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La Procuraduría formuló pliego de cargos a María Isabel Urrutia, exministra del Deporte, por supuestas irregularidades en la firma de 95 contratos de prestación de servicios, con los que habría asegurado que varias personas se mantuvieran empleadas con el Ministerio hasta el 31 de diciembre de 2023. Esto ocurrió días después de que el presidente Gustavo Petro le solicitó su renuncia.
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El Ministerio Público reprochó que la exministra del Deporte cancelara los contratos aduciendo motivos personales de los contratistas y 24, 48 o 72 horas después, firmara nuevos contratos con las mismas personas e idénticos objetos contractuales, solo ampliando el plazo de ejecución hasta finalizar el año.
Con sus acciones, según la Procuraduría, Urrutia, pasó por alto el cumplimiento de los objetivos propios del Ministerio del que fungía como titular y las funciones que eran propias de la entidad, y prefirió beneficiar a terceros. Su conducta fue calificada como gravísima cometida a título de dolo.
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Pero no solo la Procuraduría la investiga por su presunta responsabilidad en la firma de esos contratos. En días pasados la Fiscalía la imputó por estos mimos hechos. Según el ente investigador, la noche del 28 de febrero Urrutia fue notificada sobre su salida de la cartera del Deporte por el presidente Petro. Tal parece que después del anuncio, firmó una serie de contratos en tiempo récord, los cuales sumarían alrededor de $21.000 millones.
Este llamado a juicio su suma al expediente que le abrió la Procuraduría a la exministra el pasado lunes por por su presunta participación en la actividad contractual de un convenio interadministrativo. De acuerdo con la Sala Disciplinaria de Instrucción, “la funcionaria pasó por alto la advertencia que le hizo el grupo de contratación de la entidad sobre la existencia de más oferentes y la posibilidad de gestionar un proceso más plural, y utilizó la contratación directa para vincular a la Alianza Pública para el Desarrollo (Aldesarrollo). Con su aparente actuación, Urrutia Ocoró habría desconocido los principios de moralidad, transparencia y responsabilidad de la contratación estatal, así como el deber de selección objetiva, por lo que podría estar incursa en la comisión de una falta de tipo disciplinario”.
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