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Supertransporte formuló cargos por inconsistencias en estaciones de pesaje

La entidad reveló que se identificaron algunas inconsistencias en los Pesos Brutos Vehiculares registrados por 16 operadores, pues advertían sobrepeso en la carga cuando no lo había.

07 de enero de 2021 - 12:25 a. m.
Los operadores de las estaciones de pesaje deben realizar el control del sobrepeso en vía y es obligación para los administradores mantener actualizado su sistema con el marco normativo.
Los operadores de las estaciones de pesaje deben realizar el control del sobrepeso en vía y es obligación para los administradores mantener actualizado su sistema con el marco normativo.
Foto: Supertransporte

La Superintendencia de Transporte abrió investigación en contra de 16 operadores de 24 estaciones de pesaje por, presuntamente, infringir la normatividad que regula el control al sobrepeso de los vehículos de transporte de carga.

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Entre las firmas aparecen Autopista de la Sabana S. A., Autopistas del Café S. A. S., Autovía Neiva - Girardot S. A. S., Concesión Ruta Al Mar S. A. S., Consorcio Vial Helios, Sabana de Occidente S. A. S., Yuma Concesionaria S. A. y Vía 40 Express S. A. S., entre otras.

El procedimiento, a cargo de la Dirección de Promoción y Prevención de la Delegatura de Concesiones e Infraestructura de la entidad, comenzó con acciones de supervisión para verificar el cumplimiento de las normas relacionadas con el control del sobrepeso en carreteras por parte de los administradores de las estaciones de pesaje luego de una serie de quejas enviadas a la Superintendencia.

La entidad reveló que para la formulación de cargos se identificaron algunas inconsistencias en los Pesos Brutos Vehiculares (PBV) máximos que aparecen registrados en los tiquetes de pesaje de los vehículos de configuración C2, los cuales eran superiores frente a los máximos registrados en el RUNT y a los establecidos por el Ministerio de Transporte, lo que “estaría causando que se registre un sobrepeso que no existe, en perjuicio de los transportadores”.

Según la Supertransporte, los operadores de las estaciones de pesaje deben realizar el control del sobrepeso en vía y es obligación para los administradores mantener actualizado su sistema con el marco normativo que regula los máximos pesos para el transporte de carga en Colombia, así como con la información que reposa en otras entidades, como el RUNT, y ajustar las básculas camioneras con estos parámetros y rangos. “De no ser así, el peso que registre el vehículo de carga al momento del pesaje no podrá ser considerado asertivamente como sobrepeso”, explicó la entidad en un comunicado.

“Los concesionarios viales y los administradores de las estaciones de pesaje tienen la obligación de tener actualizados sus registros con la información del RUNT y el marco normativo que esté vigente. El control del sobrepeso es importante para conservar en buen estado las vías y reducir la siniestralidad, pero ese control debe cumplir con las normas legales para no causar un perjuicio a los transportadores, quienes, por su parte, también están obligados a no excederse en peso al momento de ejercer su actividad”, explicó el superintendente, Camilo Pabón.

En caso de comprobarse la responsabilidad, a cada concesionario o contratista operador de las estaciones de pesaje se le podrá imponer una multa que oscila entre 1 y 700 salarios mínimos mensuales por cada cargo. Contra la decisión de apertura de investigación y formulación de pliegos de cargos no procede recurso alguno. Sin embargo, hay lugar a que los investigados presenten descargos, de tal manera que se pronuncien sobre los hechos objeto de investigación y soliciten las pruebas que consideren pertinentes.

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