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                                                                                                                                Tiendas de barrio estarían vulnerando los derechos de los consumidores, según la SIC

                                                                                                                                La Superintendencia le ordenó a los negocios cumplir inmediatamente una serie de condiciones relacionadas con la información que brindan a los consumidores y las restricciones que imponen.

                                                                                                                                Redacción Economía.

                                                                                                                                El 92 % de las denuncias recibidas son por incremento de precios en los productos de la canasta familiar. / Archivo - El Espectador
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Le recomendamos: La tienda del barrio, el ombligo del mundo en tiempos de cuarentena

                                                                                                                                Entre las inconformidades recibidas con ocasión de la emergencia sanitaria, el 92,39 % denunciaron incremento de precios en los productos de la canasta familiar, el 5,78 % incremento de precios en tapabocas, antibacteriales o alcohol y una menor proporción reportaron acaparamiento, restricción de acceso a establecimientos de comercio por no usar tapabocas, venta atada, entre otras.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Además, las tiendas y almacenes deben informar al consumidor de forma veraz, suficiente, idónea, precisa y clara las restricciones, en caso de existir, sobre la adquisición de productos, así como garantizar la devolución de vueltas exactas, las cuales en ningún caso podrán ser inferiores a las que arrojen la cuenta.

                                                                                                                                Y si el negocio ofrece el servicio de entrega de productos a domicilio, está en la obligación de adoptar las medidas necesarias para garantizar las condiciones de seguridad a los consumidores, en su vida, su salud e integridad.

                                                                                                                                Finalmente, ordenó retirar publicaciones que puedan inducir al engaño a los consumidores, en las que se atribuyan bondades que no corresponden con la realidad sobre productos asociados a la cura o la prevención del COVID-19 y abstenerse de realizar estrategias promocionales anunciando tales bondades.

                                                                                                                                Estas obligaciones son de cumplimiento inmediato, el omitir las órdenes impartidas puede acarrear multas hasta por 1.000 salarios mínimos legales vigentes, según comunicó la SIC.

                                                                                                                                Lea también: Según la SIC, agencia de viajes puso a indígenas en riesgo de contagio por COVID-19

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Le recomendamos: La tienda del barrio, el ombligo del mundo en tiempos de cuarentena

                                                                                                                                Entre las inconformidades recibidas con ocasión de la emergencia sanitaria, el 92,39 % denunciaron incremento de precios en los productos de la canasta familiar, el 5,78 % incremento de precios en tapabocas, antibacteriales o alcohol y una menor proporción reportaron acaparamiento, restricción de acceso a establecimientos de comercio por no usar tapabocas, venta atada, entre otras.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Además, las tiendas y almacenes deben informar al consumidor de forma veraz, suficiente, idónea, precisa y clara las restricciones, en caso de existir, sobre la adquisición de productos, así como garantizar la devolución de vueltas exactas, las cuales en ningún caso podrán ser inferiores a las que arrojen la cuenta.

                                                                                                                                Y si el negocio ofrece el servicio de entrega de productos a domicilio, está en la obligación de adoptar las medidas necesarias para garantizar las condiciones de seguridad a los consumidores, en su vida, su salud e integridad.

                                                                                                                                Finalmente, ordenó retirar publicaciones que puedan inducir al engaño a los consumidores, en las que se atribuyan bondades que no corresponden con la realidad sobre productos asociados a la cura o la prevención del COVID-19 y abstenerse de realizar estrategias promocionales anunciando tales bondades.

                                                                                                                                Estas obligaciones son de cumplimiento inmediato, el omitir las órdenes impartidas puede acarrear multas hasta por 1.000 salarios mínimos legales vigentes, según comunicó la SIC.

                                                                                                                                Lea también: Según la SIC, agencia de viajes puso a indígenas en riesgo de contagio por COVID-19

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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