Tatequieto a Jorge Hané y su Redu Fat Fast por publicidad engañosa
La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó una multa impuesta por un valor superior a $700 millones.
Redacción Economía
La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó, en segunda instancia, la multa impuesta a Jorge Hané Laboratories, por publicidad engañosa de su producto ‘Redu Fat Fast’ por valor de $708.785.000.
De la misma manera, se confirmó la orden de cese de la publicidad del suplemento dietario ‘Redu Fat Fast’, y la difusión de publicidad correctiva en las mismas condiciones de la difusión original, en la que introduzca de manera notoria, visible y legible para el consumidor, la leyenda “Redu Fat Fast es un suplemento dietario, no un producto para bajar de peso”.
El caso concreto
La Superintendencia de Industria y Comercio inició de oficio una investigación administrativa contra Jorge Hané Laboratories por la presunta infracción de los artículos 29 y 30 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) por hechos relacionados con publicidad engañosa de su producto ‘Redu Fat Fast’, luego del análisis preliminar de las piezas publicitarias emitidas a través de diferentes medios de comunicación.
Analizado el material probatorio, tanto en primera como en segunda instancia, la Superindustria concluyó que el mensaje que se deriva del conjunto de piezas publicitarias que contienen el anuncio explícito “Gurú Internacional de la Pérdida de Peso”, reforzado por afirmaciones como “yo te lo garantizo” o “porque funciona” (emitidas por quien se atribuye la calidad de ‘Gurú Internacional de la Pérdida de Peso’), corresponde a que el suplemento dietario ‘Redu Fat Fast’, supuestamente sirve para eliminar grasa, reducir peso o disminuir medidas corporales.
Así las cosas, la Superintendencia determinó, tanto en primera como en segunda instancia, que el mensaje transmitido al consumidor resulta engañoso, pues dichos resultados de eliminación de grasa, reducción de pesos y disminución de medidas, no coinciden con la realidad, ya que no existen soportes científicos ni técnicos que demuestren que el producto efectivamente genera los resultados atribuidos.
Finalmente, en la investigación de la Superintendencia, se evidenció que el producto ‘Redu Fat Fast’ tiene registro sanitario del Invima como suplemento dietario, lo que indica que no produce efectos terapéuticos o beneficios para la salud, tales como la eliminación de grasa o reducción de peso, pues de generar tales resultados su registro sanitario debería corresponder al de un medicamento.
La Sanción
La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó en segunda instancia, la multa impuesta a Jorge Hané Laboratories, por publicidad engañosa de su producto.
La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó, en segunda instancia, la multa impuesta a Jorge Hané Laboratories, por publicidad engañosa de su producto ‘Redu Fat Fast’ por valor de $708.785.000.
De la misma manera, se confirmó la orden de cese de la publicidad del suplemento dietario ‘Redu Fat Fast’, y la difusión de publicidad correctiva en las mismas condiciones de la difusión original, en la que introduzca de manera notoria, visible y legible para el consumidor, la leyenda “Redu Fat Fast es un suplemento dietario, no un producto para bajar de peso”.
El caso concreto
La Superintendencia de Industria y Comercio inició de oficio una investigación administrativa contra Jorge Hané Laboratories por la presunta infracción de los artículos 29 y 30 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) por hechos relacionados con publicidad engañosa de su producto ‘Redu Fat Fast’, luego del análisis preliminar de las piezas publicitarias emitidas a través de diferentes medios de comunicación.
Analizado el material probatorio, tanto en primera como en segunda instancia, la Superindustria concluyó que el mensaje que se deriva del conjunto de piezas publicitarias que contienen el anuncio explícito “Gurú Internacional de la Pérdida de Peso”, reforzado por afirmaciones como “yo te lo garantizo” o “porque funciona” (emitidas por quien se atribuye la calidad de ‘Gurú Internacional de la Pérdida de Peso’), corresponde a que el suplemento dietario ‘Redu Fat Fast’, supuestamente sirve para eliminar grasa, reducir peso o disminuir medidas corporales.
Así las cosas, la Superintendencia determinó, tanto en primera como en segunda instancia, que el mensaje transmitido al consumidor resulta engañoso, pues dichos resultados de eliminación de grasa, reducción de pesos y disminución de medidas, no coinciden con la realidad, ya que no existen soportes científicos ni técnicos que demuestren que el producto efectivamente genera los resultados atribuidos.
Finalmente, en la investigación de la Superintendencia, se evidenció que el producto ‘Redu Fat Fast’ tiene registro sanitario del Invima como suplemento dietario, lo que indica que no produce efectos terapéuticos o beneficios para la salud, tales como la eliminación de grasa o reducción de peso, pues de generar tales resultados su registro sanitario debería corresponder al de un medicamento.
La Sanción
La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó en segunda instancia, la multa impuesta a Jorge Hané Laboratories, por publicidad engañosa de su producto.