Tutela contra Westcol: ¿Qué podría decir la Corte Constitucional?
La Corte Constitucional está revisando una acción de tutela que pide cerrar las cuentas de redes sociales del streamer Luis Villa, por reproducir afirmaciones discriminatorias contra las personas homosexuales y trans. Fuentes expertas analizan los posibles escenarios en el alto tribunal.
Pilar Cuartas Rodríguez
A sus 22 años, Luis Villa o Westcol (como se llama en redes sociales) es uno de los streamers más populares en el país. Se dedica a transmitir en vivo durante horas en plataformas como Twich, en la que tiene 1.4 millones de seguidores. Pero uno de esos episodios lo tiene ahora en aprietos en la Corte Constitucional, que está revisando una tutela que pide cerrarle sus cuentas en redes sociales y sancionarlo por expresiones homofóbicas y transfóbicas, según el accionante.
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Villa tiene, además, más de 300 mil seguidores en Kick; más de 500 mil en Youtube; y casi 2 millones en Instagram. Aunque en un comienzo los streamers eran jugadores de videojuegos en tiempo real, ahora son influencers que conversan con su audiencia sobre distintos temas. Westcol, por ejemplo, habla sobre viajes, cuenta anécdotas y entrevista a personas invitadas.
De acuerdo con la acción de tutela, hace ocho meses, durante una de esas transmisiones, Villa expresó su rechazo ante la posibilidad de que un hombre gay visitara su casa en compañía de su pareja: “No me traiga un man aquí por el putas (…) Lo enciendo a balín y le hago otros 17 huecos, lo fulmino a balazos”. En otra ocasión, habría dicho también que estaría dispuesto a empalar a su hijo si se identificaba como trans. No obstante, las publicaciones originales fueron eliminadas de las plataformas digitales.
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En opinión del accionante, el abogado José Montufar Rodríguez, estas afirmaciones podrían normalizar el homicidio, la discriminación y la violencia sexual; incitar al odio; y afectar a las personas de la población LGBTIQ+ en Colombia, que es el país donde más asesinan a personas lesbianas, gais, bisexuales y trans en América Latina, según el más reciente informe de la campaña Sin Violencia LGBT. Por eso, Montufar acudió a la acción de tutela pidiendo proteger los derechos a la igualdad, el libre desarrollo de la personalidad y la vida.
En primera y segunda instancia, la justicia no lo consideró un tema relevante, dijo que faltaron requisitos procesales y negó las pretensiones. Sin embargo, el caso llegó a la Corte Constitucional, que lo seleccionó para revisión en septiembre, pues cree que puede abordar un enfoque diferencial, es un asunto novedoso y podría aclarar el contenido y el alcance de los derechos fundamentales. Eso quiere decir que el alto tribunal podría verificar si los dos jueces anteriores hicieron bien su trabajo y decidir si se pronuncia de fondo.
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Villa, por su parte, se disculpó en un video que dura ocho minutos. Afirma que todo se trató de un “chiste”; reconoce que las personas LGBTIQ+ viven una lucha interna para salir del clóset y que sus videos pudieron afectarlas; y expresa arrepentimiento. “Pido perdón a quienes se sintieron ofendidas. No pensé que era un mal comentario. Soy consciente de que las palabras fueron muy pesadas (…) Cuando tiré ese chiste, no pensé que era un error, solo humor negro, hasta que fui entendiendo el grave error que había cometido. Mi intención no era herir a una persona. Quiero enmendarlo un poquitico. Pido perdón de corazón”.
Pese a estas palabras, José Montufar Rodríguez no cree que las disculpas sean sinceras, pues considera que fueron publicadas para evitar consecuencias legales y económicas. “Él hizo una disculpa pública porque una de las empresas con las que hace pauta (Doritos) decidió retirarlo, por su contenido inapropiado para la comunidad LGBTIQ+. Es porque le tocaron los bolsillos y los contratos”, respondió a este diario. Villa fue contactado por este diario, pero no atendió la solicitud.
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¿Quién interpuso la acción de tutela contra Westcol?
José Francisco Montufar Rodríguez es abogado litigante, contratista en la ciudad de Ibagué y activista LGBTIQ+. Tiene 33 años y se dedica a denunciar contenidos de redes sociales que considera inapropiados. Él fue quien radicó la acción de tutela contra la influencer Kika Nieto, cuando ella aseguró que no estaban bien las relaciones entre personas del mismo género, aunque después se disculpó y manifestó estar comprometida con la lucha contra la homofobia.
Montufar ahora también es el accionante contra Luis Villa. Supo que existía el video por un programa de radio que replicó el mensaje. “Empecé a revisar el contenido de este influencer y es muy tóxico. No se puede tolerar ni permitir. Hago un llamado de atención a la sociedad, no necesitas ser abogado ni profesional. Todos podemos denunciar, unirnos, hacer un llamado de atención. La libertad de expresión existe, pero hay límites, no es absoluta. Uno de esos es no incitar al odio, no discriminar”, asegura el abogado Montufar en entrevista con este diario.
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Montufar ha vivido en primera persona la discriminación por su orientación sexual y siente que las expresiones de Villa lo afectan de forma directa. Estudió en un colegio religioso, que enseñaba que ser una persona homosexual era una enfermedad, pese a que dejó de ser así en 1990. Fue obligado a ir a terapia psicológica para obligarlo a le atrajeran las mujeres; tuvo que poner en pausa su relación con Dios, porque la Iglesia le decía que era un pecador; y ha sufrido las miradas juzgadoras en el transporte público.
Ser LGBTIQ+ es hoy un derecho humano y Colombia prohíbe ser discriminado por eso. Montufar encontró sus respuestas en la carrera de Derecho, que le ayudó a amarse como es y a recomponer su diálogo con el Dios en el que cree. “Tengo derecho a vivir, a ser lo que yo quiera, porque en este país no es un delito ni una enfermedad. Tenemos derecho a la vida y a no ser condenados a la muerte, así como lo hizo Westcol en sus videos. Cualquier persona no nos puede coger a balazos, no nos pueden violar, no nos pueden agredir socialmente”, añade el abogado en conversación con El Espectador.
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Montufar vive en Ibagué y desde allí está esperando que la Corte Constitucional diga la última palabra sobre su acción de tutela. Quiere que falle a su favor y se pronuncie sobre las expresiones discriminatorias de los influencers y cómo se balancean con los límites a la libertad de expresión.
¿Qué podría decir la Corte Constitucional?
Fuentes jurídicas sostienen que hay dos escenarios posibles para este caso en la Corte Constitucional. En el primero, el alto tribunal podría no pronunciarse de fondo, al detectar que faltó un requisito en la forma en que se presentó la acción de tutela e ignorar el debate. En el segundo, la corte podría flexibilizarse, ser creativa, darle menos relevancia a la posible falta de requisitos, pronunciarse de fondo sobre el tema y sentar estándares importantes sobre los contenidos en redes sociales y la libertad de expresión.
El escenario 1 negaría la acción de tutela y reafirmaría lo que ya dijeron los jueces de primera y segunda instancia: que el accionante no cumplió con uno de los requisitos para instaurar una acción de tutela relacionada con las redes sociales, que es reclamar ante las plataformas digitales previamente y pedirle directamente a Westcol eliminar o rectificar el contenido. Sin embargo, Montufar dice que sí lo hizo y la Corte tendrá que verificarlo.
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Emmanuel Vargas Penagos, abogado y codirector de El Veinte, organización que se dedica a la defensa legal de la libertad de expresión, recuerda que este requisito lo creó la Corte Constitucional en 2019. Su propósito es evitar que haya exceso de tutelas, pero por otro lado genera que la protección de los derechos humanos quede primero en manos de las plataformas digitales, porque se tiene que reclamar ante ellas para después poder acudir a un juez. Esto puede ser complicado, según Vargas, porque muchas organizaciones han mostrado que los procesos internos de las plataformas no son transparentes ni claros.
En opinión del abogado, este requisito le agrega también más formalismos a la acción de tutela que fue diseñada para que cualquier persona pueda usarla, sin importar si es profesional en Derecho. Entonces, hace que sea más complejo llevar las peleas en redes sociales a la Corte. Así que este caso podría ser una oportunidad para que los magistrados y las magistradas flexibilicen ese requisito y se pregunten si debería ser obligatorio.
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Si eso pasa y la Corte estudia el fondo del caso, podrían abordarse temas relevantes. El abogado Vargas cree que las afirmaciones de Villa son discriminatorias e incluso podrían estar cerca de considerarse discursos de odio, una etiqueta que se usa con cautela en el mundo de los derechos humanos dada su gravedad y magnitud. El caso más conocido es el de Ruanda, donde, a través de programas radiales, se animó a asesinar a las personas de origen tutsi.
Los discursos de odio son aquellos dirigidos a atacar a grupos históricamente discriminados o vulnerables, como las personas negras, LGBTIQ+ y las mujeres; con una clara incitación a la violencia contra ellas; y con la capacidad de materializarse. Vargas afirma que Villa sabía que tenía miles de seguidores, y en ese sentido tenía más conciencia de la posibilidad de que existiera algo. “No es claro si tenía la intención de generar violencia, pero no tenía preocupación por si la generaba. No necesariamente se prueba una intención, pero sí una despreocupación por los efectos”. El abogado duda también de si Villa tenía la capacidad para generar daño, es decir, que sus seguidores pudieran llegar a tener comportamientos violentos hacia las personas LGBTIQ+ después de escucharlo.
Vargas sostiene que la discusión en la Corte podría girar en torno a la intención y la capacidad de daño de las afirmaciones de Villa y podría solicitarle unas disculpas públicas o algún otro tipo de rectificación o aprovechar para establecer medidas educativas para el streamer y su audiencia, como, por ejemplo, organizar un especial sobre diversidad sexual.
Otro factor que debe tener en cuenta la Corte en su análisis es que Villa suma millones de seguidores en todas sus redes sociales. Así lo explica la organización Caribe Afirmativo, que trabaja por los derechos de las personas LGBTIQ+ en Colombia y considera relevante mencionar que el público de la plataforma Twich suelen ser personas entre 17 y 34 años. “Que una persona que consideras tu ídolo diga que a las personas trans yo les puedo introducir objetos para ‘corregirlas’, puede generar un impacto social. Una sola afirmación de índole prejuicioso da lugar a interpretaciones personales que reproducen violencia, y es una violencia sistemática para las personas LGBTIQ+”.
“Se tendrá que analizar hasta dónde una opinión personal puede ser problemática. Colombia es uno de los países con mayores índices de violencias contra personas LGBTIQ+. El año pasado registramos 145 homicidios. Eso quiere decir que, cada dos días y medio, matan a una persona LGBTIQ+ en el país. Es una buena oportunidad para que la Corte establezca limitaciones a expresiones y comentarios prejuiciosos y de odio en redes sociales; muestre las medidas legales y no legales que existen para combatirlos; e inste a las plataformas digitales a hacer algo, pues la Corte también les pidió pronunciarse en este caso”, concluye Caribe Afirmativo en conversación con este diario.
Una opinión distinta tiene la abogada Luisa Fernanda Isaza Ibarra, especializada en libertad de expresión y asesora de la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip). Si bien cree que lo dicho por Villa es reprochable y sus comentarios normalizan la violencia y discriminación contra personas LGBTIQ+, Isaza considera muy relevantes las disculpas publicadas por Villa antes de que se radicara la acción de tutela.
“En los diez años que llevo trabajando estos temas y aprendiendo sobre libertad de expresión, nunca había visto unas disculpas como las que él presentó. Me parece importante resaltarlo. Generalmente, las disculpas que presentan las personas son después de una acción de tutela o una amenaza judicial y suelen ser limitadas a lo que ordenan las decisiones judiciales. Pero las disculpas de Villa son notables”, afirma a El Espectador Isaza, quien añade que la solicitud de cerrar las cuentas de redes sociales a Westcol es desproporcionada y jurídicamente inviable.
Para la abogada, que Villa haya borrado el contenido discriminatorio también ayuda a enmendar lo que pasó. “Es otra señal de que las disculpas pueden responder a una reflexión real. No sé qué va a decir la corte, pero debe considerar que él borró la publicación, se disculpó y no ha vuelto a hacer este tipo de comentarios. Una pregunta que me haría si fuera la magistrada del caso es qué alcance tuvo la disculpa en relación con el alcance real del contenido, lo que va a ser difícil de evaluar si el contenido fue eliminado”, añade Isaza.
Así las cosas, la Corte Constitucional tiene en sus manos un caso que ha creado expectativas en el mundo jurídico y de los streamers. En las próximas semanas se sabrá si el alto tribunal se pronunciará o no de fondo y si aclarará conceptos tan claves sobre la libertad de expresión, la incitación a la violencia, las expresiones o discursos de odio y la discriminación en redes sociales y plataformas digitales.
A sus 22 años, Luis Villa o Westcol (como se llama en redes sociales) es uno de los streamers más populares en el país. Se dedica a transmitir en vivo durante horas en plataformas como Twich, en la que tiene 1.4 millones de seguidores. Pero uno de esos episodios lo tiene ahora en aprietos en la Corte Constitucional, que está revisando una tutela que pide cerrarle sus cuentas en redes sociales y sancionarlo por expresiones homofóbicas y transfóbicas, según el accionante.
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Villa tiene, además, más de 300 mil seguidores en Kick; más de 500 mil en Youtube; y casi 2 millones en Instagram. Aunque en un comienzo los streamers eran jugadores de videojuegos en tiempo real, ahora son influencers que conversan con su audiencia sobre distintos temas. Westcol, por ejemplo, habla sobre viajes, cuenta anécdotas y entrevista a personas invitadas.
De acuerdo con la acción de tutela, hace ocho meses, durante una de esas transmisiones, Villa expresó su rechazo ante la posibilidad de que un hombre gay visitara su casa en compañía de su pareja: “No me traiga un man aquí por el putas (…) Lo enciendo a balín y le hago otros 17 huecos, lo fulmino a balazos”. En otra ocasión, habría dicho también que estaría dispuesto a empalar a su hijo si se identificaba como trans. No obstante, las publicaciones originales fueron eliminadas de las plataformas digitales.
“Duele el alma”: la violencia psicológica que te manipula, humilla e intimida
En opinión del accionante, el abogado José Montufar Rodríguez, estas afirmaciones podrían normalizar el homicidio, la discriminación y la violencia sexual; incitar al odio; y afectar a las personas de la población LGBTIQ+ en Colombia, que es el país donde más asesinan a personas lesbianas, gais, bisexuales y trans en América Latina, según el más reciente informe de la campaña Sin Violencia LGBT. Por eso, Montufar acudió a la acción de tutela pidiendo proteger los derechos a la igualdad, el libre desarrollo de la personalidad y la vida.
En primera y segunda instancia, la justicia no lo consideró un tema relevante, dijo que faltaron requisitos procesales y negó las pretensiones. Sin embargo, el caso llegó a la Corte Constitucional, que lo seleccionó para revisión en septiembre, pues cree que puede abordar un enfoque diferencial, es un asunto novedoso y podría aclarar el contenido y el alcance de los derechos fundamentales. Eso quiere decir que el alto tribunal podría verificar si los dos jueces anteriores hicieron bien su trabajo y decidir si se pronuncia de fondo.
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Villa, por su parte, se disculpó en un video que dura ocho minutos. Afirma que todo se trató de un “chiste”; reconoce que las personas LGBTIQ+ viven una lucha interna para salir del clóset y que sus videos pudieron afectarlas; y expresa arrepentimiento. “Pido perdón a quienes se sintieron ofendidas. No pensé que era un mal comentario. Soy consciente de que las palabras fueron muy pesadas (…) Cuando tiré ese chiste, no pensé que era un error, solo humor negro, hasta que fui entendiendo el grave error que había cometido. Mi intención no era herir a una persona. Quiero enmendarlo un poquitico. Pido perdón de corazón”.
Pese a estas palabras, José Montufar Rodríguez no cree que las disculpas sean sinceras, pues considera que fueron publicadas para evitar consecuencias legales y económicas. “Él hizo una disculpa pública porque una de las empresas con las que hace pauta (Doritos) decidió retirarlo, por su contenido inapropiado para la comunidad LGBTIQ+. Es porque le tocaron los bolsillos y los contratos”, respondió a este diario. Villa fue contactado por este diario, pero no atendió la solicitud.
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¿Quién interpuso la acción de tutela contra Westcol?
José Francisco Montufar Rodríguez es abogado litigante, contratista en la ciudad de Ibagué y activista LGBTIQ+. Tiene 33 años y se dedica a denunciar contenidos de redes sociales que considera inapropiados. Él fue quien radicó la acción de tutela contra la influencer Kika Nieto, cuando ella aseguró que no estaban bien las relaciones entre personas del mismo género, aunque después se disculpó y manifestó estar comprometida con la lucha contra la homofobia.
Montufar ahora también es el accionante contra Luis Villa. Supo que existía el video por un programa de radio que replicó el mensaje. “Empecé a revisar el contenido de este influencer y es muy tóxico. No se puede tolerar ni permitir. Hago un llamado de atención a la sociedad, no necesitas ser abogado ni profesional. Todos podemos denunciar, unirnos, hacer un llamado de atención. La libertad de expresión existe, pero hay límites, no es absoluta. Uno de esos es no incitar al odio, no discriminar”, asegura el abogado Montufar en entrevista con este diario.
“Los estereotipos son cárceles”: primera viceministra de mujeres de Colombia
Montufar ha vivido en primera persona la discriminación por su orientación sexual y siente que las expresiones de Villa lo afectan de forma directa. Estudió en un colegio religioso, que enseñaba que ser una persona homosexual era una enfermedad, pese a que dejó de ser así en 1990. Fue obligado a ir a terapia psicológica para obligarlo a le atrajeran las mujeres; tuvo que poner en pausa su relación con Dios, porque la Iglesia le decía que era un pecador; y ha sufrido las miradas juzgadoras en el transporte público.
Ser LGBTIQ+ es hoy un derecho humano y Colombia prohíbe ser discriminado por eso. Montufar encontró sus respuestas en la carrera de Derecho, que le ayudó a amarse como es y a recomponer su diálogo con el Dios en el que cree. “Tengo derecho a vivir, a ser lo que yo quiera, porque en este país no es un delito ni una enfermedad. Tenemos derecho a la vida y a no ser condenados a la muerte, así como lo hizo Westcol en sus videos. Cualquier persona no nos puede coger a balazos, no nos pueden violar, no nos pueden agredir socialmente”, añade el abogado en conversación con El Espectador.
Caso Laura Sarabia: la arista de la violencia política en su contra
Montufar vive en Ibagué y desde allí está esperando que la Corte Constitucional diga la última palabra sobre su acción de tutela. Quiere que falle a su favor y se pronuncie sobre las expresiones discriminatorias de los influencers y cómo se balancean con los límites a la libertad de expresión.
¿Qué podría decir la Corte Constitucional?
Fuentes jurídicas sostienen que hay dos escenarios posibles para este caso en la Corte Constitucional. En el primero, el alto tribunal podría no pronunciarse de fondo, al detectar que faltó un requisito en la forma en que se presentó la acción de tutela e ignorar el debate. En el segundo, la corte podría flexibilizarse, ser creativa, darle menos relevancia a la posible falta de requisitos, pronunciarse de fondo sobre el tema y sentar estándares importantes sobre los contenidos en redes sociales y la libertad de expresión.
El escenario 1 negaría la acción de tutela y reafirmaría lo que ya dijeron los jueces de primera y segunda instancia: que el accionante no cumplió con uno de los requisitos para instaurar una acción de tutela relacionada con las redes sociales, que es reclamar ante las plataformas digitales previamente y pedirle directamente a Westcol eliminar o rectificar el contenido. Sin embargo, Montufar dice que sí lo hizo y la Corte tendrá que verificarlo.
Lea aquí: Así era la vida de Ana María Serrano, víctima de feminicidio en México
Emmanuel Vargas Penagos, abogado y codirector de El Veinte, organización que se dedica a la defensa legal de la libertad de expresión, recuerda que este requisito lo creó la Corte Constitucional en 2019. Su propósito es evitar que haya exceso de tutelas, pero por otro lado genera que la protección de los derechos humanos quede primero en manos de las plataformas digitales, porque se tiene que reclamar ante ellas para después poder acudir a un juez. Esto puede ser complicado, según Vargas, porque muchas organizaciones han mostrado que los procesos internos de las plataformas no son transparentes ni claros.
En opinión del abogado, este requisito le agrega también más formalismos a la acción de tutela que fue diseñada para que cualquier persona pueda usarla, sin importar si es profesional en Derecho. Entonces, hace que sea más complejo llevar las peleas en redes sociales a la Corte. Así que este caso podría ser una oportunidad para que los magistrados y las magistradas flexibilicen ese requisito y se pregunten si debería ser obligatorio.
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Si eso pasa y la Corte estudia el fondo del caso, podrían abordarse temas relevantes. El abogado Vargas cree que las afirmaciones de Villa son discriminatorias e incluso podrían estar cerca de considerarse discursos de odio, una etiqueta que se usa con cautela en el mundo de los derechos humanos dada su gravedad y magnitud. El caso más conocido es el de Ruanda, donde, a través de programas radiales, se animó a asesinar a las personas de origen tutsi.
Los discursos de odio son aquellos dirigidos a atacar a grupos históricamente discriminados o vulnerables, como las personas negras, LGBTIQ+ y las mujeres; con una clara incitación a la violencia contra ellas; y con la capacidad de materializarse. Vargas afirma que Villa sabía que tenía miles de seguidores, y en ese sentido tenía más conciencia de la posibilidad de que existiera algo. “No es claro si tenía la intención de generar violencia, pero no tenía preocupación por si la generaba. No necesariamente se prueba una intención, pero sí una despreocupación por los efectos”. El abogado duda también de si Villa tenía la capacidad para generar daño, es decir, que sus seguidores pudieran llegar a tener comportamientos violentos hacia las personas LGBTIQ+ después de escucharlo.
Vargas sostiene que la discusión en la Corte podría girar en torno a la intención y la capacidad de daño de las afirmaciones de Villa y podría solicitarle unas disculpas públicas o algún otro tipo de rectificación o aprovechar para establecer medidas educativas para el streamer y su audiencia, como, por ejemplo, organizar un especial sobre diversidad sexual.
Otro factor que debe tener en cuenta la Corte en su análisis es que Villa suma millones de seguidores en todas sus redes sociales. Así lo explica la organización Caribe Afirmativo, que trabaja por los derechos de las personas LGBTIQ+ en Colombia y considera relevante mencionar que el público de la plataforma Twich suelen ser personas entre 17 y 34 años. “Que una persona que consideras tu ídolo diga que a las personas trans yo les puedo introducir objetos para ‘corregirlas’, puede generar un impacto social. Una sola afirmación de índole prejuicioso da lugar a interpretaciones personales que reproducen violencia, y es una violencia sistemática para las personas LGBTIQ+”.
“Se tendrá que analizar hasta dónde una opinión personal puede ser problemática. Colombia es uno de los países con mayores índices de violencias contra personas LGBTIQ+. El año pasado registramos 145 homicidios. Eso quiere decir que, cada dos días y medio, matan a una persona LGBTIQ+ en el país. Es una buena oportunidad para que la Corte establezca limitaciones a expresiones y comentarios prejuiciosos y de odio en redes sociales; muestre las medidas legales y no legales que existen para combatirlos; e inste a las plataformas digitales a hacer algo, pues la Corte también les pidió pronunciarse en este caso”, concluye Caribe Afirmativo en conversación con este diario.
Una opinión distinta tiene la abogada Luisa Fernanda Isaza Ibarra, especializada en libertad de expresión y asesora de la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip). Si bien cree que lo dicho por Villa es reprochable y sus comentarios normalizan la violencia y discriminación contra personas LGBTIQ+, Isaza considera muy relevantes las disculpas publicadas por Villa antes de que se radicara la acción de tutela.
“En los diez años que llevo trabajando estos temas y aprendiendo sobre libertad de expresión, nunca había visto unas disculpas como las que él presentó. Me parece importante resaltarlo. Generalmente, las disculpas que presentan las personas son después de una acción de tutela o una amenaza judicial y suelen ser limitadas a lo que ordenan las decisiones judiciales. Pero las disculpas de Villa son notables”, afirma a El Espectador Isaza, quien añade que la solicitud de cerrar las cuentas de redes sociales a Westcol es desproporcionada y jurídicamente inviable.
Para la abogada, que Villa haya borrado el contenido discriminatorio también ayuda a enmendar lo que pasó. “Es otra señal de que las disculpas pueden responder a una reflexión real. No sé qué va a decir la corte, pero debe considerar que él borró la publicación, se disculpó y no ha vuelto a hacer este tipo de comentarios. Una pregunta que me haría si fuera la magistrada del caso es qué alcance tuvo la disculpa en relación con el alcance real del contenido, lo que va a ser difícil de evaluar si el contenido fue eliminado”, añade Isaza.
Así las cosas, la Corte Constitucional tiene en sus manos un caso que ha creado expectativas en el mundo jurídico y de los streamers. En las próximas semanas se sabrá si el alto tribunal se pronunciará o no de fondo y si aclarará conceptos tan claves sobre la libertad de expresión, la incitación a la violencia, las expresiones o discursos de odio y la discriminación en redes sociales y plataformas digitales.