Reglamentan convalidación de prácticas como experiencia profesional para jóvenes
Se trata del Decreto 952, que aplica para el acceso a empleos en el sector público.
El Departamento Administrativo de la Función Pública expidió el Decreto 952 de 2021 cuyo objetivo es que el 90% de la experiencia obtenida por las personas entre 14 y 28 años en sus prácticas laborales, pasantías, monitorías y grupos de investigación sea válida como experiencia profesional en los procesos de acceso a empleos públicos.
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La entidad explicó que “las oficinas de talento humano de las entidades públicas deberán validar que los certificados correspondan al programa de estudios que los jóvenes estén cursando y deberán exigir los certificados a la institución educativa para establecer si existe esa relación entre las actividades realizadas por el estudiante con su pensum académico”.
Esta convalidación no aplicará para las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud, cuya experiencia profesional solo se computa a partir de la inscripción o registro profesional.
El director de Función Pública, Nerio Alvis, explicó que también se estableció “que los jóvenes que han tenido un contrato laboral o de prestación de servicios antes de su graduación puedan certificar esa experiencia profesional en los concursos de meritocracia que se adelantan en la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como los otros procesos de vinculación y contratación en el empleo público”.
La nueva norma, entre otras cosas, dicta que las entidades territoriales deberán cumplir con lo ordenado en el decreto. Lea el decreto completo aquí.
El Departamento Administrativo de la Función Pública expidió el Decreto 952 de 2021 cuyo objetivo es que el 90% de la experiencia obtenida por las personas entre 14 y 28 años en sus prácticas laborales, pasantías, monitorías y grupos de investigación sea válida como experiencia profesional en los procesos de acceso a empleos públicos.
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La entidad explicó que “las oficinas de talento humano de las entidades públicas deberán validar que los certificados correspondan al programa de estudios que los jóvenes estén cursando y deberán exigir los certificados a la institución educativa para establecer si existe esa relación entre las actividades realizadas por el estudiante con su pensum académico”.
Esta convalidación no aplicará para las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud, cuya experiencia profesional solo se computa a partir de la inscripción o registro profesional.
El director de Función Pública, Nerio Alvis, explicó que también se estableció “que los jóvenes que han tenido un contrato laboral o de prestación de servicios antes de su graduación puedan certificar esa experiencia profesional en los concursos de meritocracia que se adelantan en la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como los otros procesos de vinculación y contratación en el empleo público”.
La nueva norma, entre otras cosas, dicta que las entidades territoriales deberán cumplir con lo ordenado en el decreto. Lea el decreto completo aquí.