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Amparo Cerón quedó oficialmente por fuera de la lista de candidatas que aspiran a remplazar como fiscal general a Francisco Barbosa. En la mañana de este jueves, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia resolvió el enredo que hubo por las dos ternas presentadas por el presidente Gustavo Petro.
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El alto tribunal consideró que la terna que será tenida en cuenta es la segunda, la cual está compuesta por las abogadas Amelia Pérez, Ángela María Buitrago y Luz Adriana Camargo, tres juristas que han hecho su carrera profesional, entre la academia, pero sobre todo en el mundo judicial, en entidades como la Fiscalía y la propia Corte.
Fuentes cercanas a la Sala le dijeron a El Espectador que lo resuelto por el alto tribunal hoy fue la solicitud hecha por Cerón el pasado 28 de septiembre, en el que decía no había renunciado a su aspiración de dirigir el ente investigador y pedía que su nombre se mantuviera en la lista de candidatas.
Lo decidido por la Sala Plena de la Corte Suprema le da luz verde a Amparo Cerón para que, por vía administrativa, busque echar para atrás la decisión del presidente Petro de sacarla de la terna. El caso fue conocido y estudiado primero por la Sala de Gobierno de la Corte y presentado este jueves a la Sala Plena, después de la visita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos al alto tribunal.
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El debate al interior de la Sala Plena, aseguran las fuentes consultadas por este diario, determinó que la segunda terna presentada por el presidente Gustavo Petro es válida, pues cumple con los requisitos legales y constitucionales que se exigen para aspirar al cargo. Asimismo, que está dentro de sus facultades cambiar la terna de considerarlo oportuno y cada hoja de vida que sea presentada por el primer mandatario, tendría que ser estudiada por el alto tribunal.
Para la Sala Plena, corresponde al Jefe de Estado “la postulación de los tres candidatos, y que al órgano de cierre de la Jurisdicción Ordinaria le fue otorgada la competencia de elegir al Fiscal General de la Nación, de la terna propuesta por el Presidente de la República”. Por tal motivo, la Corte considera que, sobre la terna, el presidente puede “modificarla o reemplazarla, teniendo como límite temporal máximo, para el ejercicio de dicha facultad, el momento en que la Corte Suprema de Justicia profiera el acto administrativo único, que comprende la declaración de que los ternados cumplen con los requisitos constitucionales y legales para asumir el cargo de Fiscal General, el cronograma y los lineamientos para la designación”.
La Corte también se ha pronunciado sobre las peticiones que le han hecho de devolver las ternas al presidente Gustavo Petro para que incluya, por lo menos, a un hombre dentro de la lista de aspirantes a suceder a Francisco Barbosa. El ciudadano Belisario Jiménez Luque, en septiembre de este año, le presentó al alto tribunal un oficio en el que pedía que devolviera la terna que presentó el primer mandatario, para que fuera incluido por lo menos un hombre para ser considerado a suceder a Francisco Barbosa como fiscal general. El recurso decía que, al no haber hombres en la lista, no se estaba respetando la igualdad de género.
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Para la Corte, una vez estudiada la petición, se encontró que “no existe en el ordenamiento constitucional y legal motivo para devolver la terna que formuló el doctor Gustavo Francisco Petro Urrego, Presidente de la República, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 249 de la Constitución Política, para elegir Fiscal General de la Nación”.
Asimismo, esta semana el magistrado Gerardo Botero Zuluaga presentó una tutela pidiendo que la terna sea devuelta por estar compuesta por solo mujeres. En su documento, el togado aclara que esta misma decisión la habría tomado si la terna hubiera estado solo conformada por hombres y agregó que no se trata de una acción política. “No cuestiono ni la legitimidad ni facultad que tiene el señor Presidente en la elaboración de la terna para la elección del o la Fiscal General, pues esa es una atribución que le corresponde, pero no en forma ilimitada o irrestricta, sino con total acatamiento y apego a nuestro ordenamiento jurídico, que, para este caso particular y concreto, debe respetar la igualdad y equidad de género”, dijo.
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