Orden de nombrar un rector (e) en la Universidad Nacional recibe una nueva demanda
La acción legal también pide que se declare nula la resolución emitida por el ministro de Educación ad hoc, Juan David Correa, por “incidir en la autonomía universitaria”.
La Fundación para el Estado de Derecho (FEDe) radicó una demanda de nulidad contra la resolución 7480 del Ministerio de Educación, en la que se ordena nombrar un rector encargado en la Universidad Nacional (UNAL) mientras se toma una decisión definitiva sobre la designación de Ismael Peña, elegido por el Consejo Superior Universitario (CSU) para ese cargo. Para el cofundador de la entidad, Juan Pablo Lievano, la resolución tiene incidencia directa en la garantía de la autonomía universitaria.
(Lea: “No acostumbro a usurpar cargos públicos”: Leopoldo Múnera)
La demanda fue interpuesta ante el Consejo de Estado el pasado 17 de marzo, día en que el CSU realizó una sesión extraordinaria para dar cumplimiento a la resolución, pero que fue levantada sin tomar ninguna decisión. Unos miembros dicen que no se cumplió con el quórum, mientras que otros dicen que sí.
La resolución 7480 le daba un plazo de 24 horas al CSU (a partir del 15 de mayo) para nombrar un rector encargado, pues explican que “el cargo (de rector) continúa vacante y debe ser provisto de manera transitoria (...), hasta tanto se defina la legalidad o no de las actuaciones adelantadas”, por Peña, quien se posesionó en una notaría de Bogotá, con siete testigos, el pasado 2 de mayo. Este acto se ha considerado ilegítimo por parte de los delegados del Gobierno.
Cabe resaltar que, la ministra de Educación, Aurora Vergara, quien debía firmar las actas que formalizaran la posesión de Peña como rector, dijo que no lo haría hasta que no se resolvieran los recursos legales que se habían interpuesto para determinar la legalidad en la designación de Peña.
Esta no es la primera demanda que recibe la resolución 7480. El 16 de mayo, ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, también se radicó una en la que se solicita la nulidad de la misma. El demandante, Germán Calderón España, asegura en las pretensiones del documento de citar a una sesión para elegir un rector encargado va en contra del artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, que define la autonomía universitaria.
(Lea: Esta fue la última vez que la Universidad Nacional tuvo un rector encargado)
La resolución fue emitida por Juan David Correa, nombrado por el presidente Gustavo Petro como ministro ad hoc para vigilar el proceso de designación de rector en la Nacional, luego de que la ministra Aurora Vergara se declarara impedida para participar en estas acciones.
Aunque diferentes actores se han unido a las voces de rechazo contra la acción de Correa, también se han visto opiniones de apoyo, como la del Comité Nacional de Representantes Profesorales de la Universidad Nacional de Colombia (CNRP) que dicen que la resolución es una manera de “corregir la auto-posesión como rector, legalmente inexistente, del profesor Ismael Peña”.
“Esta decisión del Ministerio de Educación es del todo necesaria para restablecer el funcionamiento de la estructura académica administrativa de la Universidad Nacional de Colombia. Comprendemos que la autonomía universitaria es relativa al interés general y que existe el soporte jurídico para la suprema función de control y vigilancia de la Educación superior por parte del Presidente de la República”, sostuvo el CNRP.
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La Fundación para el Estado de Derecho (FEDe) radicó una demanda de nulidad contra la resolución 7480 del Ministerio de Educación, en la que se ordena nombrar un rector encargado en la Universidad Nacional (UNAL) mientras se toma una decisión definitiva sobre la designación de Ismael Peña, elegido por el Consejo Superior Universitario (CSU) para ese cargo. Para el cofundador de la entidad, Juan Pablo Lievano, la resolución tiene incidencia directa en la garantía de la autonomía universitaria.
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La demanda fue interpuesta ante el Consejo de Estado el pasado 17 de marzo, día en que el CSU realizó una sesión extraordinaria para dar cumplimiento a la resolución, pero que fue levantada sin tomar ninguna decisión. Unos miembros dicen que no se cumplió con el quórum, mientras que otros dicen que sí.
La resolución 7480 le daba un plazo de 24 horas al CSU (a partir del 15 de mayo) para nombrar un rector encargado, pues explican que “el cargo (de rector) continúa vacante y debe ser provisto de manera transitoria (...), hasta tanto se defina la legalidad o no de las actuaciones adelantadas”, por Peña, quien se posesionó en una notaría de Bogotá, con siete testigos, el pasado 2 de mayo. Este acto se ha considerado ilegítimo por parte de los delegados del Gobierno.
Cabe resaltar que, la ministra de Educación, Aurora Vergara, quien debía firmar las actas que formalizaran la posesión de Peña como rector, dijo que no lo haría hasta que no se resolvieran los recursos legales que se habían interpuesto para determinar la legalidad en la designación de Peña.
Esta no es la primera demanda que recibe la resolución 7480. El 16 de mayo, ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, también se radicó una en la que se solicita la nulidad de la misma. El demandante, Germán Calderón España, asegura en las pretensiones del documento de citar a una sesión para elegir un rector encargado va en contra del artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, que define la autonomía universitaria.
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La resolución fue emitida por Juan David Correa, nombrado por el presidente Gustavo Petro como ministro ad hoc para vigilar el proceso de designación de rector en la Nacional, luego de que la ministra Aurora Vergara se declarara impedida para participar en estas acciones.
Aunque diferentes actores se han unido a las voces de rechazo contra la acción de Correa, también se han visto opiniones de apoyo, como la del Comité Nacional de Representantes Profesorales de la Universidad Nacional de Colombia (CNRP) que dicen que la resolución es una manera de “corregir la auto-posesión como rector, legalmente inexistente, del profesor Ismael Peña”.
“Esta decisión del Ministerio de Educación es del todo necesaria para restablecer el funcionamiento de la estructura académica administrativa de la Universidad Nacional de Colombia. Comprendemos que la autonomía universitaria es relativa al interés general y que existe el soporte jurídico para la suprema función de control y vigilancia de la Educación superior por parte del Presidente de la República”, sostuvo el CNRP.
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