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Este jueves, la Superintendencia de Transporte reportó las más recientes sanciones que ha impuesto contra empresas del sector por infringir las normas de transporte de mascotas.
Una de ellas es Easyfly, que deberá pagar 58,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($52.987.895) por la muerte del perro Homero, un american bully que viajó en esta aerolínea el pasado enero desde Puerto Asís y llegó sin vida a Cali.
Según denunció la dueña de la mascota, María Fernanda Echeverry, Easyfly no le dejó llevar a su perro en cabina, le hizo cambiar la modalidad del viaje y dijo que el perro debía ir en la bodega de equipaje.
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“Compré el tiquete aclarando que viajaba única y exclusivamente con mi perrito. Llego al aeropuerto, donde me manifiestan que no puedo viajar con él” aseguró Echeverry en su cuenta de Instagram esa vez.
Pese a su insistencia, la aerolínea se negó y el perro debió viajar en la bodega. “Cuando me bajé del avión, corrí a verlo para recibirlo con ansias y me encuentro con una escena impactante: estaba debajo de todas las maletas sin vida, no lo ubicaron como debían y no le dieron el espacio suficiente para poder respirar”, aseguró la denunciante.
Casi nueve meses después, la Supertransporte sancionó a la aerolínea al determinar que infringió el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011 y el numeral 3.10.3.4 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia 3 (RAC 3). Dijo que la empresa prestó el servicio de transporte del perro “sin calidad, idoneidad y sin cumplir las obligaciones del transporte”.
La entidad también sancionó a una persona natural relacionada con el caso al encontrarla “responsable de no suministrar al usuario la información a la que legalmente estaba obligada al momento de vender el tiquete, pues no indicó que para transportar a su mascota requería llevar un guacal”, dijo en un comunicado.
Esta persona, de la que se desconoce su nombre, deberá pagar $11.197.387, equivalentes a 12,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
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La Supertransporte también se refirió a otros casos similares, como el de Aerocafeteros S.A., que tampoco prestó el servicio ni la información necesaria para transportar a una mascota llamada Paris por vía terrestre. El animal falleció al momento de llegar a su destino en Cali.
Por este motivo, Aerocafeteros fue sancionada con 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($ 27.255.780).
El último caso fue el de dos perros transportados por vía terrestre en el trayecto Pereira-Ibagué por Velotax, que los llevó, aparentemente, dentro de un costal. La empresa fue sancionada con 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($13.627.890).
“Estas decisiones les recuerdan a las empresas de todos los modos de transporte que deben velar por la salud de las mascotas de sus usuarios durante los recorridos. La Superintendencia de Transporte, continuará acompañando a los viajeros desde la prevención y promoción con el fin de velar por sus derechos e informar sus deberes a la hora de emprender cualquier viaje”, dijo el superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza.
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Las decisiones anunciadas son de primera instancia y están sujetas a recursos. Contra los actos administrativos procede el recurso de reposición y apelación, destacó la entidad.
Así mismo, compartió la Guía para el Transporte de Animales de Compañía y Mascotas y las 10 Acciones para el Transporte de Animales y Mascotas, desarrollada con la Policía Nacional y el ICA. Puede consultar esta guía haciendo clic aquí.