Mickey Mouse y el funcionamiento de los derechos de autor en Colombia
A partir de este lunes 1 de enero, el cortometraje “Steamboat Willie”, donde Mickey Mouse tuvo una de sus primeras apariciones en 1928, paso a ser de dominio público. Así funciona en Colombia la legislación y registro de derechos de autor.
Sarah Gutiérrez
A partir de este 1 de enero de 2024, el cortometraje de Walt Disney Company, “Steamboat Willie” de 1928, ha pasado a ser de dominio público de acuerdo con la legislación de Estados Unidos, lo que significa que cualquier persona es libre de copiar, compartir, reutilizar y adaptar el contenido que en este corto se encuentra, incluyendo uno de los primeros bocetos de Mickey Mouse de la historia, creado en conjunto por Walt Disney y el animador Ub Iwerks.
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A partir de este 1 de enero de 2024, el cortometraje de Walt Disney Company, “Steamboat Willie” de 1928, ha pasado a ser de dominio público de acuerdo con la legislación de Estados Unidos, lo que significa que cualquier persona es libre de copiar, compartir, reutilizar y adaptar el contenido que en este corto se encuentra, incluyendo uno de los primeros bocetos de Mickey Mouse de la historia, creado en conjunto por Walt Disney y el animador Ub Iwerks.
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Este cortometraje fue pionero en mostrar la sincronización entre imagen y sonido en la historia del cine. Fue estrenado en noviembre de 1928 en el Teatro Colony de Nueva York, Estados Unidos, y utilizó en su ejecución la técnica tradicional de animación, que consiste en utilizar varios dibujos con breves variaciones uno de otro para crear el efecto de movimiento al proyectarse.
La producción es considerada como una de las más importantes en este formato y ha sido incluida en el libro “The 50 Greatest Cartoons” y en el Registro Nacional de Cine de Estados Unidos por su importancia “cultural, histórica y estéticamente significativa”.
La imagen del primer Mickey Mouse, que había aparecido previamente en otros cortos que no tuvieron tanto éxito, convirtieron a este entrañable ratón en la figura corporativa en el estudio emergente de The Walt Disney Company. Este año, se ha convertido en parte del dominio público, al igual que lo han hecho otros personajes como Winnie the Pooh y Sherlock Holmes.
Los derechos de autor, de acuerdo con la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos, “son una forma de la ley de propiedad intelectual que protege las obras originales de autoría”, que en el caso de Mickey Mouse, se trata de una obra artística, comenta CNN.
El cortometraje de “Steamboat Willie” estaba previsto, en un primer momento, a estar libre de derechos de autor en 1956, que de acuerdo con la antigua legislación estadounidense, cada 28 años, a partir de la creación de una obra, esta debía renovarse por otros 28 años, pero fue hasta 1976, que entró en vigor una modificación a la Ley de Propiedad intelectual que estipuló que la protección de derechos de autor tendría una vigencia de 75 años posterior a su primera publicación.
Se esperaba que en 2004 esta obra pasará a ser de dominio público, pero en 1998, la legislación se modificó y extendió el plazo a 20 años más de lo estipulado en la década del 70. Para obras de empresa y obras anónimas, la protección quedó establecida por 95 años desde la publicación.
A pesar de haber declarado que el personaje se encuentra al servicio del dominio público, Disney ha enfatizado que la única versión de Mickey Mouse que ya no cuenta con la restricción, es la que se presenta en el cortometraje, al igual que la de Pete y Minnie Mouse. “Cada que Disney presenta una nueva versión, obtiene un derecho de autor con un nuevo plazo”, comentó al medio citado la abogada Isabella Field, de la Escuela de Leyes de la Universidad Loyola de Chicago.
El funcionamiento de los derechos de autor en Colombia
Al igual que en Estados Unidos, en Colombia los derechos de autor sobre una creación física o intelectual, empiezan a regir desde el momento en el que la obra es realizada, y de ser registrada, el autor podrá obtener protección legal en caso de litigio.
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La Dirección Nacional de Derecho de Autor en Colombia se encarga del diseño, dirección, administración y ejecución de las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos. Al registrarse, el creador obtendrá derechos morales (paternidad, integridad, divulgación y retirada de la obra), y derechos patrimoniales, que le permiten realizar la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de la obra.
Este derecho, que se encuentra amparado por el artículo 61 de la Constitución Política de Colombia, afirma que “el Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley”. Siendo así que la duración de derechos de autor en el país es la edad del autor más 80 años después de su fallecimiento; en Estados Unidos, para una persona natural, son 70 años.