existan en el sistema financiero, según el régimen que establezca la Ley. A este pilar no se le aplicarán los principios y disposiciones del Proyecto de Ley. El ahorro en el Pilar voluntario y sus rendimientos financieros solo gozarán de los mismos beneficios que la Ley concede a las cuentas de ahorro en términos de inembargabilidad”.
📍 Menos semanas cotizadas para las mujeres
A las mujeres no se les exigirá que coticen 1.300 horas para que se puedan pensionar. Se disminuirá 50 semanas a partir del 1 de enero del 2026 y a partir del 1 de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año, así:
Años | Semanas |
---|---|
2026 | 1.250 |
2027 | 1.225 |
2028 | 1.200 |
2029 | 1.175 |
2030 | 1.150 |
2031 | 1.125 |
2032 | 1.100 |
2033 | 1.075 |
2034 | 1.050 |
2035 | 1.025 |
2036 | 1.000 |
Este es el documento completo que presentó el Ministerio del Trabajo:
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