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Organizaciones piden archivar proyecto que vulneraría derechos de infancias trans

En medio de un intenso debate en el Congreso, surgieron cuestionamientos éticos y científicos sobre el Proyecto de Ley 001 de 2024, conocido como “con los niños no te metas”. Más de 300 organizaciones señalan que la iniciativa, que busca prohibir la atención y tratamientos de afirmación de género para menores, es anticonstitucional.

Mariana Escobar Bernoske
06 de diciembre de 2024 - 12:00 a. m.
Un proyecto de ley en Colombia propone prohibir la atención y tratamientos de afirmación de género para niñas, niños y adolescentes trans. Defensores de derechos humanos se oponen.
Un proyecto de ley en Colombia propone prohibir la atención y tratamientos de afirmación de género para niñas, niños y adolescentes trans. Defensores de derechos humanos se oponen.
Foto: EFE - Rodrigo Sura
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En los últimos días, la Comisión Séptima del Senado de la República ha sido el escenario para la discusión sobre los derechos de las infancias y adolescencias trans. En ese contexto, se ha estado debatiendo el proyecto de ley “Con los niños no te metas”, que pretende restringir el acceso a tratamientos de salud relacionados con la afirmación de género en menores de edad. La iniciativa, que después de tres sesiones aún cursa su primer debate, ha sido objeto de cuestionamientos y críticas por parte de distintos actores, quienes han solicitado que sea archivado, argumentando una manipulación de referencias científicas y el carácter inconstitucional de la iniciativa.

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Esta es la segunda vez que el proyecto de la senadora Lorena Ríos, del partido Colombia Justa Libres, cursa por el Congreso. Su argumento principal es “defender la niñez”, proponiendo la prohibición de tratamientos de salud para menores de edad con “disforia de género”, como el uso de bloqueadores de pubertad, terapia hormonal cruzada y, según se lee en el documento, cirugías de reasignación de género. Para la senadora, estos son “procedimientos experimentales, irreversibles y que causan un grave detrimento de la salud de los menores”. Además, define la “disforia de género” - una patología que actualmente no está reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) - como una incongruencia que podría estar causada por trastornos psicoafectivos, psiquiátricos, psicóticos, alimentarios, del neurodesarrollo, o, incluso, por la pérdida o duelo de alguno de los padres.

Desde hace más de un año, familias de niños, niñas y adolescentes trans, organizaciones de derechos humanos, profesionales de la salud y representantes de sectores académicos y sociales han denunciado que este proyecto de ley presenta falencias científicas, éticas y legales que podrían traducirse en violaciones a los derechos fundamentales. En particular, señalan que es trata de una iniciativa que pasa por alto el derecho a la salud y libre desarrollo de la personalidad de una población de especial protección, como lo son las infancias y adolescencias con identidades de género diversas, al “legislar basado en el prejuicio y el estigma hacia las personas trans, sin ninguna evidencia científica ni sustento constitucional”, afirman más de 300 personas y organizaciones en una carta dirigida a la presidencia de la Comisión Séptima.

Patologización de las personas trans

El proyecto de ley se centra en menores de 18 años con “diagnóstico de disforia de género”; sin embargo, como explica un concepto emitido por el Ministerio de Salud, esta postura parte de una perspectiva patologizante que desconoce las normativas internacionales vigentes.

Contrario a lo que plantea la iniciativa legislativa, desde el 2019 la OMS ya no utiliza ni reconoce el término “disforia de género”, sino que habla de “discordancia de género”, ubicándola como una condición relacionada con la salud sexual, no como un trastorno mental. La clasificación vigente de la OMS no menciona ninguna de las causas citadas por el proyecto y, por el contrario, entiende que “las identidades trans y género diversas no son condiciones de mala salud mental, y clasificarlas como tal, puede causar un enorme estigma”.

Asimismo, en 2022, la última actualización del DSM-5 (Manual de diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales), presentada por la American Psychological Association (APA), modificó su terminología en los especificadores de “disforia de género” para que estos sean menos estigmatizantes. Esto, con el fin de evitar que se patologice a las personas que experimentan esta condición y facilitarles el acceso a la atención médica necesaria, como un tratamiento afirmativo eficaz.

¿Riesgos en el uso de hormonas y bloqueadores de pubertad?

Un punto crítico de este proyecto de ley recae en la prohibición de medicamentos hormonales, como, por ejemplo, los bloqueadores de pubertad que inhiben en niños y preadolescentes su desarrollo sexual, según explican las organizaciones. El proyecto argumenta que se debe restringir el acceso a estos supresores de hormonas pues no hay suficiente evidencia científica sobre la seguridad de estos tratamientos. Adicionalmente, señala que “tienen efectos adversos, como depresión y riesgo de disfunción sexual” que afectarían de por vida a los menores. Aun así, el documento es claro al afirmar que esta prohibición no aplica en los casos de pubertad precoz y alteraciones congénitas o cromosómicas.

“¿Si se trata de los mismos medicamentos, por qué no se prohíbe para toda la población, sino únicamente para la población trans? ¿Acaso el supuesto peligro y riesgo de esos medicamentos no afectaría al resto de la población que no es trans?”, cuestiona la representante a la Cámara Carolina Giraldo.

En Colombia, de acuerdo con los datos obtenidos por la congresista a través de derechos de petición a las EPS del país, cada año alrededor de 326 niños cisgénero -es decir, aquellos que se identifican con el sexo que les asignaron al nacer-, entre 7 y 10 años, accede a bloqueadores por pubertad precoz. En contraste, solo aproximadamente 6,7 niños trans, mayores de 12 años, reciben estos tratamientos como parte de su afirmación de género.

Ningún menor de edad se ha sometido a una cirugía de reasignación de sexo

En redes sociales han circulado comentarios que defienden este proyecto de ley, argumentando que busca prohibir que los niños, desde los 3 años, sean sometidos a cirugías de reasignación de género. Estas afirmaciones tomaron mucha fuerza tras la circular de la Superintendencia de Salud sobre el acceso a servicios de salud para personas trans. Según la organización Familias de Adolescencias e Infancias Trans (FAIT), proyectos como “Con los niños no te metas” se fundamentan en miedos sociales infundados, como la idea de “mutilan a los niños”, para justificar restricciones.

Pero ¿qué pasa? En Colombia, si bien la autodeterminación de la identidad sexual y de género es un derecho fundamental que ha sido ratificado por la Corte Constitucional en varias ocasiones, no significa que a cualquier edad se pueda acceder a un procedimiento quirúrgico de afirmación de género. Puntualmente, para el caso de infancias y adolescencias trans, la jurisprudencia permite el cambio del componente “sexo” en el registro civil y regula el acceso a tratamientos de remplazo hormonal. Además, a la fecha, en el país no se ha realizado ninguna cirugía de reasignación en menores de 18 años.

Lea más sobre el tema aquí: ¿Cirugías de reasignación de sexo en menores? No hay ningún caso en Colombia

Fundamentación científica errónea

Otro aspecto del proyecto, cuestionado por las organizaciones, es su “falta de rigor científico”, ya que gran parte de las referencias científicas citadas en el documento están manipuladas o descontextualizadas, se lee en varios de los conceptos presentados a la comisión. Un análisis técnico-científico del contenido del proyecto, al que El Espectador tuvo acceso, determinó que más del 70% de las referencias citadas son previas a 2019, ignorando actualizaciones clave, como la reclasificación de la “disforia de género” por la OMS.

Adicionalmente, el proyecto cita artículos de opinión como si fueran estudios científicos y no presenta casos ni datos sobre la situación de esta población en el país. Por otro lado, de los 33 artículos científicos citados en la iniciativa legislativa, seis contienen conclusiones contrarias a las afirmaciones del proyecto, mientras que en diez de ellos las afirmaciones incluidas son debatibles, aludiendo a postulados no reflejados en los textos originales.

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Por ejemplo, el proyecto de ley referencia el artículo “Advocacy for Gender Affirming Care: Learning from the Injectable Estrogen Shortage” (Promoción de la atención afirmativa en materia de género: aprender de la escasez de estrógeno inyectable), argumentando que, según dicho estudio, “estos tratamientos (la terapia de afirmación de género) siguen siendo experimentales” y que “los medicamentos que se administran para la transición de género no han sido aprobados por la Agencia estadounidense de Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA)”. Sin embargo, según las autoras del análisis, el artículo concluye que, aunque estos medicamentos no estaban aprobados explícitamente para personas trans, la FDA permite su uso fuera de las indicaciones aprobadas, por lo que “en ningún momento se sugiere que estos tratamientos sean experimentales ni que deban ser prohibidos para menores de edad”.

Desconocimiento de la autonomía progresiva de los niños

Aun así, quienes defienden el articulado, como se escuchó durante las sesiones de la Comisión Séptima, argumentan que esta iniciativa tiene como único fin proteger los derechos de los niños y adolescentes. Según ellos, es poco probable que los niños tengan la madurez suficiente para emitir un consentimiento informado sobre un tratamiento médico o tomar una decisión respecto a su identidad de género. En palabras del senador Miguel Ángel Pinto, del Partido Liberal, “entre los 14 y 18 años tienen una capacidad relativa y los menores de 14 años son absolutamente incapaces”.

Esa misma línea, en el proyecto de ley se sostiene que los tratamientos de afirmación de género en menores de edad “vulneran sus derechos” ya que ellos “carecen de criterio para comprender las consecuencias”. Según los defensores del proyecto, la prohibición tendría como único propósito respetar el interés superior de los menores. No obstante, desde el Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social (PAIIS) señalan que esta iniciativa es inviable, ya que contradice disposiciones contenidas en la Constitución Política, como lo son el artículo 49 del derecho a la salud, los artículos 11 y 44, que protegen el derecho a la vida digna, y los artículos 42 y 44, que reconocen la autodeterminación de los menores de edad.

“Este proyecto de ley vuelve a la concepción inconstitucional de que las personas menores de 18 años son absolutamente incapaces de tomar decisiones relativas a su salud, vida y dignidad. Desconoce e interpreta erróneamente derechos contenidos en convenciones internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño, que son parte del Bloque de Constitucionalidad”, afirman desde PAIIS.

Por su parte, el Centro Plurales de la Universidad del Rosario coincide en que el proyecto vulnera derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes trans. Según este centro, la ley atentaría contra la autonomía corporal y el derecho a la salud de los menores, además de excluir a este grupo del acceso a cuidados especializados y prestados por profesionales calificados. “La aprobación de esta ley profundizaría la precariedad en la que viven menores trans al limitar su autonomía y negarles tratamientos avalados por la comunidad médica internacional”, declaró Flora Rodríguez Rondón, directora del centro.

¿Discriminación a las infancias trans?

Entender que la identidad de género no depende de la genitalidad con la que se nace es todavía una tarea pendiente. Ahora, sí hablar sobre los derechos de las personas trans es complicado, poner el foco en la niñez, como se ha visto los últimos días con este proyecto legislativo, suscita prejuicios y estigmas sobre los menores. Contrario a lo que comentan quienes soportan “Con los niños no te metas”, las personas trans y sus derechos no nacen a los 18 años. La realidad es que las infancias y adolescencias con identidades diversas existen y tienen el derecho a la autonomía de sus cuerpos.

Todas las personas desde los 2 o 3 años, empiezan a tener conciencia sobre su género, pero este proceso de construcción identitaria se da durante toda la vida. Y así como hay quienes descubren que son trans durante su adolescencia o adultez, otras comienzan a manifestar esta “discordancia de género” desde la primera infancia. La diferencia recae, en palabras de mamás de FAIT, en que cuando “reciben el apoyo adecuado muestran mejoras significativas en su bienestar emocional, rendimiento académico y desarrollo social.”

Igualmente, son pocos los niños y niñas que no continúan con su transición. Un estudio reciente publicado en la revista Pediatrics encontró que los menores que realizan una transición social de género durante su niñez, en promedio a los 6 años, rara vez cambian de parecer sobre su identidad de género cinco años después. La investigación siguió y encuestó a 317 niños y niñas trans en Estados Unidos. Cuando el estudio empezó, tenían entre 3 y 12 años y, cinco años después, el 94% seguían seguros con su decisión. Además, llegando a la pubertad varios decidieron empezar un tratamiento con hormonas.

Este proyecto de ley no solo enfrenta cuestionamientos éticos por su manipulación de evidencia científica, sino que también, como denuncian las más de 300 organizaciones, podría traducirse en retrocesos de derechos. “Hay que ser enfáticos en que no mejora en nada la vida de los niños, niñas y adolescentes. Todo lo contrario, les afecta, lástima y vulnera sus derechos, pretendiendo convertir en ley la idea errónea y contradictoria de que la identidad de género es una patología que puede curarse pero, a su vez, busca prohibir el acceso a servicios de salud”, concluye Marta Royo, directora ejecutiva de Profamilia.

Mariana Escobar Bernoske

Por Mariana Escobar Bernoske

Comunicadora social con énfasis en periodismo y producción sonora/radiofónica. Ha participado en investigaciones sobre Derechos Humanos desde una perspectiva feminista y de género. Tiene estudios en el Centro Latinoamericano de Derechos Humanos y la Universidad de Strathclyde.mescobarb@elespectador.com

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Hernán(49621)06 de diciembre de 2024 - 12:56 a. m.
Proyectos de ley como ese, provienen de esas mentes que buscan seguir alienando al ser humano y hacerlo maleable a los intereses de los negociantes que montan partidos e iglesias allí donde la ignorancia y la ingenuidad pululan.
Óscar(22193)06 de diciembre de 2024 - 12:35 a. m.
Al contrario, lo que debe suceder es que el proyecto pase, para evitarle tremendo daño a la niñez y la juventud
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