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Ministerio de Educación fija incremento de matrículas de colegios privados

La entidad señala que los incrementos podrán oscilar entre el 6,28% y el 9,27%. Conozca las razones.

01 de octubre de 2024 - 02:02 a. m.
Pese a ese tope de aumento, cada institución es autónoma en otorgar descuentos a las familias sobre la tarifa autorizada.
Pese a ese tope de aumento, cada institución es autónoma en otorgar descuentos a las familias sobre la tarifa autorizada.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
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A través de la Resolución 16763 del 30 de septiembre de 2024, el Ministerio de Educación estableció los incrementos aplicables a las tarifas de matrículas y pensiones de los establecimientos educativos privados de preescolar, básica y media del país que se aplicarán en el año escolar 2025. “Conforme a lo establecido por la cartera Educativa, la base de incremento se fijará de acuerdo con Índice de Precios al Consumidor - IPC con corte a agosto de 2024, emitido por el DANE, el cual se ubicó en 6.12%”, confirmó la entidad.

A partir de esa base, sin embargo, cada establecimiento educativo podrá acceder a puntos porcentuales adicionales fijos. De acuerdo con las 3 variables que hacen parte del índice, respecto al comportamiento de la matrícula registrada en el Sistema de Información de Matrícula - SIMAT de los años 2022 y 2023, se puede ubicar en los siguientes rangos: alto (0,5), medio (0,33) y bajo (0,16 puntos porcentuales de aumento).

Además, y según la clasificación por autoevaluación institucional, definido por el régimen en el que se ubica el establecimiento educativo, también se podrán añadir puntos a ese aumento. Las instituciones que se encuentran reguladas por certificación de calidad, podrán aumentar 0.8 puntos; las que estén por autoevaluación, 0.63; y las instituciones vigiladas por autoevaluación, 0,46 puntos.

De esta manera, concluye Mineducación, “los incrementos en los costos educativos para los colegios privados en el año 2025 oscilarán entre el 6.28% para un colegio ubicado en Régimen Controlado y con índice de permanencia en bajo y al que no apliquen los puntos adicionales por educación inclusiva y acuerdo de nivel salarial; hasta el 9.27%, para un colegio ubicado en Regulación por certificación de calidad, índice de permanencia alto, educación inclusiva y nivelación salarial con Fecode”.

El ministerio aclara finalmente dos cosas: en primer lugar, “son las Entidades Territoriales Certificadas las que expedirán los actos administrativos para la fijación del aumento de tarifas para 2025 antes que estos inicien su proceso de matrícula, especificando claramente el régimen en el que se ubica cada establecimiento educativo”. Y en segundo lugar, y pese a ese tope de aumento, cada institución es autónoma en otorgar descuentos a las familias sobre la tarifa autorizada. “Estos descuentos deben ser detallados en el reglamento o manual de convivencia, registrados en el contrato de matrícula y reportados en el estado de pérdidas y ganancias del establecimiento educativo el siguiente año en el proceso de autoevaluación”.

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