U. Nacional: Consejo de Estado niega medida cautelar urgente contra elección de Peña
La solicitud de medida cautelar será estudiada bajo el procedimiento aplicable a la suspensión provisional ordinaria. La solicitud de la medida cautelar de urgencia fue presentada el 10 de mayo por Leopoldo Múnera (excandidato a la rectoría de la U. Nacional), Rodrigo Uprimny y Alberto Yepes Barreiro.
Hace unos días, reportábamos que el Consejo de Estado había admitido una demanda de nulidad en contra del acta que designó a José Ismael Peña como rector de la Universidad Nacional de Colombia. La demanda fue interpuesta por Erick Adrián Velasco, Representante a la Cámara por Nariño.
Este viernes, se conoció que el mismo tribunal se pronunció respecto a una solicitud de medida cautelar de urgencia solicitada contra la misma acta.
En un auto, el Magistrado Luis Alberto Álvarez, de la Sección Quinta del Consejo de Estado, negó la medida cautelar de urgencia solicitada en la demanda de nulidad electoral presentada en contra del acto de elección de Ismael Peña como rector de la Universidad Nacional.
En la demanda, se solicitó una medida cautelar de urgencia en la que pidieron suspender los efectos “del acto declaratorio de elección del señor Peña Reyes, como rector de la Universidad Nacional de Colombia, contenido en el Acta 05 de 2024 expedida por el CSU”.
La solicitud de la medida cautelar de urgencia fue presentada el 10 de mayo por Leopoldo Múnera, Rodrigo Uprimny y Alberto Yepes Barreiro. Múnera es el candidato a la rectoría de la Universidad Nacional que ganó la consulta académica no vinculante y que no ha reconocido la decisión que el Consejo Superior Universitario (CSU) tomó al designar a Peña como rector. Uprimny es un reconocido abogado que en distintas columnas de opinión ha señalado que la elección de Peña es ilegítima y que puede ser ilegal, mientras que Yepes es exconsejero de Estado.
Para entender la decisión que tomó el magistrado Álvarez Parra, es importante aclarar que las medidas cautelares de urgencia se estudian antes de que el juez admita la demanda. La urgencia, para los tres demandantes, estaba dada por la aguda crisis que está viviendo la Universidad desde la designación de Peña como rector.
Sin embargo, luego de analizar la solicitud presentada por los demandantes, el magistrado Álvarez Parra no encontró argumentos suficientes para suspender “de manera inminente los efectos del acto, para evitar peores consecuencias o que se deban neutralizar a aquellos que ya han operado para que no tengan continuidad (...)”.
Por estas razones, el magistrado de la Sección Quinta del Consejo de Estado no accedió a considerar la vocación de urgencia para la medida cautelar solicitada por los demandantes, pero en todo caso aclara que aquella será tramitada, estudiada y decidida bajo los supuestos y el procedimiento aplicable a la suspensión provisional ordinaria, en el mismo auto admisorio de la demanda.
Mientras esto sucede, el magistrado Álvarez le dio cinco días al demandado (Ismael Peña), al CSU y al agente del Ministerio Público, para que manifiesten su posición frente a la solicitud de medida cautelar.
Dos meses de crisis en la universidad
Hace dos meses, el Consejo Superior Universitario (CSU) daba a conocer que José Ismael Peña había sido designado como rector para el periodo 2024-2027. Las protestas de estudiantes no se hicieron esperar, pues esperaban que este órgano respetara los resultados de una consulta no vinculante que dio como ganador al candidato Leopoldo Múnera.
La tensión fue aumentando en los días siguientes, pues se conoció que el CSU había utilizado un método de elección que ha sido cuestionado por varios miembros de la comunidad educativa y que, incluso, originó acciones jurídicas por parte del Ministerio de Educación, donde lo consideran contrario a la normativa.
Mientras se acercaba la fecha para que Peña se posesionara, la crisis se agudizó al conocerse que la ministra de Educación, Aurora Vergara, no firmaría el acta que oficializaba la designación. Las razones, como hemos explicado en otras notas, apuntaban a que ni la ministra, ni las delegadas del presidente, estaban satisfechas con el acta que se les hizo llegar.
Sin el acta, y por ende sin la validación de la ministra, Peña se presentó en una notaría para posesionarse como rector, un acto que fue rechazado por el mismo ministerio y que abrió una nueva ventana de acciones jurídicas. La reciente resolución del ministro de Educación ad hoc, como se ha dicho, amplió aún más esa vía.
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Hace unos días, reportábamos que el Consejo de Estado había admitido una demanda de nulidad en contra del acta que designó a José Ismael Peña como rector de la Universidad Nacional de Colombia. La demanda fue interpuesta por Erick Adrián Velasco, Representante a la Cámara por Nariño.
Este viernes, se conoció que el mismo tribunal se pronunció respecto a una solicitud de medida cautelar de urgencia solicitada contra la misma acta.
En un auto, el Magistrado Luis Alberto Álvarez, de la Sección Quinta del Consejo de Estado, negó la medida cautelar de urgencia solicitada en la demanda de nulidad electoral presentada en contra del acto de elección de Ismael Peña como rector de la Universidad Nacional.
En la demanda, se solicitó una medida cautelar de urgencia en la que pidieron suspender los efectos “del acto declaratorio de elección del señor Peña Reyes, como rector de la Universidad Nacional de Colombia, contenido en el Acta 05 de 2024 expedida por el CSU”.
La solicitud de la medida cautelar de urgencia fue presentada el 10 de mayo por Leopoldo Múnera, Rodrigo Uprimny y Alberto Yepes Barreiro. Múnera es el candidato a la rectoría de la Universidad Nacional que ganó la consulta académica no vinculante y que no ha reconocido la decisión que el Consejo Superior Universitario (CSU) tomó al designar a Peña como rector. Uprimny es un reconocido abogado que en distintas columnas de opinión ha señalado que la elección de Peña es ilegítima y que puede ser ilegal, mientras que Yepes es exconsejero de Estado.
Para entender la decisión que tomó el magistrado Álvarez Parra, es importante aclarar que las medidas cautelares de urgencia se estudian antes de que el juez admita la demanda. La urgencia, para los tres demandantes, estaba dada por la aguda crisis que está viviendo la Universidad desde la designación de Peña como rector.
Sin embargo, luego de analizar la solicitud presentada por los demandantes, el magistrado Álvarez Parra no encontró argumentos suficientes para suspender “de manera inminente los efectos del acto, para evitar peores consecuencias o que se deban neutralizar a aquellos que ya han operado para que no tengan continuidad (...)”.
Por estas razones, el magistrado de la Sección Quinta del Consejo de Estado no accedió a considerar la vocación de urgencia para la medida cautelar solicitada por los demandantes, pero en todo caso aclara que aquella será tramitada, estudiada y decidida bajo los supuestos y el procedimiento aplicable a la suspensión provisional ordinaria, en el mismo auto admisorio de la demanda.
Mientras esto sucede, el magistrado Álvarez le dio cinco días al demandado (Ismael Peña), al CSU y al agente del Ministerio Público, para que manifiesten su posición frente a la solicitud de medida cautelar.
Dos meses de crisis en la universidad
Hace dos meses, el Consejo Superior Universitario (CSU) daba a conocer que José Ismael Peña había sido designado como rector para el periodo 2024-2027. Las protestas de estudiantes no se hicieron esperar, pues esperaban que este órgano respetara los resultados de una consulta no vinculante que dio como ganador al candidato Leopoldo Múnera.
La tensión fue aumentando en los días siguientes, pues se conoció que el CSU había utilizado un método de elección que ha sido cuestionado por varios miembros de la comunidad educativa y que, incluso, originó acciones jurídicas por parte del Ministerio de Educación, donde lo consideran contrario a la normativa.
Mientras se acercaba la fecha para que Peña se posesionara, la crisis se agudizó al conocerse que la ministra de Educación, Aurora Vergara, no firmaría el acta que oficializaba la designación. Las razones, como hemos explicado en otras notas, apuntaban a que ni la ministra, ni las delegadas del presidente, estaban satisfechas con el acta que se les hizo llegar.
Sin el acta, y por ende sin la validación de la ministra, Peña se presentó en una notaría para posesionarse como rector, un acto que fue rechazado por el mismo ministerio y que abrió una nueva ventana de acciones jurídicas. La reciente resolución del ministro de Educación ad hoc, como se ha dicho, amplió aún más esa vía.
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