Hora cero de la campaña presidencial: arranca segunda fase de la Ley de Garantías

A partir de hoy y hasta el 9 de marzo están abiertas las inscripciones de candidatos. Para asegurar la igualdad electoral, a todos los entes del Estado les queda prohibida la contratación directa, y a la rama ejecutiva, realizar cualquier forma de vinculación que afecte la nómina.

-Redacción Política
27 de enero de 2018 - 02:00 a. m.
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Con el inicio hoy sábado del período de inscripción de candidatos ante la Registraduría Nacional, arranca oficialmente la campaña presidencial 2018 en Colombia. Faltan exactamente cuatro meses para la primera vuelta, que será el 27 de mayo, y según el calendario establecido, dentro de un mes (27 de febrero) se podrán colocar vallas y comenzar la propaganda contratada en prensa escrita y radio. El 9 de marzo terminan las inscripciones, aunque en el caso de quienes van a consulta para definir candidato único, proceso programado para el 11 de marzo en paralelo con los comicios del Congreso, ese plazo se amplía hasta el día 16.

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El inicio de la campaña significa igualmente la entrada en vigor de las restricciones que define la Ley 996 de 2005 o Ley de Garantías, con el fin de asegurar la igualdad electoral. En concreto, de acuerdo con el Departamento Administrativo de la Función Pública, durante estos cuatro meses antes de la primera vuelta y, si es el caso, hasta la fecha de la segunda vuelta (17 de junio), se suspenderá cualquier forma de vinculación que afecte la nómina estatal en la Rama Ejecutiva. Queda exceptuado de esa restricción lo referente a la defensa y seguridad del Estado, los contratos de crédito público, los requeridos para cubrir las emergencias educativas, sanitarias y desastres, así como también los utilizados para la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, desastres naturales o casos de fuerza mayor, y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias. Asimismo, se restringe la contratación directa por parte de todos los entes del Estado. Es de anotar que no hay restricciones para las prórrogas, modificaciones o adiciones y la cesión de los contratos suscritos antes de este 27 de enero.

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Para Juan David Duque, director general de Colombia Compra Eficiente-Agencia Nacional de Contratación Pública, el objetivo al fijar estas prohibiciones es evitar que los recursos públicos sean desviados de su origen: “Es importante recordar que la Ley de Garantías está pensada para evitar que los recursos públicos se usen para favorecer aspiraciones electorales, por eso su entrada en vigencia comienza cuatro meses antes de las elecciones del Congreso de la República y van hasta que el presidente sea elegido. Es clave que las entidades públicas tengan en cuenta las fechas y restricciones para que los recursos del Estado se ejecuten de manera eficaz”.

Por -Redacción Política

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