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¿Son las decisiones de la Corte Constitucional suficientes para garantizar el derecho al aborto de mujeres indígenas y afrodescendientes en Colombia?, ¿puede el derecho a la autodeterminación de los pueblos ser una barrera para el acceso a la salud?, ¿cuál es el rol de la medicina ancestral en la garantía de los derechos de las mujeres afro e indígenas? Estas fueron algunas preguntas que discutieron expertas en derecho y salud sexual y reproductiva este lunes 6 de mayo en un evento sobre aborto, organizado por el movimiento Causa Justa y la facultad de jurisprudencia de la Universidad del Rosario.
En Colombia, el aborto es un derecho fundamental para todas las mujeres, hombres trans y personas no binarias con capacidad de gestar. La sentencia de la Corte Constitucional que en 2022 despenalizó la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) hasta la semana 24 de gestación, conocida como Causa Justa, fue un hito en materia de salud sexual y reproductiva para el país y la región. Sin embargo, en el transcurso del último año, dos fallos de tutelas generaron confusión sobre el acceso y las garantías para el aborto en mujeres indígenas.
Se trata de los casos concretos de una niña y una mujer indígenas a quienes las autoridades de sus resguardos les negaron el acceso a la IVE. Ellas habían solicitado un aborto a la Asociación Indígena del Cauca (AIC), pero les fue negado porque la AIC consideró que el aborto contradecía los usos y costumbres de sus comunidades, poniendo en riesgo sus vidas y derecho a decidir sobre sus cuerpos.
Ellas iniciaron procesos de tutela para lograr acceder al aborto, sin embargo, los jueces que llevaron sus casos señalaron un supuesto conflicto normativo entre la jurisdicción especial indígena y la ordinaria en materia de aborto. Así, según las sentencias de tutela, ellas debían seguir las decisiones tomadas por las autoridades indígenas.
Aunque lograron que les realizaran los abortos, los casos llegaron a la Corte Constitucional pues había un desconocimiento sobre la normativa vigente para acceder a la IVE. El alto tribunal estableció que en dichas tutelas se negó la obligación del Estado y el sistema de salud de prestar el servicio de IVE; que el derecho de la autodeterminación de los pueblos no puede ir sobre la autonomía reproductiva de las mujeres; y que no hubo un reconocimiento de las barreras específicas que enfrentan las mujeres indígenas para acceder a este derecho. Pero la decisión judicial también contradijo su propia jurisprudencia, diciendo, por ejemplo, que el aborto no era un derecho fundamental, lo que generó confusión sobre el precedente.
Ante la confusión y la contradicción, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió anular esas sentencias y se espera que pronto emita un nuevo fallo. Durante el evento, Alberto Rojas Ríos, exmagistrado de la Corte Constitucional y uno de los ponentes de la sentencia Causa Justa, explicó que estos son casos que muestran el gran desconocimiento de la jurisprudencia del país asegurando que tener un marco amplio no significa que en la práctica se esté garantizando el acceso.
Sin embargo, aun con la nulidad de las sentencias, las mujeres indígenas continúan enfrentando barreras para ejercer su autonomía reproductiva pues las autoridades de cada pueblo definen la ruta de acceso a este servicio de salud. “Es necesario robustecer los sistemas de justicia especial indígena para fortalecer los derechos sexuales y reproductivos desde la mirada de la autonomía de los pueblos, pero también de la autonomía de las mujeres”, afirmó Diana Quigua, directora de poblaciones del Ministerio de las culturas, las artes y los saberes.
Quigua, quien es mujer indígena, enfatizó que la implementación de la sentencia Causa Justa y la normativa del Ministerio de Salud sobre la IVE en los territorios de autoridades indígenas requiere un diálogo intercultural para tener mayor incidencia. Además, señaló que es importante reivindicar el aborto como una práctica ancestral, que siempre ha existido y hace parte del legado y resistencias de las mujeres en los pueblos originarios.
El aborto también ha sido parte de la lucha por la autonomía de los pueblos negros y afrodescendientes. Y, actualmente, la medicina tradicional también cumple un rol clave en las garantías de los derechos reproductivos de las mujeres afro. Según el más reciente informe de la organización ILEX Acción Jurídica sobre el acceso al aborto en mujeres negras y afro del país, las parteras y sus prácticas ancestrales son en muchos casos las primeras en atender emergencias obstétricas y abortos clandestinos e inseguros en los territorios.
“Cuando hay constantemente barreras para acceder al sistema de salud, las parteras juegan un papel clave en la reducción de daños y en el acceso a información. En especial en aquellas comunidades y municipios con débil acceso a servicios de salud sexual, que en este caso, tienen una población mayoritariamente afro”, comentó Dayana Blanco Acendra, directora general de ILEX Acción Jurídica.
Los prejuicios étnico-raciales, la falta de educación, la pobreza, un cubrimiento limitado de las necesidades básicas en los territorios, el machismo y los estigmas que aún persisten sobre el aborto dificultan el goce de este derecho en las mujeres negras e indígenas. Por eso, durante el evento se hizo un llamado a reconocer la IVE como un asunto de salud pública que requiere ver las particularidades de cada población para garantizar un acceso efectivo a este derecho.
Asimismo, “hablar sobre el derecho al aborto de las mujeres indígenas y afrocolombianas, tras la confusión generada por las sentencias anuladas por la Corte Constitucional, es importante para derribar, con información certera, las barreras de acceso que ellas aún enfrentan, así como para contribuir a una transformación cultural donde el derecho a decidir de todas las mujeres sea legítimo”, concluye Laura Castro González, coordinadora de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres.