Decreto de emergencia en La Guajira permitirá inaplicar Ley de Garantías
Presidencia afirma que para atender la situación del departamento puede ser necesario inaplicar esa norma y por eso debía preverlo en este decreto.
David Riaño Valencia
La Ley de Garantías se creó en 2005 para evitar que las autoridades intervengan en las elecciones a través de la contratación directa y así garantizar la igualdad de condiciones en los procesos electorales. En el caso de los próximos comicios territoriales de octubre, esa norma, que entró a regir el pasado 29 de junio, dispone la restricción de los convenios que se firman entre entidades estatales en los que se ejecuten recursos públicos. Eso implica que, durante los próximos cuatro meses, ningún municipio o departamento, o sus entidades adscritas, pueden celebrar este tipo de convenios.
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La Ley de Garantías se creó en 2005 para evitar que las autoridades intervengan en las elecciones a través de la contratación directa y así garantizar la igualdad de condiciones en los procesos electorales. En el caso de los próximos comicios territoriales de octubre, esa norma, que entró a regir el pasado 29 de junio, dispone la restricción de los convenios que se firman entre entidades estatales en los que se ejecuten recursos públicos. Eso implica que, durante los próximos cuatro meses, ningún municipio o departamento, o sus entidades adscritas, pueden celebrar este tipo de convenios.
Sin embargo, el pasado 2 de julio, el Gobierno Nacional emitió el Decreto 1085 que declara el estado de emergencia económica, social y ecológica en el departamento de La Guajira. Con esta medida el presidente Petro espera poder atender la grave situación humanitaria en ese departamento, que incluso motivó una declaratoria de estado de cosas inconstitucional en 2017 por parte de la Corte Constitucional. En ese pronunciamiento, el alto tribunal estableció que las condiciones en las que viven las personas en La Guajira son violatorias de la Constitución Política.
En este decreto que declara la emergencia social y económica, y que fue firmado por todos los ministros y ministras, se incluye un párrafo que dice que “es necesario adoptar medidas para garantizar la celebración de convenios y contratos interadministrativos, sin las restricciones contractuales previstas en el inciso primero del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías), durante el tiempo que dure esta declaratoria de emergencia”.
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Concretamente, el decreto dispone que las entidades de orden nacional y territorial podrán acudir a estos mecanismos de contratación directa cuando sea necesario para enfrentar la crisis, inaplicando la norma que los restringe en época electoral. Según explicó a este diario Vladimir Fernández, secretario jurídico de Presidencia, este decreto por sí mismo no afecta la aplicación de la Ley de Garantías, pues para eso hace falta que se emitan varios decretos legislativos que establecerán qué entidades podrán inaplicar esa norma y en qué casos y para qué propósitos específicamente. Estos nuevos decretos con fuerza de ley deberán ser promulgados en las próximas semanas.
Fernández agregó que era necesario incluir esta disposición en la parte considerativa del decreto que declara la emergencia en La Guajira para que luego los decretos legislativos puedan desarrollarla y regularla efectivamente. “Si no la incluíamos en este “decreto madre”, luego no podríamos utilizarla de llegar a requerirse”, explicó.
Por su parte, Juan David Hincapié, coordinador del sistema político de Transparencia por Colombia, manifestó su preocupación porque esa organización ha encontrado que todo escenario de emergencia implica mayores riesgos de corrupción. Según Hincapié, no es cierto, como lo aseguró el Gobierno Nacional, que este decreto no afecte la aplicación de la Ley de Garantías, pues esta norma restringe la firma de convenios interadministrativos en época electoral precisamente para evitar que la contratación sea utilizada para interferir en las elecciones.
“La urgencia manifiesta lo que hace es lo contrario: autoriza a las entidades a contratar directamente sin que medien principios fundamentales de la contratación pública como la selección objetiva y la multiplicidad de ofertas. Es un riesgo muy grande, especialmente en época electoral, que solo puede mitigarse con total transparencia en la información, por parte de las entidades que contraten, con una veeduría ciudadana activa y fortalecida, y con una gestión mucho más proactiva de parte de los organismos de control”, explicó Hincapié.
Sin embargo, la experiencia en ocasiones anteriores ha demostrado que hay entidades públicas que utilizan la urgencia manifiesta para contratar a dedo, saltándose las normas que regulan las adquisiciones y compras públicas, como sucedió durante la emergencia decretada por la pandemia de covid-19.
Para Magdalena Sarmiento, abogada especialista en contratación estatal, no se puede concluir que el Decreto 1085 que declara la emergencia en La Guajira suspenda la aplicación de la Ley de Garantías, pero es posible que haya entidades territoriales que usen esa interpretación para saltarse esa norma. En su opinión, todo dependerá de los decretos legislativos que emita el Gobierno Nacional para determinar en qué situaciones y para qué propósitos se admitirá la celebración de convenios interadministrativos, y de la vigilancia efectiva de las autoridades competentes.
Por eso, las elecciones en La Guajira merecen toda la atención de los organismos electorales y de control.
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