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9-S: Caso de policía investigado por dos muertes en Verbenal no irá a justicia militar

La audiencia de imputación contra el policía Jhon Antonio Gutiérrez se suspendió el pasado 18 de enero, porque su defensa explicó que el caso de presunta violencia policial, en el marco del 9-S, debía quedar en manos de la Justicia Penal Militar. Tras estudiar el caso, un juez de garantías decidió que toda la actuación se llevará a cabo en la justicia ordinaria.

21 de enero de 2021 - 03:50 p. m.
Audiencia de imputación contra Jhon Antonio Gutiérrez, por el presunto homicidio de dos jóvenes en la noche de protestas producto de la muerte del abogado Javier Ordóñez
Audiencia de imputación contra Jhon Antonio Gutiérrez, por el presunto homicidio de dos jóvenes en la noche de protestas producto de la muerte del abogado Javier Ordóñez
Foto: Fiscalía
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“La defensa no cumplió con la carga argumentativa”. Esa fue la razón por la cual un juez de garantías concluyó que el expediente del patrullero Jhon Antonio Gutiérrez, procesado por la muerte de dos personas en la noche de protestas del 9-S (como ha sido denominado lo ocurrido la noche del 9 de septiembre de 2020 en Bogotá) será tramitada en el marco de la justicia ordinaria y no irá a la justicia penal militar, como lo había pedido el defensor del uniformado.

Tras tomar la decisión, la Fiscalía imputó al agente Gutiérrez por el homicidio de Jaider Alexander Fonseca, de 17 años, y Andrés Felipe Rodríguez, de 23 años, en inmediaciones del CAI Verbenal, el pasado 9 de septiembre en Bogotá. Luego de que en la madrugada de ese día se conociera de la muerte del abogado Javier Ordóñez a manos de policías del CAI de Villa Luz, en el occidente de la capital, creció el descontento ciudadano, cientos de personas salieron a las calles a protestar y la Policía respondió de manera violenta, causando la muerte de 13 personas. El procesado no aceptó cargos.

De acuerdo con el juez, quien suspendió la audiencia el pasado 18 de enero, la cuestión de si las muertes de Fonseca y Rodríguez eran o no un asunto de la justicia militar debía estudiarse con tiempo para garantizar los derechos del uniformado. “Se suspendió en aras de no tomar una decisión arbitraria”, explicó. Luego de eso, se estableció que no podría surtirse el conflicto de competencias, en primer lugar porque la defensa de Gutiérrez no aportó las pruebas suficientes, y, en segundo lugar, porque ningún juez del órgano que adelanta procesos contra la fuerza pública solicitó que el expediente quedara en esa jurisdicción.

En contexto: Voces de Verbenal: la tragedia del 9S.

“El despacho considera que no cumplió con la carga demostrativa, no aportó ni un solo elemento material probatorio que permita establecer el comportamiento del uniformado con el servicio. Como la defensa se limitó a postular esa calidad de sujeto activo, debe señalarse que lo único que se pudo establecer es una simple relación temporal y espacial del uniformado con estos hechos, lo cual resulta insuficiente para poder entrar a determinar esa impugnación de competencia propuesta. De manera que el despacho rechazará de plano tal solicitud”, concluyó el juez.

Luego de eso, el juez permitió que la Fiscalía cumpliera con el trámite que estaba previsto en principio y, de tal forma, el ente investigador imputó por el delito de homicidio al patrullero Jhon Antonio Gutiérrez. Durante la lectura de los hechos, la fiscal del caso explicó que Jaider Alexander Fonseca, de 17 años, salió de su casa en el barrio Verbenal, al norte de Bogotá, para montar en bicicleta y ahí habría participado de las manifestaciones. Por su parte, Andrés Felipe Rodríguez, otra de las victimas mortales, no logró entrar a un alimentador de una estación de Transmilenio y ahí salió al barrio Verbenal, donde acompañó el cacerolazo.

“Los policías de la zona reaccionaron a los disturbios disparando contra los manifestantes, estas pruebas se consiguieron con los veedores, llamadas a la línea 123 y testigos de los locales aledaños. Al lugar llegó en una patrulla el patrullero Jhon Antonio Gutiérrez, adscrito al CAI Toberín, cuando la manifestación se encontraba en su auge”, agregó la fiscal. De acuerdo con la investigación, ambas víctimas habrían intentado protegerse de los disparos, pero fueron impactados por balas que, luego, se demostró, venían de miembros de la fuerza púbica.

¿Y cómo llegó la Fiscalía a esa conclusión? Así lo explicó la funcionaria: “Se realizó incautación de las armas de los policías. Se realizó confrontación balística en los proyectiles incrustados en el cuerpo de los ciudadanos y se obtuvo que eran las mismas características individuales. El proyectil fue disparado de esa pistola y con eso se obtiene que usted, Jhon Antonio Gutiérrez, disparó su arma de fuego contra la ciudadanía, lo cual conllevo al fallecimiento de ambos ciudadanos”. Además, el ente investigador argumentó que la respuesta policial fue en contravía de los manuales de contención de protestas en Colombia.

La primera audiencia contra el uniformado

Jhon Antonio Gutiérrez no fue el único procesado por los hechos del 9-S ha pedido que su caso caiga en manos de la Justicia Penal Militar. El pasado 18 de enero, día en el que fueron citados tres policías involucrados en al menos cuatro casos de abuso policial, la defensa del uniformado Andrés Díaz Mercado también planteó ante el juez un conflicto de competencias, situación que será resuelta el próximo 28 de enero a las 9:00 a.m. Por su parte, la defensa de Jorge Andrés Lasso, investigado por la muerte de Angie Baquero en el CAI Aures, atendió la audiencia de imputación sin presentar recurso alguno.

Lea también: Así avanza la investigación contra policías tras disturbios del “9S”.

La Fiscalía y Procuraduría, en el caso de Gutiérrez, se opusieron en su momento al conflicto de competencias planteado, ya que este hecho no tendría relación con el servicio del policía. “Se desbordó la acción policial en este caso concreto. Existen otros mecanismos para contener este tipo de acciones y que no fueron usadas por la fuerza pública”, puntualizó el Ministerio Público. Así mismo, la abogada de víctimas, Alejandra Garzón, señaló que la petición de la defensa solo tiene como fin entorpecer el proceso.

“Diversos pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) han dejado claro que las violaciones de derechos humanos, como las ejecuciones extrajudiciales deben ser competencia de la justicia ordinaria y no la militar. La Justicia penal es una vía excepcional. La justicia colombiana no puede pasar por alto la acción del uniformado Gutiérrez en vía pública. Él tenía el deber, por el contrario, de defender los derechos de la población (...) existió clara conciencia del patrullero de accionar su arma”, señaló la representante de las víctimas.

El expediente contra el patrullero Gutiérrez

Jaider Alexander Fonseca Castillo, de 17 años, fue una de las 13 personas que murieron producto de la respuesta policial ante la jornada de protestas del 9-S. Padre de un bebé de entonces siete meses, Fonseca perdió la vida luego de que cuatro disparos con arma de fuego atravesaran su cuerpo. Su pareja sentimental, Maira Páez, aseguró que se enteró de lo sucedido a través de un video en Facebook, cuando el adolescente intentó cubrirse de la ráfaga con una puerta metálica en cercanías del CAI Verbenal, al norte de Bogotá.

En contexto: Jaider Fonseca, una víctima más del “9S”.

Luego de que la transmisión finalizara, la pareja de Fonseca recibió una llamada en la que le avisaron que el joven estaba en la Clínica Cardioinfantil. “Me dicen que necesitan sus datos para abrirle la historia clínica. Él llegó con signos vitales muy débiles. Hicieron labores de reanimación y transfusión de sangre, pero una de las balas fue mortal”, explicó en diálogo con El Espectador. La presunta víctima había trabajado como domiciliario en un asadero, pero a mitad de 2020 se quedó sin empleo.

De acuerdo con la Fiscalía, John Antonio Gutiérrez también sería responsable de la muerte de Andrés Felipe Rodríguez, un joven de 23 años que había llegado a Bogotá, de Buenavista (Córdoba), con el objetivo de conseguir trabajo. De hecho, durante sus últimos meses se desempeñó como lavador de carros en la localidad de Chapinero, lugar desde donde salió a las 6 p.m. el pasado 9 de septiembre. De acuerdo con su hermano, Eduardo Rodríguez, la presunta víctima no participó de las protestas en el CAI Verbenal, simplemente “se encontraba en el lugar equivocado”, pues un disparo de una presunta arma oficial le perforó el pecho a eso de las 10 p.m.

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Olegario(51538)21 de enero de 2021 - 06:46 p. m.
Lo "curioso" es que estos criminales con uniforme siempre piden que su caso sea adelantado en la "justicia" penal militar. ¿Será por lo eficiente y ecuánime o por aquello de la solidaridad de cuerpo?
Tayrona(31467)21 de enero de 2021 - 05:14 p. m.
Así nos sirven y protegen los representantes de la ley: plomo es lo que hay, como dijo aquél sujeto uribestia en una manifestación. Asesinos vestidos de verde esperanza.
HF(32718)21 de enero de 2021 - 05:04 p. m.
Cuando los cuerpos armados estatales enfilan sus armas contra los ciudadanos, la misión encomendada a estos por la sociedad, queda en entredicho. Aprovechando las medidas tomadas por la pandemia, los exabruptos y abusos por parte de la policía, son el pan cotidiano. ¿qué propone el gobierno y el nuevo director frente a ello?
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