Las verdades de la responsabilidad del Estado en el conflicto armado
La Comisión de la Verdad tendrá siete meses más para entregar su informe. A manera de preámbulo, junto con el Consejo de Estado, aporta un documento de evaluación histórica sobre el conflicto armado y las responsabilidades del Estado por acción y omisión.
“A todas las víctimas. No tenían por qué serlo”. Con esta breve dedicatoria, como lo definió el sacerdote jesuita Francisco de Roux, presidente de la Comisión de la Verdad, acaba de publicarse “un texto que sacude” y que permite concluir que “hay motivos para la esperanza de las víctimas. No prevalecerá la impunidad. Hay futuro para la dignidad humana en la paz de Colombia”. Se trata del esfuerzo de compilación “Verdades en convergencia”, un encuentro entre el Consejo de Estado y la Comisión de la Verdad en busca de comprender cómo avanzar hacia una reparación integral en el contexto del conflicto armado colombiano.
(Lea más temas de Investigación aquí)
En diciembre de 2019, la Comisión de la Verdad solicitó a la Sección Tercera del Consejo de Estado su registro de jurisprudencia en materia de violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario. Un equipo de relatores comenzó a seleccionar, clasificar y elaborar fichas técnicas de interés para corresponder a la misión, y de esa iniciativa surgió el encuentro de las dos entidades que ahora deja trascendentales hallazgos sobre responsabilidad administrativa de las instituciones estatales, importantes reflexiones sobre el derecho a la verdad y cómo hacerlo exigible, y el compendio jurisprudencial de graves hechos que la memoria colombiana se niega a olvidar.
Sin embargo, antes de ahondar en esos sucesos que dejaron heridas abiertas, el trabajo plantea un recorrido histórico sorprendente, con una primera evidencia: “Colombia nació y creció como República dando la espalda a la responsabilidad estatal”. En otras palabras, hasta 1896 comenzó a hablarse de este concepto, con una sentencia emblemática que juzgó el caso de la muerte de una persona por unos agentes de Policía. En 1964, la jurisdicción contenciosa administrativa asumió la competencia definitiva para asumir los procesos de responsabilidad del Estado, y también marcó historia una sentencia que de alguna manera resumió lo que había sucedido durante la violencia bipartidista.
El caso de una misión evangélica que se estableció en 1943 en las poblaciones de Yopal y El Morro, en el departamento de Casanare, que tuvo que abandonar sus propiedades, al ser ocupadas y destruidas por el Ejército en plena violencia política liberal-conservadora, extendida hacia los Llanos Orientales. Tiempo después, en paralelo con el desarrollo del conflicto armado, se dieron avances importantes antes de que la Carta Política de 1991 le diera rango constitucional a la responsabilidad estatal. Desde entonces, se advierten grandes avances en el reconocimiento de las fallas en el servicio en el contexto de la guerra librada en Colombia en las últimas décadas.
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Casos como el del holocausto del Palacio de Justicia en noviembre de 1985, o el de La Rochela (Santander), con la masacre de una comisión judicial en enero de 1989, con responsabilidades del Estado por acción y omisión. En tiempos más recientes, el reconocimiento de responsabilidad por los daños a los habitantes de Miraflores (Guaviare), donde, en el plazo de una década, la Policía fue atacada 24 veces por las Farc. O lo sucedido en la inspección de Puerto Alvira (Meta), donde se probó que el Ejército sabía del riesgo que corrían los habitantes y no hizo nada por auxiliar a una veintena de personas que fueron torturadas por paramilitares antes de ser desmembrados sus cuerpos.
En aspectos particulares, como daño especial o riesgo excepcional, el trabajo del Consejo de Estado y la Comisión de la Verdad, sin proponérselo recorre la accidentada historia de la violencia y la arbitrariedad en Colombia de los últimos tiempos. Desde la suspensión del diario El Siglo por la equivocada aplicación de un decreto después de la intentona golpista al presidente Alfonso López, en Pasto, en 1944, o la responsabilidad del Estado por la destrucción de una vivienda cuando murió atrincherado el célebre bandolero Efraín González, en junio de 1965, hasta los interminables casos asociados a nombres de pueblos, empresas y personas que se volvieron víctimas.
El desolador capítulo de las ejecuciones extrajudiciales en Colombia, gravísimo fenómeno de violación de los derechos humanos, donde se probó el desprecio por la dignidad y las manifestaciones de degradación máxima del conflicto armado por parte de “agentes estatales que estaban obligados a respetar y proteger a la población civil”. Con un sinnúmero de casos, desde Apartadó (Antioquia) o Chiriguaná (Cesar), hasta Tello (Huila), Cajibío (Cauca) o Nunchía (Casanare), en los que el común denominador fue simular, enfrentamientos armados y ocultar crímenes de guerra. El apartado de horror que, según el estudio, ha sido mal llamado como los falsos positivos.
En síntesis, se trata de un aporte fundamental del Consejo de Estado y la Comisión de la Verdad que ofrece una visión pormenorizada sobre cómo se han protegido los derechos humanos, a partir de la toma de conciencia de los jueces como primeros protectores de las garantías fundamentales. Lo resalta uno de los coautores de la obra, el abogado Camilo Umaña, hijo del emblemático defensor de derechos humanos Eduardo Umaña Mendoza, cuando sostiene que se trata de una investigación para ampliar a los jueces su perspectiva de protección, con los contextos y las visiones adecuadas después de consultar múltiples archivos y casi 40 años de sentencias.
Lo que ha dicho el Consejo de Estado respecto a la desaparición forzada, el desplazamiento, la violencia sexual, las torturas o el exilio, con información precisa respecto a oscuras circunstancias como las maniobras para ocultar la verdad, los casos de intimidación y amenazas, el silenciamiento o sencillamente la desidia o la falta de colaboración de las autoridades para llegar a la verdad. Un inventario de situaciones críticas con patrones coincidentes y casos de indefensión y vulnerabilidad social inocultables, que demuestran la gravedad de las violaciones a los derechos humanos, pero también el esfuerzo judicial por contribuir al esclarecimiento de la verdad.
De entrada, hay conclusiones espinosas. Como reconocer que en Antioquia y Bogotá se concentra el mayor número de víctimas de desaparición forzada, y que muchas de esas ejecuciones extrajudiciales han sido parte de una estrategia de exterminio social, coloquialmente conocida como “limpieza social”, vinculada con actividades criminales no ajenas a la responsabilidad de la Policía. Respecto al desplazamiento, el solo reconocimiento de ocho millones de víctimas demuestra omisiones del Estado frente a un delito, habitualmente en conexión con otras violaciones de derechos humanos como las amenazas, los atentados, los enfrentamientos armados o las detenciones ilegales.
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En lo que tiene que ver con violencia sexual en el marco del conflicto armado interno, la primera evidencia es la baja demanda de justicia administrativa, en parte debido a la ausencia de mecanismos apropiados que protejan a las víctimas. Una invisibilización que ha contribuido a minimizar el hecho en el que las mujeres han sido las principales víctimas. Sin embargo, en la medida en que se identifica como crimen de lesa humanidad y acto de tortura, se ha avanzado hacia un enfoque diferencial de género para reconocer la discriminación y vulnerabilidad de las víctimas, con patrones históricos de cultura patriarcal que se reproducen y refuerzan con la guerra.
“Verdades en convergencia” admite que es de tal gravedad y extensión en el tiempo la incidencia del conflicto armado interno, que ha producido millones de víctimas, y por eso se necesitan reparaciones colectivas de carácter ético, político y jurídico “que sean capaces de enfrentar las causas y consecuencias de la victimización”. Es decir, se requieren verdades amplias producto de la investigación y el análisis de las condiciones estructurales que han producido las violaciones a los derechos humanos. Justamente, parte de lo que se aguarda de la Comisión de la Verdad. Por lo pronto, este trabajo conjunto, con quienes se encargan de evaluar a diario la responsabilidad del Estado, constituye una materia prima vital para su informe definitivo.
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Desde el Consejo de Estado, el trabajo fue coordinado por el magistrado Ramiro Pazos Guerrero, con apoyo de Rubén Darío Revelo, Marcela Cifuentes Santander y Karina Margarita García. Desde la Comisión de la Verdad lo hicieron el comisionado Carlos Martínez Beristaín, el abogado Camilo Umaña Hernández y Natalia Zuluaga Acevedo. En diálogo con el derecho internacional, además de aporte para construir verdad y memoria, se envía un mensaje inequívoco, reafirmado por la presidenta del Consejo de Estado, Marta Nubia Velásquez: el Estado no puede repetir conductas que generan responsabilidad si quiere superar el conflicto y construir un Estado democrático.
Para alcanzar los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, todavía hay mucho por hacer y desarrollar en materia de reparación integral a las víctimas. Ese es el principal aporte de la articulación necesaria entre la justicia transicional y la justicia administrativa. “Verdades en convergencia” es una invitación a responder los interrogantes del padre Francisco de Roux cuando pregunta: ¿quién responde en Colombia? Con una memoria de horror, desarraigo e injusticia que no solo necesita explicaciones, sino reflexiones históricas sobre lo que significa la responsabilidad de Estado de cara a las verdades que necesita para volver a empezar.
“A todas las víctimas. No tenían por qué serlo”. Con esta breve dedicatoria, como lo definió el sacerdote jesuita Francisco de Roux, presidente de la Comisión de la Verdad, acaba de publicarse “un texto que sacude” y que permite concluir que “hay motivos para la esperanza de las víctimas. No prevalecerá la impunidad. Hay futuro para la dignidad humana en la paz de Colombia”. Se trata del esfuerzo de compilación “Verdades en convergencia”, un encuentro entre el Consejo de Estado y la Comisión de la Verdad en busca de comprender cómo avanzar hacia una reparación integral en el contexto del conflicto armado colombiano.
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En diciembre de 2019, la Comisión de la Verdad solicitó a la Sección Tercera del Consejo de Estado su registro de jurisprudencia en materia de violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario. Un equipo de relatores comenzó a seleccionar, clasificar y elaborar fichas técnicas de interés para corresponder a la misión, y de esa iniciativa surgió el encuentro de las dos entidades que ahora deja trascendentales hallazgos sobre responsabilidad administrativa de las instituciones estatales, importantes reflexiones sobre el derecho a la verdad y cómo hacerlo exigible, y el compendio jurisprudencial de graves hechos que la memoria colombiana se niega a olvidar.
Sin embargo, antes de ahondar en esos sucesos que dejaron heridas abiertas, el trabajo plantea un recorrido histórico sorprendente, con una primera evidencia: “Colombia nació y creció como República dando la espalda a la responsabilidad estatal”. En otras palabras, hasta 1896 comenzó a hablarse de este concepto, con una sentencia emblemática que juzgó el caso de la muerte de una persona por unos agentes de Policía. En 1964, la jurisdicción contenciosa administrativa asumió la competencia definitiva para asumir los procesos de responsabilidad del Estado, y también marcó historia una sentencia que de alguna manera resumió lo que había sucedido durante la violencia bipartidista.
El caso de una misión evangélica que se estableció en 1943 en las poblaciones de Yopal y El Morro, en el departamento de Casanare, que tuvo que abandonar sus propiedades, al ser ocupadas y destruidas por el Ejército en plena violencia política liberal-conservadora, extendida hacia los Llanos Orientales. Tiempo después, en paralelo con el desarrollo del conflicto armado, se dieron avances importantes antes de que la Carta Política de 1991 le diera rango constitucional a la responsabilidad estatal. Desde entonces, se advierten grandes avances en el reconocimiento de las fallas en el servicio en el contexto de la guerra librada en Colombia en las últimas décadas.
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Casos como el del holocausto del Palacio de Justicia en noviembre de 1985, o el de La Rochela (Santander), con la masacre de una comisión judicial en enero de 1989, con responsabilidades del Estado por acción y omisión. En tiempos más recientes, el reconocimiento de responsabilidad por los daños a los habitantes de Miraflores (Guaviare), donde, en el plazo de una década, la Policía fue atacada 24 veces por las Farc. O lo sucedido en la inspección de Puerto Alvira (Meta), donde se probó que el Ejército sabía del riesgo que corrían los habitantes y no hizo nada por auxiliar a una veintena de personas que fueron torturadas por paramilitares antes de ser desmembrados sus cuerpos.
En aspectos particulares, como daño especial o riesgo excepcional, el trabajo del Consejo de Estado y la Comisión de la Verdad, sin proponérselo recorre la accidentada historia de la violencia y la arbitrariedad en Colombia de los últimos tiempos. Desde la suspensión del diario El Siglo por la equivocada aplicación de un decreto después de la intentona golpista al presidente Alfonso López, en Pasto, en 1944, o la responsabilidad del Estado por la destrucción de una vivienda cuando murió atrincherado el célebre bandolero Efraín González, en junio de 1965, hasta los interminables casos asociados a nombres de pueblos, empresas y personas que se volvieron víctimas.
El desolador capítulo de las ejecuciones extrajudiciales en Colombia, gravísimo fenómeno de violación de los derechos humanos, donde se probó el desprecio por la dignidad y las manifestaciones de degradación máxima del conflicto armado por parte de “agentes estatales que estaban obligados a respetar y proteger a la población civil”. Con un sinnúmero de casos, desde Apartadó (Antioquia) o Chiriguaná (Cesar), hasta Tello (Huila), Cajibío (Cauca) o Nunchía (Casanare), en los que el común denominador fue simular, enfrentamientos armados y ocultar crímenes de guerra. El apartado de horror que, según el estudio, ha sido mal llamado como los falsos positivos.
En síntesis, se trata de un aporte fundamental del Consejo de Estado y la Comisión de la Verdad que ofrece una visión pormenorizada sobre cómo se han protegido los derechos humanos, a partir de la toma de conciencia de los jueces como primeros protectores de las garantías fundamentales. Lo resalta uno de los coautores de la obra, el abogado Camilo Umaña, hijo del emblemático defensor de derechos humanos Eduardo Umaña Mendoza, cuando sostiene que se trata de una investigación para ampliar a los jueces su perspectiva de protección, con los contextos y las visiones adecuadas después de consultar múltiples archivos y casi 40 años de sentencias.
Lo que ha dicho el Consejo de Estado respecto a la desaparición forzada, el desplazamiento, la violencia sexual, las torturas o el exilio, con información precisa respecto a oscuras circunstancias como las maniobras para ocultar la verdad, los casos de intimidación y amenazas, el silenciamiento o sencillamente la desidia o la falta de colaboración de las autoridades para llegar a la verdad. Un inventario de situaciones críticas con patrones coincidentes y casos de indefensión y vulnerabilidad social inocultables, que demuestran la gravedad de las violaciones a los derechos humanos, pero también el esfuerzo judicial por contribuir al esclarecimiento de la verdad.
De entrada, hay conclusiones espinosas. Como reconocer que en Antioquia y Bogotá se concentra el mayor número de víctimas de desaparición forzada, y que muchas de esas ejecuciones extrajudiciales han sido parte de una estrategia de exterminio social, coloquialmente conocida como “limpieza social”, vinculada con actividades criminales no ajenas a la responsabilidad de la Policía. Respecto al desplazamiento, el solo reconocimiento de ocho millones de víctimas demuestra omisiones del Estado frente a un delito, habitualmente en conexión con otras violaciones de derechos humanos como las amenazas, los atentados, los enfrentamientos armados o las detenciones ilegales.
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En lo que tiene que ver con violencia sexual en el marco del conflicto armado interno, la primera evidencia es la baja demanda de justicia administrativa, en parte debido a la ausencia de mecanismos apropiados que protejan a las víctimas. Una invisibilización que ha contribuido a minimizar el hecho en el que las mujeres han sido las principales víctimas. Sin embargo, en la medida en que se identifica como crimen de lesa humanidad y acto de tortura, se ha avanzado hacia un enfoque diferencial de género para reconocer la discriminación y vulnerabilidad de las víctimas, con patrones históricos de cultura patriarcal que se reproducen y refuerzan con la guerra.
“Verdades en convergencia” admite que es de tal gravedad y extensión en el tiempo la incidencia del conflicto armado interno, que ha producido millones de víctimas, y por eso se necesitan reparaciones colectivas de carácter ético, político y jurídico “que sean capaces de enfrentar las causas y consecuencias de la victimización”. Es decir, se requieren verdades amplias producto de la investigación y el análisis de las condiciones estructurales que han producido las violaciones a los derechos humanos. Justamente, parte de lo que se aguarda de la Comisión de la Verdad. Por lo pronto, este trabajo conjunto, con quienes se encargan de evaluar a diario la responsabilidad del Estado, constituye una materia prima vital para su informe definitivo.
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Desde el Consejo de Estado, el trabajo fue coordinado por el magistrado Ramiro Pazos Guerrero, con apoyo de Rubén Darío Revelo, Marcela Cifuentes Santander y Karina Margarita García. Desde la Comisión de la Verdad lo hicieron el comisionado Carlos Martínez Beristaín, el abogado Camilo Umaña Hernández y Natalia Zuluaga Acevedo. En diálogo con el derecho internacional, además de aporte para construir verdad y memoria, se envía un mensaje inequívoco, reafirmado por la presidenta del Consejo de Estado, Marta Nubia Velásquez: el Estado no puede repetir conductas que generan responsabilidad si quiere superar el conflicto y construir un Estado democrático.
Para alcanzar los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, todavía hay mucho por hacer y desarrollar en materia de reparación integral a las víctimas. Ese es el principal aporte de la articulación necesaria entre la justicia transicional y la justicia administrativa. “Verdades en convergencia” es una invitación a responder los interrogantes del padre Francisco de Roux cuando pregunta: ¿quién responde en Colombia? Con una memoria de horror, desarraigo e injusticia que no solo necesita explicaciones, sino reflexiones históricas sobre lo que significa la responsabilidad de Estado de cara a las verdades que necesita para volver a empezar.