Andrés Felipe Arias reiteró ante la Corte Suprema que impugna su condena
Su defensa espera que, con esta petición, el alto tribunal se disponga a revisar en segunda instancia el fallo contra del exministro, condenado por esa misma corporación a 17 años de prisión a raíz de las irregularidades en el programa Agro Ingreso Seguro. La impugnación está radicada desde diciembre de 2018.
Desde la Escuela de Caballería, guarnición militar en el norte de Bogotá donde se encuentra recluido desde hace un año, el exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias le envió a la Corte Suprema de Justicia una comunicación el pasado 15 de julio en la que indicó que reitera la impugnación contra su sentencia a 17 años de prisión. En 2014, ese alto tribunal condenó a Arias por delitos contra la administración pública. Hoy, tras haber ganado la batalla para que una segunda instancia revisara su proceso, Arias le dijo a la Corte que insistía en la impugnación que presentó hace año y medio. (Cambian las reglas para favorecer “exclusivamente” a Andrés Felipe Arias: Corte Suprema)
Ese recurso lo radicó el 10 de diciembre de 2018 en la Secretaría de la Sala Penal de la Corte su abogado Víctor Mosquera. Lo hizo un mes después de anunciar con bombos y platillos que el Comité de Derechos Humanos de la ONU había reconocido que Arias tenía derecho a una segunda instancia, como llevaba años pidiéndolo. “El Estado parte no ha señalado la existencia de un recurso disponible para que el autor pueda solicitar que el fallo condenatorio y condena fueran revisados por otro tribunal. Por consiguiente, el Comité concluye que el Estado parte violó los derechos que asisten al autor” en esa materia, dijo el Comité.
La ONU también concluyó que Arias, alfil del uribismo, no entregó evidencias suficientes de que era un perseguido político, que la Corte Suprema tenía motivaciones políticas en su contra, que fue juzgado dos veces por los mismos hechos, que se violó su derecho al debido proceso o que no tuvo acceso a un juicio justo. Incluso, trató de llevar la discusión de fondo de su proceso, alegando que fue condenado “por actos u omisiones que no eran delitos”. Naciones Unidas tampoco atendió ese requerimiento. Pero, con el reconocimiento de su derecho a la segunda instancia, Arias ganó la batalla principal que libraba.
Él ya había presentado dos impugnaciones ante la Corte Suprema. La primera, el 25 de mayo de 2016. La segunda, el 7 de marzo de 2018, dos meses después de que el Congreso cambiara las reglas de juegos para los aforados constitucionales (como lo era Arias en su condición de ministro), quienes hasta ese momento solo tenían una única instancia en la justicia para sus procesos: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. En enero de 2018, Cámara y Senado aprobaron que los aforados tuvieran acceso a la doble instancia y a impugnar la primera sentencia condenatoria. (Las dudas que los abogados de Andrés Felipe Arias le expresaron a la Corte Constitucional)
Con ese argumento en mano, Arias le dijo a la Corte Suprema que impugnaba su fallo, el cual profirió esa misma corporación el 16 de julio de 2014. Semanas antes, Arias y su familia hubieran huido de Colombia a Estados Unidos tras enterarse por medios de comunicación de que la Corte lo había hallado culpable de dos delitos, peculado por apropiación y contrato sin cumplimiento de requisitos legales, cometidos en el marco de la ejecución del programa Agro Ingreso Seguro. De los nueve magistrados de la Sala Penal, siete votaron en favor de sancionarlo, uno se opuso al castigo y uno se declaró impedido.
En Estados Unidos Arias permaneció hasta el año pasado. Durante esos cinco años, de los cuales dos permaneció detenido en Miami -pues la Corte activó la orden de captura en su contra y solicitó su extradición-, Arias presentó varios recursos al sistema judicial estadounidense para demostrar que él sí era un perseguido político. El asilo, sin embargo, no se lo otorgaron mientras estuvo allá. Alegó también que no había tratado de extradición entre Colombia y EE.UU., argumento en el que recibió respaldo del expresidente Álvaro Uribe, el mismo que extraditó a más de mil ciudadanos a Estados Unidos cuando fue jefe de Estado. (El caso Andrés Felipe Arias y sus efectos políticos)
En julio de 2019, bajo un estricto sigilo que incluyó una restricción a imágenes de registro para la prensa, Arias fue extraditado de vuelta a Colombia y fue trasladado al Cantón Norte. Para ese momento, ya todas las salas de la Corte Suprema le habían respondido que no podían revisar su sentencia, bajo el argumento de que, cuando él fue juzgado, la legislación vigente era la que reconocía una única instancia para los aforados como él. Pero Arias insistió y fue a la Corte Constitucional. El pasado 21 de mayo, esta corporación reconoció su derecho a impugnar la sentencia en que resultó condenado a 17 años de prisión.
Con ese fallo sobre la mesa, la semana pasada Arias se dirigió a la Corte Suprema para reiterar la tercera impugnación, presentada en diciembre de 2018. En esta señaló puntualmente que el Congreso había reformado la Constitución del 91 para admitir que los aforados tenían derecho a una segunda instancia, que el Comité de Derechos Humanos de la ONU se había pronunciado a su favor y que a él lo cobija el principio de retroactividad penal. Es decir, que si se promulga una ley que sea más favorable para un procesado, esa última pesa más que la ley con que fue condenado. El asunto está ahora en manos de la Corte Suprema. (Los 24 condenados por la Corte Suprema que serían beneficiados por fallo de Andrés Felipe Arias)
Desde la Escuela de Caballería, guarnición militar en el norte de Bogotá donde se encuentra recluido desde hace un año, el exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias le envió a la Corte Suprema de Justicia una comunicación el pasado 15 de julio en la que indicó que reitera la impugnación contra su sentencia a 17 años de prisión. En 2014, ese alto tribunal condenó a Arias por delitos contra la administración pública. Hoy, tras haber ganado la batalla para que una segunda instancia revisara su proceso, Arias le dijo a la Corte que insistía en la impugnación que presentó hace año y medio. (Cambian las reglas para favorecer “exclusivamente” a Andrés Felipe Arias: Corte Suprema)
Ese recurso lo radicó el 10 de diciembre de 2018 en la Secretaría de la Sala Penal de la Corte su abogado Víctor Mosquera. Lo hizo un mes después de anunciar con bombos y platillos que el Comité de Derechos Humanos de la ONU había reconocido que Arias tenía derecho a una segunda instancia, como llevaba años pidiéndolo. “El Estado parte no ha señalado la existencia de un recurso disponible para que el autor pueda solicitar que el fallo condenatorio y condena fueran revisados por otro tribunal. Por consiguiente, el Comité concluye que el Estado parte violó los derechos que asisten al autor” en esa materia, dijo el Comité.
La ONU también concluyó que Arias, alfil del uribismo, no entregó evidencias suficientes de que era un perseguido político, que la Corte Suprema tenía motivaciones políticas en su contra, que fue juzgado dos veces por los mismos hechos, que se violó su derecho al debido proceso o que no tuvo acceso a un juicio justo. Incluso, trató de llevar la discusión de fondo de su proceso, alegando que fue condenado “por actos u omisiones que no eran delitos”. Naciones Unidas tampoco atendió ese requerimiento. Pero, con el reconocimiento de su derecho a la segunda instancia, Arias ganó la batalla principal que libraba.
Él ya había presentado dos impugnaciones ante la Corte Suprema. La primera, el 25 de mayo de 2016. La segunda, el 7 de marzo de 2018, dos meses después de que el Congreso cambiara las reglas de juegos para los aforados constitucionales (como lo era Arias en su condición de ministro), quienes hasta ese momento solo tenían una única instancia en la justicia para sus procesos: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. En enero de 2018, Cámara y Senado aprobaron que los aforados tuvieran acceso a la doble instancia y a impugnar la primera sentencia condenatoria. (Las dudas que los abogados de Andrés Felipe Arias le expresaron a la Corte Constitucional)
Con ese argumento en mano, Arias le dijo a la Corte Suprema que impugnaba su fallo, el cual profirió esa misma corporación el 16 de julio de 2014. Semanas antes, Arias y su familia hubieran huido de Colombia a Estados Unidos tras enterarse por medios de comunicación de que la Corte lo había hallado culpable de dos delitos, peculado por apropiación y contrato sin cumplimiento de requisitos legales, cometidos en el marco de la ejecución del programa Agro Ingreso Seguro. De los nueve magistrados de la Sala Penal, siete votaron en favor de sancionarlo, uno se opuso al castigo y uno se declaró impedido.
En Estados Unidos Arias permaneció hasta el año pasado. Durante esos cinco años, de los cuales dos permaneció detenido en Miami -pues la Corte activó la orden de captura en su contra y solicitó su extradición-, Arias presentó varios recursos al sistema judicial estadounidense para demostrar que él sí era un perseguido político. El asilo, sin embargo, no se lo otorgaron mientras estuvo allá. Alegó también que no había tratado de extradición entre Colombia y EE.UU., argumento en el que recibió respaldo del expresidente Álvaro Uribe, el mismo que extraditó a más de mil ciudadanos a Estados Unidos cuando fue jefe de Estado. (El caso Andrés Felipe Arias y sus efectos políticos)
En julio de 2019, bajo un estricto sigilo que incluyó una restricción a imágenes de registro para la prensa, Arias fue extraditado de vuelta a Colombia y fue trasladado al Cantón Norte. Para ese momento, ya todas las salas de la Corte Suprema le habían respondido que no podían revisar su sentencia, bajo el argumento de que, cuando él fue juzgado, la legislación vigente era la que reconocía una única instancia para los aforados como él. Pero Arias insistió y fue a la Corte Constitucional. El pasado 21 de mayo, esta corporación reconoció su derecho a impugnar la sentencia en que resultó condenado a 17 años de prisión.
Con ese fallo sobre la mesa, la semana pasada Arias se dirigió a la Corte Suprema para reiterar la tercera impugnación, presentada en diciembre de 2018. En esta señaló puntualmente que el Congreso había reformado la Constitución del 91 para admitir que los aforados tenían derecho a una segunda instancia, que el Comité de Derechos Humanos de la ONU se había pronunciado a su favor y que a él lo cobija el principio de retroactividad penal. Es decir, que si se promulga una ley que sea más favorable para un procesado, esa última pesa más que la ley con que fue condenado. El asunto está ahora en manos de la Corte Suprema. (Los 24 condenados por la Corte Suprema que serían beneficiados por fallo de Andrés Felipe Arias)