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                                                                                                                                Tribunal de Cundinamarca suspendió la licencia ambiental de la Troncal de los Andes

                                                                                                                                Un fallo suspendió las obras de la variante que conecta Chía con Bogotá por el riesgo ambiental que representa para un cuerpo de agua que podría ser declarado humedal.

                                                                                                                                La obra debe suspenderse hasta que se resuelvan las peticiones del tribunal.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La historia en: Troncal de los Andes: la historia sin fin

                                                                                                                                El Tribunal entró a esta historia luego de que la personera de Chía, Faisuly Blanco, instaurara una acción popular contra la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), la concesión a cargo del proyecto (Accenorte), la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y la Alcaldía Municipal de Chía en septiembre de 2020 alegando que la Troncal, como estaba diseñada, “lesionaba derecho colectivo a un ambiente sano y la existencia de un equilibrio ecológico” porque su trazado “afecta de manera directa un cuerpo de agua que cuenta con la presencia de especies en peligro de extinción”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Los anuncios más recientes sobre el tema: ¿Luz al final de la Troncal de los Andes?

                                                                                                                                De acuerdo con el fallo, del 18 de marzo de 2021, quedan suspendidas también todas las obras y actividades autorizadas por la licencia ambiental, así como cualquier intervención al predio donde está el cuerpo de agua “hasta tanto se determine con certeza por las autoridades ambientales correspondientes con acompañamiento de expertos la caracterización del cuerpo de agua no identificado en el trámite de licenciamiento ambiental (...) y de ser necesario, se realicen las gestiones necesarias para la modificación de la licencia ambiental”.

                                                                                                                                El proceso, que venía en curso desde el 14 de diciembre de 2020, cuando la acción popular fue admitida, concluyó que faltó claridad sobre la existencia del cuerpo de agua y la caracterización del mismo, en consecuencia, no fue claro el impacto que se generaría ni las medidas a establecer. El Tribunal dijo que impuso la medida cautelar porque “se aportaron elementos que generan duda y no la certeza de la adecuada protección ambiental”, es decir, por el principio de precaución.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Finalmente, la ANI indicó al tribunal que la Personería “no acreditó el perjuicio irremediable para decretar una medida cautelar”, sino que alegó “una supuesta vulneración de derechos colectivos en riesgo porque la licencia ambiental no tuvo en cuenta la existencia de un cuerpo de agua”, cuando en realidad no se están ejecutando obras en la zona.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                En video: El debate ambiental por la Troncal de los Andes

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                La obra debe suspenderse hasta que se resuelvan las peticiones del tribunal.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La historia en: Troncal de los Andes: la historia sin fin

                                                                                                                                El Tribunal entró a esta historia luego de que la personera de Chía, Faisuly Blanco, instaurara una acción popular contra la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), la concesión a cargo del proyecto (Accenorte), la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y la Alcaldía Municipal de Chía en septiembre de 2020 alegando que la Troncal, como estaba diseñada, “lesionaba derecho colectivo a un ambiente sano y la existencia de un equilibrio ecológico” porque su trazado “afecta de manera directa un cuerpo de agua que cuenta con la presencia de especies en peligro de extinción”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Los anuncios más recientes sobre el tema: ¿Luz al final de la Troncal de los Andes?

                                                                                                                                De acuerdo con el fallo, del 18 de marzo de 2021, quedan suspendidas también todas las obras y actividades autorizadas por la licencia ambiental, así como cualquier intervención al predio donde está el cuerpo de agua “hasta tanto se determine con certeza por las autoridades ambientales correspondientes con acompañamiento de expertos la caracterización del cuerpo de agua no identificado en el trámite de licenciamiento ambiental (...) y de ser necesario, se realicen las gestiones necesarias para la modificación de la licencia ambiental”.

                                                                                                                                El proceso, que venía en curso desde el 14 de diciembre de 2020, cuando la acción popular fue admitida, concluyó que faltó claridad sobre la existencia del cuerpo de agua y la caracterización del mismo, en consecuencia, no fue claro el impacto que se generaría ni las medidas a establecer. El Tribunal dijo que impuso la medida cautelar porque “se aportaron elementos que generan duda y no la certeza de la adecuada protección ambiental”, es decir, por el principio de precaución.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Finalmente, la ANI indicó al tribunal que la Personería “no acreditó el perjuicio irremediable para decretar una medida cautelar”, sino que alegó “una supuesta vulneración de derechos colectivos en riesgo porque la licencia ambiental no tuvo en cuenta la existencia de un cuerpo de agua”, cuando en realidad no se están ejecutando obras en la zona.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                En video: El debate ambiental por la Troncal de los Andes

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Temas recomendados:

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