Aborto: El cambio legal más importante para las mujeres en los últimos 50 años
La politóloga y secretaria técnica del movimiento Causa Justa, Juliana Martínez Londoño, a través de una columna explica lo que fue la despenalización del aborto hasta la semana 24. Se cumple un año del fallo emitido por la Corte Constitucional.
Juliana Martínez Londoño*
Hace un año, el 21 de febrero de 2022, la Corte Constitucional en un fallo histórico, producto de la demanda interpuesta por el movimiento Causa Justa, debilitó enormemente el delito de aborto y concedió más libertad a las mujeres. El alto tribunal decidió eliminar este delito hasta la semana 24 de gestación, de manera que mujeres, hombres trans y personas no binarias pueden interrumpir su embarazo, de acuerdo con sus propias razones y su conciencia; después de este plazo, siguen aplicándose las causales despenalizadas desde el 2006, con sus respectivos requisitos.
Lea aquí: Celebramos un año de mayor autonomía para las mujeres
Para llegar a esta decisión, la Corte debatió sobre las transformaciones que ha tenido nuestra constitución y cómo un mayor reconocimiento de los derechos de las mujeres, por ejemplo, a vivir una vida libre de violencias, a partir de la Ley 1257 de 2008, también debe reflejarse en su derecho a interrumpir el embarazo.
Este es el cambio legal más importante que hemos vivido las mujeres colombianas en los últimos 50 años, y en la historia del feminismo colombiano se une a hitos anteriores de reconocimiento de la ciudadanía de las mujeres, como el derecho al voto (1954) y el derecho a la educación superior (1934). Cambios en favor de nuestra libertad y autonomía, que aportaron a la eliminación de normas discriminatorias en razón del género; así como de configurar una sociedad más democrática e incluyente. Valga decir que, con Causa Justa, la defensa de la libertad reproductiva de las mujeres logró, como nunca antes, aglutinar los movimientos de mujeres y feminista colombianos, propósito al que se sumaron también organizaciones de derechos humanos, entre otras.
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Causa Justa propuso una estrategia con incidencia en distintos ámbitos, en la que lo jurídico era una parte, pero no la única. Esto es importante porque permite entender que, al tiempo que el movimiento tenía puestos sus ojos en la Corte, también se ocupaba de mantener activa la conversación pública con distintas audiencias y la movilización social en numerosos lugares del país. El movimiento cubrió los espacios necesarios para avanzar hacia el cambio cultural que requiere acoger un nuevo paradigma en el que el aborto deje de concebirse como un asunto que se aborda a través del derecho penal, para ser reconocido como un derecho fundamental, que se materializa articuladamente con el derecho a la salud y como parte de los derechos sexuales y reproductivos.
Precisamente aquí se ubica buena parte de los retos del primer año de implementación de la sentencia y, aunque percibimos una mayor disposición social a hablar sobre el tema, a informarse y a respaldar este derecho, la lucha sigue siendo por la despenalización social, por conservar la reproducción como un asunto de la intimidad de las mujeres y del ejercicio de su libertad y su conciencia, que requiere condiciones y garantías por parte del Estado.
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Las cifras preliminares de la Fundación Oriéntame correspondientes al primer año de implementación de la sentencia, indican que no se puede hablar de un aumento de los abortos y, para aliviar las preocupaciones de algunas personas, el 93 % de las atenciones sucedieron en las 12 primeras semanas de gestación.
Las claridades dadas por la Corte sobre los alcances de este derecho, su interpretación y la forma como debe prestarse la atención en salud de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) generan un marco en el que no cabe ninguna excusa para interponer barreras de acceso, dilatar o negar la atención.
En la Resolución 051 de 2023, recientemente expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, se expresan de manera comprensible para todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, los estándares que deben cumplirse en aras de brindar una atención integral en salud frente a la IVE, con calidad, dignidad y respeto. Lo anterior, acogiendo la orden que la misma Corte le había dado a este Ministerio en la Sentencia SU-096 de 2018, así como la orden de la Sentencia C-055 de 2022, en cuanto a la formulación de una política pública integral en materia de salud sexual y reproductiva, frente a lo que debe destacarse el decidido compromiso del actual Gobierno nacional.
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A pesar de la reglamentación y la buena voluntad sabemos que, en el día a día, las mujeres siguen enfrentando barreras de acceso. La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, organización pionera del movimiento Causa Justa, presentó un balance de los 100 primeros días de implementación de la sentencia, en el que dio cuenta de la persistencia de conductas contrarias al marco normativo y que repercuten en el goce de este derecho.
En este informe, se evidenció que la desinformación es una barrera subyacente a las otras, afectando tanto a quienes necesitan la atención como a quienes la brindan. Vale la pena señalar que la desinformación sobre la vigencia y obligatoriedad de la sentencia perjudica gravemente el acceso a la IVE, por lo que puede ser objeto de sanciones. En uno de los casos documentados, un profesional de la salud argumentó la negación del servicio en que, supuestamente, “esa ley la van a tumbar”.
Este tipo de conductas, arbitrarias y amañadas, deberían hacernos reflexionar sobre las consecuencias de la manipulación informativa en la vida y salud de las mujeres. Por lo mismo, es fundamental que, desde las instituciones públicas y desde la sociedad civil, continúen los procesos informativos y formativos sobre la sentencia y el derecho, es decir, facilitar la toma informada de decisiones y, como ya se ha mencionado, la despenalización social del aborto, uno de los más grandes compromisos de Causa Justa.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
Hace un año, el 21 de febrero de 2022, la Corte Constitucional en un fallo histórico, producto de la demanda interpuesta por el movimiento Causa Justa, debilitó enormemente el delito de aborto y concedió más libertad a las mujeres. El alto tribunal decidió eliminar este delito hasta la semana 24 de gestación, de manera que mujeres, hombres trans y personas no binarias pueden interrumpir su embarazo, de acuerdo con sus propias razones y su conciencia; después de este plazo, siguen aplicándose las causales despenalizadas desde el 2006, con sus respectivos requisitos.
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Para llegar a esta decisión, la Corte debatió sobre las transformaciones que ha tenido nuestra constitución y cómo un mayor reconocimiento de los derechos de las mujeres, por ejemplo, a vivir una vida libre de violencias, a partir de la Ley 1257 de 2008, también debe reflejarse en su derecho a interrumpir el embarazo.
Este es el cambio legal más importante que hemos vivido las mujeres colombianas en los últimos 50 años, y en la historia del feminismo colombiano se une a hitos anteriores de reconocimiento de la ciudadanía de las mujeres, como el derecho al voto (1954) y el derecho a la educación superior (1934). Cambios en favor de nuestra libertad y autonomía, que aportaron a la eliminación de normas discriminatorias en razón del género; así como de configurar una sociedad más democrática e incluyente. Valga decir que, con Causa Justa, la defensa de la libertad reproductiva de las mujeres logró, como nunca antes, aglutinar los movimientos de mujeres y feminista colombianos, propósito al que se sumaron también organizaciones de derechos humanos, entre otras.
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Precisamente aquí se ubica buena parte de los retos del primer año de implementación de la sentencia y, aunque percibimos una mayor disposición social a hablar sobre el tema, a informarse y a respaldar este derecho, la lucha sigue siendo por la despenalización social, por conservar la reproducción como un asunto de la intimidad de las mujeres y del ejercicio de su libertad y su conciencia, que requiere condiciones y garantías por parte del Estado.
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Las claridades dadas por la Corte sobre los alcances de este derecho, su interpretación y la forma como debe prestarse la atención en salud de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) generan un marco en el que no cabe ninguna excusa para interponer barreras de acceso, dilatar o negar la atención.
En la Resolución 051 de 2023, recientemente expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, se expresan de manera comprensible para todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, los estándares que deben cumplirse en aras de brindar una atención integral en salud frente a la IVE, con calidad, dignidad y respeto. Lo anterior, acogiendo la orden que la misma Corte le había dado a este Ministerio en la Sentencia SU-096 de 2018, así como la orden de la Sentencia C-055 de 2022, en cuanto a la formulación de una política pública integral en materia de salud sexual y reproductiva, frente a lo que debe destacarse el decidido compromiso del actual Gobierno nacional.
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A pesar de la reglamentación y la buena voluntad sabemos que, en el día a día, las mujeres siguen enfrentando barreras de acceso. La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, organización pionera del movimiento Causa Justa, presentó un balance de los 100 primeros días de implementación de la sentencia, en el que dio cuenta de la persistencia de conductas contrarias al marco normativo y que repercuten en el goce de este derecho.
En este informe, se evidenció que la desinformación es una barrera subyacente a las otras, afectando tanto a quienes necesitan la atención como a quienes la brindan. Vale la pena señalar que la desinformación sobre la vigencia y obligatoriedad de la sentencia perjudica gravemente el acceso a la IVE, por lo que puede ser objeto de sanciones. En uno de los casos documentados, un profesional de la salud argumentó la negación del servicio en que, supuestamente, “esa ley la van a tumbar”.
Este tipo de conductas, arbitrarias y amañadas, deberían hacernos reflexionar sobre las consecuencias de la manipulación informativa en la vida y salud de las mujeres. Por lo mismo, es fundamental que, desde las instituciones públicas y desde la sociedad civil, continúen los procesos informativos y formativos sobre la sentencia y el derecho, es decir, facilitar la toma informada de decisiones y, como ya se ha mencionado, la despenalización social del aborto, uno de los más grandes compromisos de Causa Justa.
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