El Quijote y el derecho (Aquí se habla español)
El concepto de justicia, ley y ordenamiento jurídico constituyen nociones legales presentes en la obra cervantina, que rezuma un ordenamiento jurídico perpetrado por contextos monárquicos, políticos y religiosos.
Mónica Acebedo
Es así como, en las travesías de don Quijote y de muchos personajes deja vislumbrar su paso por el convulsionado mundo de finales del siglo XVI y principios del siglo XVII que se caracteriza por el fraude, la corrupción, el prevaricato y el libertinaje. Las leyes excesivas, los castigos desproporcionados, las cárceles, la justicia y personajes al margen de la ley son elementos recurrentes.
Gánale la carrera a la desinformación NO TE QUEDES CON LAS GANAS DE LEER ESTE ARTÍCULO
¿Ya tienes una cuenta? Inicia sesión para continuar
Es así como, en las travesías de don Quijote y de muchos personajes deja vislumbrar su paso por el convulsionado mundo de finales del siglo XVI y principios del siglo XVII que se caracteriza por el fraude, la corrupción, el prevaricato y el libertinaje. Las leyes excesivas, los castigos desproporcionados, las cárceles, la justicia y personajes al margen de la ley son elementos recurrentes.
Para establecer una relación entre lo jurídico y lo literario es factible revisar múltiples perspectivas; se podrían tomar los apartes de la obra en la que el autor crea un ordenamiento normativo, es decir, inventa leyes y, en esa medida, se vuelve legislador. O también, se podrían examinar los conceptos jurídicos tradicionales a los que acudió el autor para insertarlos, consciente o inconscientemente, dentro de su creación. Igualmente, es factible analizar la obra desde la perspectiva jurídico-histórica. Otro camino posible para explorar estas nociones es el de ir más allá del texto y revisar las implicaciones legales de determinada situación establecida en la creación ficcional o en la vida del autor. Tal sería el caso de un análisis sobre el tema de los derechos de autor y la situación ocurrida con El Quijote de Avellaneda o mejor llamado Quijote apócrifo.
Andrés Botero Bernal en El Quijote y el derecho propone seis grupos clasificatorios de las relaciones entre derecho y literatura: (i) el retórico: lo jurídico utiliza a la literatura por motivos estéticos, (ii) el expositivo: lo jurídico ejemplifica y justifica su tesis con una obra literaria, (iii) el metodológico: revisa los discursos jurídicos de una obra literaria, (iv) el analítico: la literatura pasa a ser parte del análisis jurídico, (v) el jurídico: analiza la obra desde la perspectiva de la normatividad vigente y (vi) el estético: revisa el discurso del derecho como discurso narrativo. El Quijote se puede analizar a partir de lo “expositivo”, por ejemplo, ya que podría ser posible encontrar sucesos en los que Cervantes muestre en la novela sucesos de conceptos jurídicos, como cuando el Quijote o Sancho imponen justicia; o, el “metodológico”, pareciera ser usual en Cervantes, ya que la forma de narrar leyes, sentencias o conceptos es similar en algunos apartes de la novela. Por su parte, el profesor Roberto González Echavarría en Amor y ley en Cervantes propone la siguiente incidencia de elementos del derecho en Cervantes: “(1) el estilo (los términos precisos y jurídicos); (2) las tramas (delito, castigo, venganza o perdón); (3) la incorporación de subgéneros procedentes del discurso jurídico (confesiones, declaraciones); (4) finales (la resolución conlleva a una exculpación, un castigo o perdón, y la legitimación); (5) una aumento en el número de relatos relacionados con el tema del matrimonio, que es el nivel más tangible y textual en el que se cruzan el amor y el derecho en Cervantes y en la ficción narrativa posterior; (6) la proliferación de jueces, abogados y alguaciles en la narrativa, sobre todo en Cervantes, y (7) la inclusión o la alusión a documentos jurídicos en las obras de ficción, y a veces la propia obra de ficción adopta la forma de uno de estos” (27).
Don Quijote es un sabio y discreto caballero y tiene clara su función de impartir justicia a aquellos que lo reclaman. Por ejemplo, el criado Andrés a quien su amo, un labrador, le está dando muchos azotes; el labrador dice que castiga a su criado con justa causa porque “es tan descuidado, que cada día me falta una [oveja]; y porque castigo su descuido, o bellaquería, dice que lo hago de miserable, por no pagalle la soldada que le debo, y en Dios y en mi ánima que miente.” (QI IV 49). Pero don Quijote sin mediar ningún análisis, ordena al labrador que suelte al muchacho y que le pague todo los sueldos que le debe. Pero, como el labrador en ese momento no tiene dinero, le dice a don Quijote que si Andrés se va con él a su casa, le pagará el dinero. Don Quijote se equipara al ejecutor único de la justicia y da por hecho que el labrador le va obedecer a él por virtud de las leyes de caballería que él profesa.
Otro de los temas jurídicos que aparece en la obra, se presenta con la administración de Sancho de su ínsula Barataria. Sancho se convierte en gobernador en un acto teatral y burlesco perpetrado por los duques. Si no se tratara de un artificio teatral, surgirían muchas dudas: ¿cómo se elige a un gobernador?, ¿tiene la capacidad un gobernador de juzgar por sí solo?, ¿quién escribe las leyes?, ¿quién las ejecuta? Estos interrogantes poco importan porque se trata de una mentira dentro de la ficción. Es un engaño que se le hace a Sancho y una parodia a su simpleza. El concepto importante es el de la administración de justicia, pero no por la existencia de un ordenamiento jurídico, sino por mero instinto. Pero también supone la existencia de normatividad hecha por un legislador o monarca. Justamente, en la carta que le envía don Quijote a Sancho le dice: “No hagas muchas pragmáticas, y si las hicieres, procura que sean buenas, y sobre todo, que se guarden y cumplan, que las pragmáticas que no se guardan lo mismo es que si no lo fuesen, antes dan a entender que el príncipe que tuvo discreción y autoridad para hacerlas no tuvo valor para hacer que se guardasen; y las leyes que atemorizan y no se ejecutan, vienen a ser como la viga, rey de las ranas, que al principio las espantó, y con el tiempo la menospreciaron y se subieron sobre ella.” (QI LI 941). Estos consejos presentan una visión de Cervantes que refleja desilusión y desconfianza en un sistema decadente, con leyes por un lado excesivas y por otro desordenadas y desactualizadas, además de una falta de respeto por el sistema judicial.
Ahora, Don Quijote incumple varias leyes y aunque la mayoría de las veces las violaciones a la ley no son castigadas, los daños sí son reparados, ya que en la novela alguien acude a indemnizar el daño causado: el teatro de Maese Pedro, el bote de los pescadores, o el yelmo al barbero. Otro, es el de la libertad que dio a los galeotes: pregunta a cada uno cuál ha sido su delito y finalmente decide liberarlos acudiendo a las “leyes de caballería” que ordenan liberar a los que estén retenidos contra su voluntad. El pasaje nos presenta, además, de un registro del derecho penal de la época, con la descripción que hace cada uno de los galeotes, un conflicto moral entre las ya inexistentes leyes de caballería y las que eran aplicables en el Reino de Castilla. El episodio se puede ver como una ruptura contra el ideal de justicia, lo cual supondría una incoherencia, y otro, como una escena teatral y burlesca en la que simplemente se muestra una vez más la locura del protagonista.
En suma, son muchas las aproximaciones que se pueden hacer al Quijote desde la perspectiva jurídica. A través de la obra el autor inscribe características del lenguaje jurídico. Pero además se trata de una novela que evidencia conflictos sociales y ambigüedad de las instituciones jurídicas. Cervantes al tratar temas jurídicos en el Quijote es consciente del contexto y el marco normativo del momento.