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Que no le llamen a la Policía: ¿cuánto ruido puede hacer en una fiesta en casa?

Una fiesta hasta altas horas de la noche u obras de remodelación fuera de horario le pueden salir caras. Conozca los decibelios y horarios permitidos para evitar multas, cuyo valor es de casi $700.000.

07 de julio de 2024 - 02:30 p. m.
La ley 675 de 2001 establece que los habitantes de una unidad residencial o barrio están obligados a no generar ruidos que perturben a otros, y algo parecido se repite en la mayoría de los reglamentos de las propiedades horizontales. Imagen de referencia.
La ley 675 de 2001 establece que los habitantes de una unidad residencial o barrio están obligados a no generar ruidos que perturben a otros, y algo parecido se repite en la mayoría de los reglamentos de las propiedades horizontales. Imagen de referencia.
Foto: Pixabay

Nadie quiere vivir junto a un vecino ruidoso, pero ¿cuánto ruido se considera como problemático en la propiedad horizontal y en qué casos puede intervenir la Policía?

Vivir en una torre de apartamentos, un conjunto residencial o un condominio tiene lo suyo. Cerramientos, vigilancia 24 horas, áreas comunes y otras amenidades permiten disfrutar de la experiencia. Pero cuando se vive junto a decenas de familias en un área reducida se terminan compartiendo más cosas que un saludo.

Los olores atraviesan las ventanas y los ruidos cruzan fácilmente las paredes, enfrentando a residentes y administradores al punto de llegar a requerir la presencia de la Policía. Lo normal, entonces, es ponerle límites.

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La ley 675 de 2001 establece que los habitantes de una unidad residencial o barrio están obligados a no generar ruidos que perturben a otros, y algo parecido se repite en la mayoría de los reglamentos de las propiedades horizontales.

La norma, además, precisa los niveles de ruido que se pueden hacer en el día y en la noche. Conocerlos puede evitarle una multa y sanciones por parte de la administración.

Horarios permitidos

Hablemos en decibelios. La ley establece límites para el ruido producido por fiestas, obras de remodelación o cualquier otra fuente de contaminación auditiva según la franja horaria:

  • Día: 65 decibeles. Pocos tienen un medidor de decibeles a mano, pero para darle una idea se registra un rango de 60 a 70 decibeles en un restaurante abarrotado, cuando un grupo de gente conversa en voz muy alta o cuando hay un teléfono sonando cerca al oído.
  • Noche: 55 decibeles. Electrodomésticos como aspiradoras o batidoras y herramientas como taladros o martillos pueden alcanzar estos decibeles que equivalen a una concentración de gente en la calle, una oficina con mucha actividad o un televisor a un volumen medio.

Multas en 2024

Si hace caso omiso a los avisos de los guardas de seguridad o a los avisos de la administración, puede que un agente de Policía llegue hasta su puerta a ponerle un comparendo e, incluso, a parar la fiesta.

El artículo 33 del Código Nacional de Policía cataloga como “multa general tipo 3″ sobrepasar los niveles de ruido permitidos en la propiedad horizontal. Dicho artículo, además, señala que las autoridades de Policía pueden desactivar temporalmente la fuente de ruido (sonidos en actividades, fiestas o eventos similares que “afecten la convivencia del vecindario) en caso de que el residente se niegue a desactivarlo.

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Las multas tipo 3, a diferencia de otras (tipo 1 y 2), no se pueden conmutar por la participación en un programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia. A la fecha, la multa general tipo 3 es de 16 salarios mínimos legales vigentes, lo que equivale a casi $700.000 de 2024. Puede que a este valor deba sumarle la respectiva sanción monetaria y/o disciplinaria de la administración.

Ruido por mascotas

Las mascotas son otra fuente de ruido que puede perturbar la convivencia en una propiedad horizontal. En Colombia no existe una ley específica que regule o imponga sanciones a quienes tienen mascotas ruidosas, pues la Corte Constitucional señaló una vez que los ladridos de perro son parte de la naturaleza de estos animales y, por ello, no pueden ser motivo de sanción.

Para abordar esta situación, los vecinos pueden recurrir al manual de convivencia o reglamento de la copropiedad y acudir a la Policía, para que un agente llame la atención de quien causa molestias y proponga una conciliación con el dueño de la mascota.

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juan(f9hh9)11 de julio de 2024 - 12:31 a. m.
La policía nunca acude a los llamados por ruido, lamentablemente si la autoridad hiciera bien su trabajo el problema no termina en agresiones entre vecinos y problemas de falta de tolerancia entre los mismos vecinos.
Carlos(kz3y6)08 de julio de 2024 - 03:30 p. m.
Ante todo, las normas están hechas para cumplirlas. Si las cumpliéramos no tendríamos porqué llamar a la policía. Sin embargo, en este país, en donde la gente es poco civilizada y ruidosa, la acción de la autoridad debe ser contundente y las multas también. Pero lo que no podemos hacer es echarle la culpa a la policía de los excesos que cometen los ciudadanos. Ejemplo: El problema no es que falte policía, el problema es el mal comportamiento de los ciudadanos.
Orlando(n4yrx)07 de julio de 2024 - 05:18 p. m.
Orlando, me da pena contradecir a los que dien que la Policía no acude. En la comunidad donde vivo a punta de llamar a la policía hemos podido mejorar la convivencia ciudadana, hay que saber insistir y también dialogar con los que promueven malas prácticas. Somos flojos para dialogar con los vecinos para que nos respetemos. Hagan la prueba. Dialogar no en el barullo...
  • Melmalo(21794)07 de julio de 2024 - 05:44 p. m.
    De acuerdo.
Jorge(60581)07 de julio de 2024 - 04:50 p. m.
Horror darle más poder a una Policía progresista cada días más corrupta e impune
carlos jose(w4jkp)07 de julio de 2024 - 03:32 p. m.
Policia jamas acude y no atiende Este tipo de incidentes,estan ocupadusimos atendiendo expendios de droga y llamadas de Las putas
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