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Aún se desconocen los nuevos límites y niveles de participación que fijó la Corte Constitucional, la semana pasada, para las comunidades indígenas que forman parte de la Línea Negra en la Sierra Nevada de Santa Marta. Mientras tanto, en el Consejo de Estado se mueve otro proceso que vincula a los mismos pueblos. Se trata de una demanda al Decreto 1500 de 2018, que básicamente pide tumbar la norma porque no se tuvo en cuenta la opinión de los indígenas ni se llevó a cabo una consulta previa para indagar si estaban o no de acuerdo con la delimitación. El documento, que está en el alto tribunal hace más de dos años, empieza a moverse para una decisión final.
Aunque la Línea Negra estaba vigente para las comunidades indígenas desde hace 49 años, la delimitación formal por parte del Gobierno llegó en el mandato de Juan Manuel Santos, a un día de que saliera de la Casa de Nariño. El decreto redefinió el territorio ancestral de los pueblos kogui, wiwa, arhuaco y kankuamo aumentando de 54 a 348 el número de lugares sagrados. El terreno en el que se delimita la Línea Negra abarca tres departamentos: La Guajira, Magdalena y Cesar. No obstante, la demanda asegura que la delimitación no tuvo en cuenta la postura de estos pueblos y, además, que se habría llegado hasta espacio de los wayuus y otras comunidades.
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Para el abogado demandante, Yéfferson Dueñas, el decreto debe ser nulo por “falsa motivación”, ya que se expidió con estudios e insumos cartográficos que no existían. El decreto del expresidente Santos, a su juicio, tuvo como base un “documento madre” inexistente del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), que generó tres implicaciones “graves”. La primera, que sin la cartografía no se podía determinar dónde estaban los sitios sagrados ni saber dónde empieza y dónde termina la Línea Negra. La segunda, que el decreto se queda corto por la falta de esa evidencia. La tercera, que no hay un documento que plasme los sitios sagrados.
“El Decreto 1500 de 2018 fue expedido y publicado sin ningún documento contentivo de la cartografía oficial adoptada por el IGAC en materia de Línea Negra. A pesar de que el acto administrativo mismo dispone que la cartografía es anexo y parte integral suya, su publicación en el ‘Diario Oficial’ del 6 de agosto de 2018 no la incluyó. Ni siquiera se remitió a alguna fuente real, conocida y accesible, que contuviera el insumo cartográfico. La razón no es otra que la inexistencia de este, pese a que era uno de los motivos determinantes del Decreto”, explicó el abogado en la demanda de 104 páginas.
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Para Dueñas, el instrumento cartográfico es tan importante como la consulta previa, puesto que es el que redefine el territorio ancestral que corresponde a la unión de cuatro puntos estratégicos en la Sierra Nevada de Santa Marta que le dan vida a la Línea Negra. No obstante, sin esa hoja de ruta, habría serias repercusiones en ordenamiento territorial, competencias de las autoridades ambientales y explotación de recursos. Precisamente, por este último fue que la Corte Constitucional, una semana atrás, le puso límites a la participación efectiva de las comunidades frente a situaciones que afecten su territorio ancestral por la llegada de proyectos mineros.
Aunque la Corte Constitucional ya estableció una serie de directrices que aún son desconocidas, el Consejo de Estado también puede sentar una posición respecto de la Línea Negra. Si bien el expediente de Dueñas está aún en estudio por el despacho del magistrado Roberto Serrato, este se ha movido con una serie de conceptos que apoyan la nulidad del decreto. Por ejemplo, el consejero tiene en sus manos los argumentos de la Asociación Colombiana de Mineros (ACM), la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), la Asociación Colombiana de Petróleo (ACP), la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), entre otros.
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Para la Asociación Colombiana de Mineros, el decreto es “incongruente y contradictorio”. Según su concepto, aunque la norma es clara en que se deben redefinir los espacios sagrados de la Línea Negra, en un artículo de la norma establece que son los mismos pueblos indígenas los que tienen la potestad de delimitar sus espacios. Camacol, por su parte, dijo que la consulta previa es necesaria para realizar cualquier proyecto de construcción que se ubique dentro del territorio ancestral de los cuatro pueblos indígenas. No obstante, la falta del informe cartográfico genera, a su juicio, inseguridad jurídica por la falta de certeza en la ubicación de los sitios sagrados.
La Asociación Colombiana de Petróleo fue más allá de la vulneración que se genera a los pueblos indígenas. Habló especialmente de la afectación a la industria de hidrocarburos en La Guajira, Magdalena y Cesar. A su juicio, el decreto deja a su paso consecuencias económicas en materia de inversión, seguridad jurídica y desarrollo social y económico del país. Para la Asociación, la falta del informe cartográfico pone un freno para que se adelanten proyectos. “Este tipo de dificultades implicarían interpretaciones ambiguas que fomentarían conflictos socioambientales sobre el uso del suelo en los territorios que se pretenden incluir en la Línea Negra”, dice el texto.
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La ANDI, en cabeza de Bruce Mac Master, se sumó a la postura del abogado Dueñas y le reprochó al Gobierno la falta de delimitación cartográfica. En su concepto de cinco páginas, explicó que mientras no exista la georreferenciación de los lugares sagrados, “habrá incertidumbre total e innumerables discusiones” sobre el uso del suelo en esos espacios. Asimismo, deriva una afectación a los derechos de las comunidades y autoridades locales que también deben estar inmersas en decisiones que se tomen en esos territorios.
A los argumentos de las entidades que apoyan la demanda se suma una acción de tutela, que en su momento presentaron las comunidades de la zona, aduciendo que no hubo consulta previa. Aunque el recurso fue negado, es parte del expediente que estudia el magistrado Serrato y le servirá para sentar una posición. Además de este caso, el consejero tiene en su despacho una acción popular que vincula la denominada “ventanilla minera” y, en el pasado, ha sentado jurisprudencia de protección ambiental, como el histórico fallo de 2020, que ordenó medidas concretas para proteger la Bahía de Cartagena. La decisión final de la Línea Negra, que sea cual sea levantará ampolla y sentará precedentes para los pueblos étnicos, llegaría en las próximas semanas.