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Universidades deben facilitar ingreso de perros de apoyo emocional: Corte Constitucional

Según el alto tribunal, las instituciones de educación superior deben facilitar que los estudiantes ingresen con perros de apoyo emocional, pues son un medio para el ejercicio de otros derechos, como la educación.

10 de julio de 2024 - 10:27 p. m.
El fallo se produjo a raíz de una tutela interpuesta por una estudiante de Derecho.
El fallo se produjo a raíz de una tutela interpuesta por una estudiante de Derecho.
Foto: Pxhere

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En un comunicado, publicado este 10 de julio, la Corte Constitucional advirtió que, tras revisar una acción de tutela interpuesta por una estudiante de una institución de educación superior, emitió un fallo en el que sienta un precedente para que las instituciones de educación superior reconozcan y faciliten “el acompañamiento a los estudiantes con perros de apoyo emocional como forma de tratamiento psicológico”.

En el comunicado, el alto tribunal explica que la Sala Segunda de Revisión “reconoció que el acompañamiento por parte de perros de apoyo emocional constituye una forma de tratamiento psicológico amparado por el derecho a la salud”.

Eso, dice, debido a “que el vínculo de apego emocional entre el perro y su dueño promueve una sensación de bienestar, lo cual permite que estos sean empleados en el manejo de enfermedades mentales como la depresión y la ansiedad”.

A los ojos de la Corte, este tipo de intervenciones con perros “se vuelven un medio para el ejercicio de otros derechos, como la educación”, lo cual debe “ser considerado por las instituciones de educación superior al momento de establecer ajustes razonables mediante protocolos de ingreso de aquellos a sus instalaciones”.

“Si bien en virtud de la autonomía universitaria las instituciones educativas pueden darse sus propios reglamentos, este principio no es absoluto y su ejercicio debe garantizar la razonabilidad y la proporcionalidad en la protección de los postulados fundamentales que les asiste a los miembros de la comunidad universitaria”, señala en el comunicado.

En el documento resalta que todas las instituciones de educación superior deben tener en cuenta la efectiva garantía de los derechos de las personas que tienen afectaciones a la salud mental y requieren de estos animales de apoyo.

Por otra parte, indicó que a la hora de tratar temas de salud mental, “se debe tener en cuenta el enfoque de género, pues las niñas y las mujeres tienen mayor probabilidad de sufrir trastornos de ansiedad y depresión”.

Los detalles del caso

La sentencia, que tuvo como magistrado ponente a Juan Carlos Cortés González, fue producto de la revisión de una acción de tutela que interpuso una estudiante de pregrado de Derecho en una universidad colombiana.

En ella señala que la universidad no le permitió la entrada de su perro de apoyo emocional a las instalaciones, lo que a los ojos de la Corte Constitucional causó una vulneración de los derechos a la salud, educación, debido proceso, defensa, contradicción e intimidad de la estudiante.

Según se lee en el comunicado, la universidad había tomado esa decisión luego de que otro alumno puso una queja por la presencia del perro en las instalaciones de la universidad, pero no se basó en las “razones vinculadas con afectaciones a la salud o integridad de algún miembro de la comunidad educativa”.

Para la Corte, la decisión de la universidad se adoptó sin otorgarle a la estudiante la posibilidad de controvertir las afirmaciones hechas por el otro alumno.

Además, la institución de educación superior emitió un nuevo protocolo para la entrada de perros de apoyo emocional a sus instalaciones y el alto tribunal encontró graves problemas de constitucionalidad en su contenido. Su aplicación, explica, “puede resultar arbitraria, desproporcionada y afectar injustificadamente los derechos de los miembros de la comunidad”.

¿La razón? “Porque la entrada de los perros de apoyo emocional se encuentra condicionada a: i) la presentación de la historia clínica del solicitante y su constatación posterior por la institución educativa, ii) la exigencia de un certificado de médico especializado en psiquiatría, y iii) la suscripción de una póliza de responsabilidad en beneficio de terceros”.

En su fallo, la Corte le ordena, entonces, a la universidad pedirle excusas privadas a la estudiante. También le pide llevar a cabo “jornadas de capacitación y sensibilización sobre la salud mental, la convivencia multiespecie y el rol de los perros de apoyo emocional en el tratamiento de enfermedades mentales”.

Igualmente, le solicita “ajustar el nuevo protocolo para el ingreso de perros de apoyo emocional a las instalaciones de la universidad, de tal manera que se removieran las barreras y requisitos que impedían el ejercicio de los derechos fundamentales a la salud y a la educación de los estudiantes que requieran el acompañamiento de sus perros de apoyo emocional, y se adoptaran los ajustes razonables pertinentes”.

Acá se puede consultar la sentencia completa.

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