“La comisión confía que las diferencias puedan ser superadas”: presidenta de CIDH
Antonia Urrejola, presidenta de la CIDH, dice en El Espectador que la instalación del mecanismo que monitoreará la situación de derechos humanos en las protestas no necesita aprobación del Estado. Aun no hay fecha para su funcionamiento, pero ya hay equipo familiarizado con Colombia.
Pilar Cuartas Rodríguez
Después de visitar Colombia durante tres días, entre el 8 y el 10 de junio, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el pasado miércoles sus conclusiones sobre las denuncias de violaciones de derechos humanos en el paro nacional, que transcurre desde el 28 de abril. En sus observaciones, el organismo constató que en reiteradas ocasiones el Estado respondió con el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza, incluyendo la fuerza letal; y prendió las alarmas sobre las denuncias contra policías por violencia sexual y de género, la discriminación étnico-racial, el uso indebido de la figura de traslado de protección, la desaparición de personas, la mal empleada figura de asistencia militar, entre otros temas. (“Separar Policía de Mindefensa” y otras 40 recomendaciones de la CIDH a Colombia)
La comisión, además, formuló 41 recomendaciones que incluyen la expedición de una ley estatutaria para regular el derecho de protesta, de acuerdo con los estándares interamericanos; y la reforma del decreto que habilitó la presencia de militares, junto a policías, en ciudades colombianas para “levantar bloqueos” de forma indiscriminada. Aunque el Estado alegó que no está obligado a acoger todas las recomendaciones de la CIDH, el organismo creará un mecanismo especial para seguir monitoreando la situación de derechos humanos en las protestas de Colombia, para entablar un diálogo constante entre el Estado y la sociedad civil, y para hacerle seguimiento a sus recomendaciones. (“CIDH está lista para visitar Colombia y el momento lo decide el Estado”: presidenta de CIDH)
En entrevista con este diario, Antonia Urrejola, presidenta de la CIDH, explica de qué se trata este mecanismo y, aunque aún no hay fecha para su instalación, confirma que ya hay un equipo familiarizado con el país. Y pese a que el Estado rechazó la implementación de este mecanismo, Urrejola aclara que, para su conformación, la comisión no necesita la anuencia (aprobación) del gobierno colombiano y explica que no se trata de una instancia adversarial sino de “diálogo constructivo y colaborativo” en busca de soluciones.
La CIDH anunció la instalación de un Mecanismo Especial de Seguimiento en Materia de Derechos Humanos para Colombia. ¿En qué consistirá este mecanismo?
El objetivo originario de los mecanismos especiales de seguimiento es justamente realizar el seguimiento a las observaciones y recomendaciones formuladas por la CIDH. En este caso, las elaboradas como resultado de la visita de trabajo efectuada al país los días 8, 9 y 10 de junio pasado. El establecimiento de un mecanismo especial de seguimiento permite, además, hacer un acompañamiento especial en el contexto del mandato de la CIDH, en la implementación de la hoja de ruta que constituye este conjunto de observaciones y recomendaciones, con el fin de promover soluciones a los problemas que están en la base de los conflictos que se han observado en la visita.
Puede leer también: ‘Nadie puede recomendarle a un país tolerar la criminalidad’: Duque sobre la CIDH
¿Cuándo se instalará ese mecanismo y quiénes lo conformarán?
La CIDH, como se puede colegir de la elaboración de las observaciones y recomendaciones recién publicadas, ya tiene un equipo profesional de alta calificación trabajando y muy familiarizado con la situación de derechos humanos en el país. Pero la instalación del Mecanismo Especial requiere de algunas coordinaciones y articulaciones adicionales para asegurar un funcionamiento acorde con los desafíos que el seguimiento de la situación de Colombia requiere. El Mecanismo Especial será instalado apenas esas articulaciones y coordinaciones se hayan realizado y contará con las mayores cualidades técnicas. (Las nueve prácticas “sistemáticas” de la Policía contra manifestantes en el Paro Nacional entregadas a la CIDH)
¿Por cuánto tiempo estará vigente ese mecanismo de seguimiento?
Yo no hablaría de plazos, el seguimiento de la situación en Colombia y sus complejidades requiere el desarrollo de varios ciclos, por lo pronto hay un diagnóstico que aparece reflejado en las observaciones y recomendaciones recién publicadas. Además, se requiere planificar, articular y coordinar el funcionamiento del mecanismo en el marco del mandato convencional de la Comisión, se requiere la determinación de mecanismos permanentes de evaluación, así como el mantenimiento de vías de diálogo y retroalimentación, principalmente con el Estado y con las diversas actoras y actores de la sociedad colombiana, pero también con la comunidad internacional. Todos esos aspectos deben atenderse con diligencia, prontitud y rigurosidad.
Nicaragua y Venezuela son otros países que cuentan con un mecanismo especial de seguimiento. ¿Cómo ha sido la experiencia en estos Estados, sus avances y dificultades?
Quisiera decirle que no solo esos países que usted menciona tienen mecanismos especiales de seguimiento. En México también se instaló -y se mantiene vigente- un mecanismo especial sobre las 43 personas desaparecidas en Ayotzinapa. Pese a haber varios asuntos pendientes, sobre los cuales la Comisión ha sido muy exigente en alertar, ese mecanismo ha conseguido avances gracias, entre otras, a la colaboración del Estado y a la cercanía estrecha del Mecanismo con las demandas de las familias de las víctimas.
Por otro lado, es difícil comparar con Colombia las situaciones de los mecanismos vigentes en Nicaragua y Venezuela, entre otras cosas, porque en ellos no se cuenta con prácticamente ninguna colaboración de los respectivos Estados. Es un hecho público que el Estado colombiano ha desplegado, en el contexto de un diálogo muy franco, una conducta colaborativa con la CIDH y con el Sistema Americano en general. Ninguna evidencia objetiva indica que ello pudiera ser diferente en el contexto de la instalación y funcionamiento de un mecanismo especial para Colombia. (Reconstruimos las dos denuncias por violencia sexual en el paro nacional)
El Estado dijo que rechaza la instalación de este mecanismo especial. ¿En qué podría afectar este anuncio al mecanismo?
A diferencia de otros instrumentos de la CIDH, los mecanismos especiales de seguimiento no requieren la anuencia de los Estados para su creación, instalación y funcionamiento, pero le quiero agregar algo muy importante que se debe tener en cuenta: los mecanismos especiales no son instancias adversariales sino de diálogo constructivo y colaborativo en pos de soluciones a problemas relevantes en la defensa, protección y observancia de los derechos humanos.
Como le dije antes, no hay evidencia que indique que el Estado de Colombia modificará la conducta de colaboración que ha tenido hasta ahora, como tampoco hay evidencia que indique que los diversos sectores de la sociedad civil colombiana disminuirán su intercambio cotidiano con la Comisión. Por supuesto nada de esto significa acuerdos totales. En el marco de un diálogo permanente, la Comisión confía que las diferencias puedan ser superadas o procesadas constructivamente.
Organizaciones de la sociedad civil solicitaron la conformación de un Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), pero la CIDH no lo incluyó en sus recomendaciones. ¿Por qué?
La CIDH ha tenido en cuenta la información recibida antes, durante y después de la visita por parte del Estado, de las organizaciones de la sociedad civil y a través de los más de 500 testimonios recabados. Sostuvo, además, reuniones con diversas autoridades públicas. Se reunió con víctimas, personas defensoras, colectivos de mujeres, afrodescendientes, indígenas, periodistas, representantes de movimientos sociales, gremios empresariales y agentes de la fuerza pública. Se reunió también con la representante de OACNUDH, de la MAPP OEA y el cuerpo diplomático.
Las recomendaciones formuladas son el fruto de un profundo análisis efectuado de la información recabada por estas diversas vías y la conclusión del pleno de la Comisión es que la fórmula para avanzar en el cumplimiento de la misión convencional de la CIDH, en este momento, es un mecanismo especial de seguimiento.
¿Existe la posibilidad de que más adelante la CIDH recomiende la conformación de un GIEI?
La CIDH mantiene todas sus herramientas y mecanismos a disposición del Estado y la sociedad civil para contribuir en el diseño y la implementación de acciones y medidas que promuevan la defensa y observancia de los derechos humanos en el país desde un permanente y constructivo diálogo.
En respuesta a las recomendaciones de la CIDH, el presidente Duque dijo que “nadie puede recomendarle a un país tolerar la criminalidad”. ¿Qué dice el informe de la CIDH al respecto?
En Colombia es urgente y necesaria la instalación de un diálogo de alcance nacional. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en cumplimiento de las disposiciones convencionales que la rigen, lo continuará promoviendo y mantendrá su llamado a toda la sociedad colombiana, y particularmente a las autoridades del Estado, a hacerlo efectivo.
Cabe recordar que uno de los hallazgos centrales de la visita de trabajo es el clima de polarización existente en el país, alimentado por discursos estigmatizantes, por la violencia y por la persistencia de lógicas bélicas en la interpretación y respuesta a la actual movilización social. Estos elementos propician un acelerado deterioro del debate público y, en este sentido, la Comisión hace un llamado a las autoridades y la sociedad colombiana en su conjunto a dejar a un lado expresiones que pudieran resultar estigmatizantes hacia la protesta social y a desarrollar un diálogo con un enfoque territorial, inclusivo, amplio, diverso y profundo que posibilite alcanzar soluciones a los distintos factores que subyacen a la actual conflictividad social en el país.
Estos diálogos deberían involucrar, al menos, a las y los jóvenes, a las personas indígenas y afrodescendientes, a las mujeres, a las personas LGBTI, a las personas en situación de pobreza, a los representantes sindicales, a las personas mayores, a las personas con discapacidad, a las personas en movilidad humana y a las víctimas de violaciones de derechos humanos.
Después de visitar Colombia durante tres días, entre el 8 y el 10 de junio, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el pasado miércoles sus conclusiones sobre las denuncias de violaciones de derechos humanos en el paro nacional, que transcurre desde el 28 de abril. En sus observaciones, el organismo constató que en reiteradas ocasiones el Estado respondió con el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza, incluyendo la fuerza letal; y prendió las alarmas sobre las denuncias contra policías por violencia sexual y de género, la discriminación étnico-racial, el uso indebido de la figura de traslado de protección, la desaparición de personas, la mal empleada figura de asistencia militar, entre otros temas. (“Separar Policía de Mindefensa” y otras 40 recomendaciones de la CIDH a Colombia)
La comisión, además, formuló 41 recomendaciones que incluyen la expedición de una ley estatutaria para regular el derecho de protesta, de acuerdo con los estándares interamericanos; y la reforma del decreto que habilitó la presencia de militares, junto a policías, en ciudades colombianas para “levantar bloqueos” de forma indiscriminada. Aunque el Estado alegó que no está obligado a acoger todas las recomendaciones de la CIDH, el organismo creará un mecanismo especial para seguir monitoreando la situación de derechos humanos en las protestas de Colombia, para entablar un diálogo constante entre el Estado y la sociedad civil, y para hacerle seguimiento a sus recomendaciones. (“CIDH está lista para visitar Colombia y el momento lo decide el Estado”: presidenta de CIDH)
En entrevista con este diario, Antonia Urrejola, presidenta de la CIDH, explica de qué se trata este mecanismo y, aunque aún no hay fecha para su instalación, confirma que ya hay un equipo familiarizado con el país. Y pese a que el Estado rechazó la implementación de este mecanismo, Urrejola aclara que, para su conformación, la comisión no necesita la anuencia (aprobación) del gobierno colombiano y explica que no se trata de una instancia adversarial sino de “diálogo constructivo y colaborativo” en busca de soluciones.
La CIDH anunció la instalación de un Mecanismo Especial de Seguimiento en Materia de Derechos Humanos para Colombia. ¿En qué consistirá este mecanismo?
El objetivo originario de los mecanismos especiales de seguimiento es justamente realizar el seguimiento a las observaciones y recomendaciones formuladas por la CIDH. En este caso, las elaboradas como resultado de la visita de trabajo efectuada al país los días 8, 9 y 10 de junio pasado. El establecimiento de un mecanismo especial de seguimiento permite, además, hacer un acompañamiento especial en el contexto del mandato de la CIDH, en la implementación de la hoja de ruta que constituye este conjunto de observaciones y recomendaciones, con el fin de promover soluciones a los problemas que están en la base de los conflictos que se han observado en la visita.
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¿Cuándo se instalará ese mecanismo y quiénes lo conformarán?
La CIDH, como se puede colegir de la elaboración de las observaciones y recomendaciones recién publicadas, ya tiene un equipo profesional de alta calificación trabajando y muy familiarizado con la situación de derechos humanos en el país. Pero la instalación del Mecanismo Especial requiere de algunas coordinaciones y articulaciones adicionales para asegurar un funcionamiento acorde con los desafíos que el seguimiento de la situación de Colombia requiere. El Mecanismo Especial será instalado apenas esas articulaciones y coordinaciones se hayan realizado y contará con las mayores cualidades técnicas. (Las nueve prácticas “sistemáticas” de la Policía contra manifestantes en el Paro Nacional entregadas a la CIDH)
¿Por cuánto tiempo estará vigente ese mecanismo de seguimiento?
Yo no hablaría de plazos, el seguimiento de la situación en Colombia y sus complejidades requiere el desarrollo de varios ciclos, por lo pronto hay un diagnóstico que aparece reflejado en las observaciones y recomendaciones recién publicadas. Además, se requiere planificar, articular y coordinar el funcionamiento del mecanismo en el marco del mandato convencional de la Comisión, se requiere la determinación de mecanismos permanentes de evaluación, así como el mantenimiento de vías de diálogo y retroalimentación, principalmente con el Estado y con las diversas actoras y actores de la sociedad colombiana, pero también con la comunidad internacional. Todos esos aspectos deben atenderse con diligencia, prontitud y rigurosidad.
Nicaragua y Venezuela son otros países que cuentan con un mecanismo especial de seguimiento. ¿Cómo ha sido la experiencia en estos Estados, sus avances y dificultades?
Quisiera decirle que no solo esos países que usted menciona tienen mecanismos especiales de seguimiento. En México también se instaló -y se mantiene vigente- un mecanismo especial sobre las 43 personas desaparecidas en Ayotzinapa. Pese a haber varios asuntos pendientes, sobre los cuales la Comisión ha sido muy exigente en alertar, ese mecanismo ha conseguido avances gracias, entre otras, a la colaboración del Estado y a la cercanía estrecha del Mecanismo con las demandas de las familias de las víctimas.
Por otro lado, es difícil comparar con Colombia las situaciones de los mecanismos vigentes en Nicaragua y Venezuela, entre otras cosas, porque en ellos no se cuenta con prácticamente ninguna colaboración de los respectivos Estados. Es un hecho público que el Estado colombiano ha desplegado, en el contexto de un diálogo muy franco, una conducta colaborativa con la CIDH y con el Sistema Americano en general. Ninguna evidencia objetiva indica que ello pudiera ser diferente en el contexto de la instalación y funcionamiento de un mecanismo especial para Colombia. (Reconstruimos las dos denuncias por violencia sexual en el paro nacional)
El Estado dijo que rechaza la instalación de este mecanismo especial. ¿En qué podría afectar este anuncio al mecanismo?
A diferencia de otros instrumentos de la CIDH, los mecanismos especiales de seguimiento no requieren la anuencia de los Estados para su creación, instalación y funcionamiento, pero le quiero agregar algo muy importante que se debe tener en cuenta: los mecanismos especiales no son instancias adversariales sino de diálogo constructivo y colaborativo en pos de soluciones a problemas relevantes en la defensa, protección y observancia de los derechos humanos.
Como le dije antes, no hay evidencia que indique que el Estado de Colombia modificará la conducta de colaboración que ha tenido hasta ahora, como tampoco hay evidencia que indique que los diversos sectores de la sociedad civil colombiana disminuirán su intercambio cotidiano con la Comisión. Por supuesto nada de esto significa acuerdos totales. En el marco de un diálogo permanente, la Comisión confía que las diferencias puedan ser superadas o procesadas constructivamente.
Organizaciones de la sociedad civil solicitaron la conformación de un Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), pero la CIDH no lo incluyó en sus recomendaciones. ¿Por qué?
La CIDH ha tenido en cuenta la información recibida antes, durante y después de la visita por parte del Estado, de las organizaciones de la sociedad civil y a través de los más de 500 testimonios recabados. Sostuvo, además, reuniones con diversas autoridades públicas. Se reunió con víctimas, personas defensoras, colectivos de mujeres, afrodescendientes, indígenas, periodistas, representantes de movimientos sociales, gremios empresariales y agentes de la fuerza pública. Se reunió también con la representante de OACNUDH, de la MAPP OEA y el cuerpo diplomático.
Las recomendaciones formuladas son el fruto de un profundo análisis efectuado de la información recabada por estas diversas vías y la conclusión del pleno de la Comisión es que la fórmula para avanzar en el cumplimiento de la misión convencional de la CIDH, en este momento, es un mecanismo especial de seguimiento.
¿Existe la posibilidad de que más adelante la CIDH recomiende la conformación de un GIEI?
La CIDH mantiene todas sus herramientas y mecanismos a disposición del Estado y la sociedad civil para contribuir en el diseño y la implementación de acciones y medidas que promuevan la defensa y observancia de los derechos humanos en el país desde un permanente y constructivo diálogo.
En respuesta a las recomendaciones de la CIDH, el presidente Duque dijo que “nadie puede recomendarle a un país tolerar la criminalidad”. ¿Qué dice el informe de la CIDH al respecto?
En Colombia es urgente y necesaria la instalación de un diálogo de alcance nacional. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en cumplimiento de las disposiciones convencionales que la rigen, lo continuará promoviendo y mantendrá su llamado a toda la sociedad colombiana, y particularmente a las autoridades del Estado, a hacerlo efectivo.
Cabe recordar que uno de los hallazgos centrales de la visita de trabajo es el clima de polarización existente en el país, alimentado por discursos estigmatizantes, por la violencia y por la persistencia de lógicas bélicas en la interpretación y respuesta a la actual movilización social. Estos elementos propician un acelerado deterioro del debate público y, en este sentido, la Comisión hace un llamado a las autoridades y la sociedad colombiana en su conjunto a dejar a un lado expresiones que pudieran resultar estigmatizantes hacia la protesta social y a desarrollar un diálogo con un enfoque territorial, inclusivo, amplio, diverso y profundo que posibilite alcanzar soluciones a los distintos factores que subyacen a la actual conflictividad social en el país.
Estos diálogos deberían involucrar, al menos, a las y los jóvenes, a las personas indígenas y afrodescendientes, a las mujeres, a las personas LGBTI, a las personas en situación de pobreza, a los representantes sindicales, a las personas mayores, a las personas con discapacidad, a las personas en movilidad humana y a las víctimas de violaciones de derechos humanos.