Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
Los/as rectores/as de las universidades públicas en Colombia, son elegidos por su Consejo Superior Universitario (CSU), el máximo órgano de gobierno. Este consejo está conformado generalmente por representantes del Gobierno Nacional (designado por Ministerio de Educación Nacional-MEN), de los estudiantes, de los profesores y de los egresados. En el caso de la Universidad Nacional (UN), el CSU está conformado por 9 miembros: el rector(a) con voz pero sin voto, la Ministra de Educación o el Viceministro de Educación Superior, dos miembros designados por el presidente de la República, uno de ellos egresado, un ex rector de la Universidad Nacional, un miembro designado por el Consejo Nacional de Educación (CESU), un miembro del consejo académico, un profesor y un estudiante.
Según el acuerdo 252 de 2017, la elección del rector(a) de la Universidad Nacional inicia con la inscripción de los aspirantes a ocupar el cargo. Una vez verificados los requisitos establecidos, se presentan las hojas de vida y la trayectoria de los candidatos y se hace una consulta virtual en la que votan estudiantes, profesores y egresados. En la consulta realizada este año en la UN, la mayoría de los votos los obtuvo Leopoldo Múnera, sin embargo, estas consultas no son vinculantes, es decir, el rector(a) de una universidad no es elegido por votación directa de la mayoría, sino que lo designa en CSU.
El CSU de la Universidad Nacional sesionó el 21 de marzo de este año y tras considerar varios candidatos, eligió a Ismael Peña, con 5 votos a favor de los 8 integrantes. Sin embargo, la Ministra de Educación, que asistió a ese Consejo, no firmó el acta de posesión, al parecer porque no ganó el candidato del Gobierno Nacional y, por tanto, el rector Peña decidió posesionarse ante una notaría. Posteriormente, la Ministra de Educación dijo que no avalaba la posesión, e indicó que iban a nombrar un rector encargado. La procuraduría avaló la elección de Peña, indicando que esta había sido ajustada a las normas. Finalmente, dado que no se firmó el acta de posesión, el CSU sin algunos de sus anteriores miembros, sesionó el 6 de junio y eligió como rector a Leopoldo Múnera.
En su discurso de posesión, Múnera manifestó que: “el proceso constituyente no para, hay que organizarlo, hay que impulsarlo, hay que darle el apoyo institucional….” develando lo que parecen ser los verdaderos intereses del Gobierno Nacional, usar las universidades públicas, especialmente los estudiantes, como instrumentos para lograr una movilización que justifique una constituyente y su posible reelección.
Estos hechos son absolutamente lamentables y muy graves, pues ponen en riesgo la autonomía universitaria en el país, y el prestigio de la Universidad Nacional. Tanto Peña como Múnera parecen tener las credenciales para ocupar el cargo de Rector de la UN, pero el problema radica en la intervención del Gobierno en la elección. Si el MEN consideraba que hubo vicios en la elección de Peña, debió hacer las denuncias pertinentes y esperar la confirmación de las autoridades competentes para, en cualquier caso, acatar la Ley, y no tomar la justicia por sus propias manos. Son justamente los altos funcionarios del Gobierno, incluyendo el presidente de la República, los que deben promover y dar ejemplo en el cumplimiento de la Ley, y respetar la institucionalidad.
La Universidad Nacional es una de las mejores universidades del país. Tiene una amplia presencia regional, una matrícula de 57 mil estudiantes, una trayectoria importante en publicaciones académicas y ocupa con frecuencia los primeros lugares en rankings internacionales. Esta crisis desatada por el Gobierno Nacional afecta principalmente a los estudiantes, pues pone en duda la credibilidad y prestigio de la universidad, en riesgo su calidad y el impacto que genera en la sociedad, a través de sus apuestas académicas. Por ejemplo, si se llega a declarar nula la elección del rector Múnera, ¿qué pasará con los diplomas que haya firmado? O si se genera una confrontación que extienda el paro o termine en la cancelación del semestre académico, ¿cuánto tiempo se retrasará la graduación de los estudiantes y las oportunidades perdidas? Por otra parte, si en lugar de velar por la autonomía universitaria y especialmente por la calidad de la docencia y la investigación, el nuevo rector se dedica a hacer política y promover movilizaciones, ¿qué impacto tendrá en el prestigio de la universidad y el desarrollo de sus actividades académicas? Ojalá esto no ocurra.
La autonomía universitaria es un derecho consagrado en el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia. Su objetivo es garantizar una formación y creación de nuevo conocimiento libre de interferencias del poder público e ideologías que coarten el desarrollo de su labor, dándole libertad a las universidades de “elaborar sus propios estatutos, definir su régimen interno, estatuir los mecanismos referentes a la elección, designación y período de sus directivos y administradores, señalar las reglas sobre selección y nominación de profesores, establecer los programas de su propio desarrollo, aprobar y manejar su presupuesto y aprobar los planes de estudio que regirán la actividad académica” (Sentencia C-337/96). Garantizar la autonomía universitaria, es condición necesaria para que las universidades cumplan su misión en condiciones de calidad, pertinencia e integridad.
*Decana de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
👩🏫📄 ¿Quieres conocer las últimas noticias sobre educación? Te invitamos a verlas en El Espectador. ✏📚