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El nombre de Andrés de Jesús Vélez por sí solo no le significa mucho al ciudadano del común. Sin embargo, en las diferentes instancias de la Justicia (Fiscalía, tribunales), es conocido como “testigo estrella” en casos de connotación. Está en la mira del ente investigador por el cúmulo de denuncias que tiene en su contra por falso testimonio.
Vélez es un exparamilitar que perteneció al bloque Centauros de las AUC. La Corte Suprema de Justicia lo condenó a 20 años de prisión por el delito de lavado de activos, pero la pena se encuentra suspendida porque salió de la cárcel argumentando que tiene graves problemas de salud. Este año fue llamado a juicio por faltar a la verdad en el proceso que se adelantó en contra de la ex congresista Nancy Patricia Gutiérrez en la Corte Suprema de Justicia por supuestos nexos con paramilitares. (Le puede interesar: Andrés Vélez va a juicio por falso testimonio )
Los procesos contra el exparamilitar no son de poca monta. Ahora una nueva decisión judicial ha probado su historial de timador profesional. El Juzgado Tercero Civil de Medellín ordenó a Andrés Vélez, retractarse de las declaraciones que dio en W Radio el pasado 18 de septiembre en contra de Felipe Morales, experiodista de El Espectador.
En la entrevista radial Vélez fiel a su estilo, aprovechó la coyuntura de la mayor crisis de la Justicia para lanzar acusaciones contra todo tipo de personajes. En el caso del periodista Felipe Morales aseguró que fue “relacionista público del exfiscal anticorrupción Gustavo Moreno”. Además, acusó a Morales de usar la página web de este diario “en su contra”.
"Si usted revisa ese espacio en la web que maneja él (Felipe Morales) del Espectador, casi que con una frecuencia de dos a tres veces por semana, hacía mención a cosas mías" afirmación que ratifica cuando dijo: "usted cree que es gratuito que por lo menos dos veces por semana en El Espectador.com me sacaran a mí, cada vez con una mentira distinta", aseguró Vélez en la entrevista.
Tras conocer el material publicado en El Espectador sobre Vélez y sobre Moreno, el juez concluyó que Vélez había mentido, afectando la honra y el buen nombre del periodista. “Cuando el accionante (Felipe Morales) fungía como subeditor de elespectador.com, no publicó ni en versión impresa ni versión virtual, artículos que hicieran referencia a Gustavo Moreno. Sólo se aprecia publicación digital como redactor político de fecha 26 de julio de 2014, el cual titula: "El renacer de Nancy Patricia Gutiérrez". Al igual se vislumbra que los artículos publicados por El Espectador, donde se encuentra vinculado el exfiscal anticorrupción, 40 en versión impresa y 82 en versión digital, son posteriores al 17 de mayo de 2017, fecha de retiro del periodista".
Para el juez tercero civil de Medellín no se comprueban las acusaciones por eso le ordenó que se retracte en 48 horas. “Carecen de fundamento por cuanto no se evidencia la cantidad de publicaciones en el diario El Espectador. Como tampoco se puede concluir la existencia de vínculo alguno, entre el exfiscal anticorrupción Gustavo moreno y el periodista”, señala la decisión. En su momento el periodista Felipe Morales aceptó que lo conoció como fuente, al igual que varios otros colegas, pero nada distinto a eso, relación entre periodista y fuente.
Vélez estuvo involucrado en procesos como los de la excongresista Nancy Patricia Gutiérrez y el exsenador Luis Alfredo Ramos, a quienes señaló de supuestos vínculos con grupos paramilitares. En estos casos quedó probado que Vélez mintió y ellos lo demandaron.
Poco se sabe de las razones que han llevado al exparamilitar a declarar en contra de tantas personas. Lo que es cierto, es que aún sigue siendo citado para rendir su testimonio en procesos judiciales. (En contexto: La confrontación de un magistrado al testigo Andrés Vélez)
(*) Actualización de la noticia. El señor Andrés de Jesús Vélez Franco, mediante interpuesta persona, remitió a El Espectador copia de la providencia de fecha 7 de marzo de 2023 proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala penal, M.P. Xenia Rocío Trujillo Hernández, proferida dentro del proceso con radicación No. 11001609904620130003504, en la que consta lo siguiente: (i) que el 13 de febrero de 2023, el Juzgado Cuarenta y Dos Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá decretó la preclusión por prescripción de la acción penal seguida en contra de Andrés de Jesús Vélez Franco por los delitos de fraude procesal y falso testimonio; (ii) que aunque el procesado elevó solicitud de sometimiento ante la JEP en abril de 2019, las piezas procesales no se remitieron a esa autoridad, teniendo en cuenta que no se tenía claridad si debía o no realizarse ese trámite, razón por la cual la actuación prosiguió y no se suspendió en ningún momento, así como tampoco el término de prescripción; (iii) que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá confirmó el fallo de primera instancia, aduciendo que efectivamente había ocurrido el fenómeno de la prescripción, toda vez que a partir del 21 de septiembre de 2016, fecha en la cual se llevó a cabo la formulación de imputación en contra de Vélez Franco, el Estado contaba con seis (6) años para dar por terminado el asunto (teniendo en cuenta que la mitad de 12 es 6 años), por lo que aquel perdió la posibilidad de investigar, juzgar y sancionar ambos delitos el 21 de septiembre de 2022, es decir, para esa data prescribió la acción penal frente a los delitos de fraude procesal y falso testimonio.