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                                                                                                                                  La omisión del director de la DIAN que conllevaría sanción disciplinaria

                                                                                                                                  Lisandro Junco no reportó ante Función Pública la sociedad que conformó en Delaware en 2016. Lo hizo apenas el pasado 22 de octubre, después de que su omisión fuera develada en un debate de control político. Expertos aseguran que conllevaría a una sanción disciplinaria.

                                                                                                                                  Alianza El Espectador - CONNECTAS

                                                                                                                                  Lisandro Junco, director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), es uno de los colombianos mencionados en Pandora Papers.
                                                                                                                                  Foto: Sergio López - Julio César Herrera-El Colombiano
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  Estos son los bienes patrimoniales declarados por Lisandro Junco, ante Función Pública, el 4 de septiembre de 2021. No se observa su sociedad Cyber Security Company, constituida en Delaware.
                                                                                                                                  Foto: Función Pública

                                                                                                                                  Se trata de la sociedad Cyber Security System Company Subsidiary Florida EE. UU. L.L.C., constituida el 8 de septiembre de 2016 y que, según el registro público de Delaware emitido en junio de 2021, fue cancelada por “falta de pago de impuestos”, con una deuda de 1.770 dólares. Lisandro Junco lo niega y asegura que dicha empresa fue trasladada a Florida, pero esta alianza no la encontró en el registro público de ese estado. Por el contrario, en los documentos obtenidos por Pandora Papers, investigación liderada a nivel mundial por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ), aparecen varias facturas en las que la firma SFM le cobra a Lisandro Junco Riveira y Cyber Security System Company SU, por servicios en la jurisdicción de Delaware y por la apertura de una cuenta en Chipre y una oficina virtual en Londres.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  El nombre de Cyber Security System Company tampoco aparece en los documentos de la declaración de activos en el exterior presentada por Junco ante la DIAN, publicados por él mismo en su cuenta Twitter, pero él alega que sí está debidamente declarada. Los cuestionamientos, sin embargo, se concentran esta semana en que Junco no la declaró ante el sistema de Función Pública, según reveló la representante Juanita Goebertus en medio del debate de control político del pasado jueves. “Para el periodo 2020, el señor Lisandro Junco, no se evidencia declaración de la empresa Cyber Security System Company”, sostuvo Función Pública en respuesta a un derecho de petición de Goebertus. ¿Qué son los Pandora Papers? ABC de una de las mayores filtraciones de documentos)

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Este es el listado de bienes patrimoniales modificado por Lisandro Junco ante Función Pública el 22 de octubre de 2021. A diferencia de la del 4 de septiembre, ahora sí se declara a Cyber Security Company, constituida en Delaware.
                                                                                                                                  Foto: Función Pública

                                                                                                                                  En entrevista con El Espectador – CONNECTAS, Junco había asegurado que no estaba en la obligación de declarar la sociedad ante Función Pública, pues lo que, según él, debía declarar era el patrimonio a nombre personal y no de la compañía. “Lisandro Junco no es titular, es Cyber Security la titular. ¿Por qué no lo declaro en patrimonio? Porque la cuenta es de Cyber Security, no mía. Si no, yo tendría que declarar las cuentas de las cuales yo soy socio (…) es una sociedad que está inoperativa, o sea no tiene ningún conflicto de interés.”, respondió el director de la DIAN.

                                                                                                                                  No obstante, tres profesionales en derecho disciplinario lo contradicen y aseguran que el director de la DIAN sí tenía que haber declarado su participación en la sociedad en Delaware ante la Función Pública y que, de no hacerlo, habría incurrido en una falta disciplinaria. Un abogado tributarista y profesor de derecho disciplinario asegura que, al momento de la posesión, todo servidor público debe declarar el monto de sus bienes y rentas y actualizar el mismo anualmente. El objetivo de esta declaración es que la administración pública pueda detectar eventuales incrementos injustificados del patrimonio económico de un empleado público. “Es decir, que se trata de un mecanismo tendiente a salvaguardar la moralidad pública e incentivar la probidad de los servidores públicos”, concluyó también un concepto de Función Pública.

                                                                                                                                  Esa obligación es entendida como un deber e incumplirlo constituiría una falta disciplinaria, que daría lugar a una sanción. La profesora Elena Suárez, profesora de la Universidad Externado, explica que era obligación de Junco señalar que era accionista de la sociedad en el exterior. “No hacerlo acarrea, en principio, una investigación disciplinaria, porque también se debe analizar si hubiera falsedad por ocultamiento o falsedad de documento público. La falta disciplinaria consistiría en no haber acreditado los requisitos para la posesión del cargo, lo que generaría una sanción por falta grave o leve, de acuerdo con la graduación, si la omisión fue dolosa o culposa, si fue un error u olvido, y eso se debe demostrar en el juicio disciplinario”, asegura la abogada Suárez.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  La posible sanción disciplinaria variaría, según la gravedad de la falta, y podría ir desde la suspensión en el ejercicio del cargo hasta una inhabilidad. En opinión de Suárez, Junco también debía haber declarado su participación en Cyber Security ante Función Pública, independientemente de si la incluyó en la declaración de renta presentada ante la DIAN, pues son dos obligaciones distintas. Y es la Procuraduría la entidad encargada de investigar esa posible falta. En el mismo sentido, un abogado que trabajó en dicha entidad y fue el encargado de los asuntos disciplinarios le aseguró a esta alianza periodística que, si las acciones en Cyber Security estaban a nombre de Lisandro Junco, no hay duda de que él debía incluirlo en su declaración de bienes y renta como servidor público.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  “Considero, además, que es un agravante el hecho de que él haya modificado su declaración un día después de que en el debate de control político se supo que la había tenía ante Función Pública. La falta disciplinaria existe independientemente de lo que se haya reportado ante la DIAN. Es su deber como funcionario público y más aún cuando se es la cabeza de la DIAN”, concluyó el abogado que pidió reservar su nombre. Al margen de las opiniones expertas, ahora la Procuraduría tendrá que determinar si existen o no motivos para iniciar una investigación disciplinaria. Esta alianza periodística le preguntó a la entidad si ya hay procesos en curso, pero ésta no respondió.

                                                                                                                                  Lisandro Junco, director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), es uno de los colombianos mencionados en Pandora Papers.
                                                                                                                                  Foto: Sergio López - Julio César Herrera-El Colombiano
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!
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                                                                                                                                  Estos son los bienes patrimoniales declarados por Lisandro Junco, ante Función Pública, el 4 de septiembre de 2021. No se observa su sociedad Cyber Security Company, constituida en Delaware.
                                                                                                                                  Foto: Función Pública

                                                                                                                                  Se trata de la sociedad Cyber Security System Company Subsidiary Florida EE. UU. L.L.C., constituida el 8 de septiembre de 2016 y que, según el registro público de Delaware emitido en junio de 2021, fue cancelada por “falta de pago de impuestos”, con una deuda de 1.770 dólares. Lisandro Junco lo niega y asegura que dicha empresa fue trasladada a Florida, pero esta alianza no la encontró en el registro público de ese estado. Por el contrario, en los documentos obtenidos por Pandora Papers, investigación liderada a nivel mundial por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ), aparecen varias facturas en las que la firma SFM le cobra a Lisandro Junco Riveira y Cyber Security System Company SU, por servicios en la jurisdicción de Delaware y por la apertura de una cuenta en Chipre y una oficina virtual en Londres.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  El nombre de Cyber Security System Company tampoco aparece en los documentos de la declaración de activos en el exterior presentada por Junco ante la DIAN, publicados por él mismo en su cuenta Twitter, pero él alega que sí está debidamente declarada. Los cuestionamientos, sin embargo, se concentran esta semana en que Junco no la declaró ante el sistema de Función Pública, según reveló la representante Juanita Goebertus en medio del debate de control político del pasado jueves. “Para el periodo 2020, el señor Lisandro Junco, no se evidencia declaración de la empresa Cyber Security System Company”, sostuvo Función Pública en respuesta a un derecho de petición de Goebertus. ¿Qué son los Pandora Papers? ABC de una de las mayores filtraciones de documentos)

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Este es el listado de bienes patrimoniales modificado por Lisandro Junco ante Función Pública el 22 de octubre de 2021. A diferencia de la del 4 de septiembre, ahora sí se declara a Cyber Security Company, constituida en Delaware.
                                                                                                                                  Foto: Función Pública

                                                                                                                                  En entrevista con El Espectador – CONNECTAS, Junco había asegurado que no estaba en la obligación de declarar la sociedad ante Función Pública, pues lo que, según él, debía declarar era el patrimonio a nombre personal y no de la compañía. “Lisandro Junco no es titular, es Cyber Security la titular. ¿Por qué no lo declaro en patrimonio? Porque la cuenta es de Cyber Security, no mía. Si no, yo tendría que declarar las cuentas de las cuales yo soy socio (…) es una sociedad que está inoperativa, o sea no tiene ningún conflicto de interés.”, respondió el director de la DIAN.

                                                                                                                                  No obstante, tres profesionales en derecho disciplinario lo contradicen y aseguran que el director de la DIAN sí tenía que haber declarado su participación en la sociedad en Delaware ante la Función Pública y que, de no hacerlo, habría incurrido en una falta disciplinaria. Un abogado tributarista y profesor de derecho disciplinario asegura que, al momento de la posesión, todo servidor público debe declarar el monto de sus bienes y rentas y actualizar el mismo anualmente. El objetivo de esta declaración es que la administración pública pueda detectar eventuales incrementos injustificados del patrimonio económico de un empleado público. “Es decir, que se trata de un mecanismo tendiente a salvaguardar la moralidad pública e incentivar la probidad de los servidores públicos”, concluyó también un concepto de Función Pública.

                                                                                                                                  Esa obligación es entendida como un deber e incumplirlo constituiría una falta disciplinaria, que daría lugar a una sanción. La profesora Elena Suárez, profesora de la Universidad Externado, explica que era obligación de Junco señalar que era accionista de la sociedad en el exterior. “No hacerlo acarrea, en principio, una investigación disciplinaria, porque también se debe analizar si hubiera falsedad por ocultamiento o falsedad de documento público. La falta disciplinaria consistiría en no haber acreditado los requisitos para la posesión del cargo, lo que generaría una sanción por falta grave o leve, de acuerdo con la graduación, si la omisión fue dolosa o culposa, si fue un error u olvido, y eso se debe demostrar en el juicio disciplinario”, asegura la abogada Suárez.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  La posible sanción disciplinaria variaría, según la gravedad de la falta, y podría ir desde la suspensión en el ejercicio del cargo hasta una inhabilidad. En opinión de Suárez, Junco también debía haber declarado su participación en Cyber Security ante Función Pública, independientemente de si la incluyó en la declaración de renta presentada ante la DIAN, pues son dos obligaciones distintas. Y es la Procuraduría la entidad encargada de investigar esa posible falta. En el mismo sentido, un abogado que trabajó en dicha entidad y fue el encargado de los asuntos disciplinarios le aseguró a esta alianza periodística que, si las acciones en Cyber Security estaban a nombre de Lisandro Junco, no hay duda de que él debía incluirlo en su declaración de bienes y renta como servidor público.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  “Considero, además, que es un agravante el hecho de que él haya modificado su declaración un día después de que en el debate de control político se supo que la había tenía ante Función Pública. La falta disciplinaria existe independientemente de lo que se haya reportado ante la DIAN. Es su deber como funcionario público y más aún cuando se es la cabeza de la DIAN”, concluyó el abogado que pidió reservar su nombre. Al margen de las opiniones expertas, ahora la Procuraduría tendrá que determinar si existen o no motivos para iniciar una investigación disciplinaria. Esta alianza periodística le preguntó a la entidad si ya hay procesos en curso, pero ésta no respondió.

                                                                                                                                  Por Alianza El Espectador - CONNECTAS

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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