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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) informó que impuso una multa de $545 millones contra la empresa Muebles y Accesorios SAS por “incumplir las normas que regulan la calidad del servicio de postventa, la garantía, las promociones y ofertas, las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, las obligaciones del comercio electrónico, el derecho de reversión de pago; así como por la inobservancia a las órdenes impartidas con anterioridad por esta Superintendencia”.
La SIC encontró que la empresa había incumplido de manera permanente y continua con los tiempos de entrega de los productos adquiridos por los consumidores, así como que realizaba entregas parciales de dichos bienes.
Además, comprobó que la empresa no informó de manera veraz, suficiente y precisa a los consumidores los horarios y las fechas de entrega de los productos, cobrándoles sumas adicionales por la reprogramación de dichas entregas a sus clientes.
También se encontraron irregularidades en la publicidad, pues se incluyó la proclama “entrega inmediata”, mientras que la entrega de los productos se realizaba en realidad en un lapso de tres a ocho días.
Asimismo, la SIC dice que Muebles y Accesorios SAS “incluyó disposiciones a través de las cuales desconoce la responsabilidad que le corresponde en relación con la garantía legal, al tiempo que incluyó en sus contratos cláusulas abusivas que presumen la manifestación de la voluntad de los consumidores, a través de las cuales les crea erogaciones por concepto de depósitos de mercancías cuando no es posible la entrega del producto por causas atribuibles a los consumidores, sin explicarles las circunstancias y el procedimiento para ello”.
Y frente a las ventas por medio de comercio electrónico se pudo establecer que la empresa no les informó a los consumidores en todo momento, de forma cierta, fidedigna, suficiente, clara y actualizada, las características de los bienes que ofrecía, ni la escala en la que estaban representadas las imágenes que empleaba para influir en las decisiones de consumo; asimismo, no indicó lo correspondiente al procedimiento para que los usuarios hicieran efectivo el derecho de retracto.
Finalmente, la SIC también impartió una orden administrativa con el fin de evitar que cause daño o perjuicio a los consumidores.
Contra el acto administrativo sancionatorio proceden los recursos de reposición y apelación.