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Anulan decisión que dejó sin título de abogado a exsenador Julián Bedoya

En un fallo de tutela, la Corte Constitucional señaló que la Universidad de Medellín no respetó el debido proceso del excongresista, a quien el Consejo de la Facultad de Derecho le anuló los exámenes y las convalidaciones exprés para graduarse. La Corte Suprema continúa investigándolo penalmente por estos hechos y lo llamó a indagatoria en 2021.

22 de agosto de 2022 - 05:59 p. m.
El exsenador Julián Bedoya no se presentó a las elecciones de marzo de 2022.
El exsenador Julián Bedoya no se presentó a las elecciones de marzo de 2022.
Foto: Tomada de Facebook.com/JulianBedoyaP
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Una sala de revisión de tutelas de la Corte Constitucional acaba de fallar a favor del cuestionado exsenador del partido Liberal Julián Bedoya. En septiembre de 2021, el alto tribunal tomó la decisión de revisar la acción judicial del excongresista antioqueño, quien indicó que la Universidad de Medellín habría vulnerado sus derechos al debido proceso, tras sancionarlo disciplinariamente y revocarle su título como abogado. El expediente contra el político, que está en manos de la Corte Suprema, tiene que ver con las presuntas irregularidades que se dieron para que este se pudiera graduar de ese centro educativo.

En contexto: Anularon el título de abogado del senador Julián Bedoya en primera instancia

Con ponencia de la magistrada Paola Meneses la Sala le dio la razón al político, quien no se presentó a las elecciones al Congreso de marzo de 2022. El alto tribunal indicó que la Universidad carecía de competencia para adelantar el proceso disciplinario en contra de Bedoya, por cinco razones. Primero, el reglamento limita la competencia de la Universidad para ejercer su potestad disciplinaria a estudiantes y egresados no titulados. Segundo, las normas reglamentarias o estatutarias no habilitan a la Universidad para ejercer su competencia disciplinaria en contra de egresados titulados.

Lea: Llaman a indagatoria al senador Julián Bedoya por dudas sobre su título de abogado

“Tercero, la Universidad ejerció su potestad disciplinaria cuando Bedoya había perdido dicha calidad y tenía la condición de egresado titulado. Cuarto, contrario a lo afirmado por la Universidad, el alcance de la competencia disciplinaria de las universidades respecto de sus egresados no es análogo al de la Procuraduría General de la Nación respecto de los exfuncionarios públicos. Quinto, pese a lo afirmado en el escrito de contestación de la tutela, la Corte no ha dispuesto que las universidades tienen competencia para ejercer su potestad disciplinaria en contra de egresados titulados”, señala el fallo del alto tribunal.

Lea: Con tutela, senador Julián Bedoya podría recuperar su título de abogado

La institución educativa le anuló, además, los exámenes que presentó para validar su proceso educativo. Bedoya fue estudiante activo hasta 2009, luego se retiró para cumplir procesos personales y en 2018 matriculó un plan de estudios que al parecer no era el aplicable, presentó 16 exámenes en solo cuatro jornadas y un año después ya fungía como profesional del Derecho. Sin embargo, en mayo de 2022, La Sala de instrucción de la Corte Suprema resolvió la situación jurídica de Bedoya y confirmó que seguirá investigado por los delitos de falsedad en documento privado, falsedad en documento público y fraude procesal.

Por tanto, en esta decisión, la Sala no examinó si el accionante en efecto incurrió en faltas disciplinarias o en delitos, si su conducta vició de nulidad la obtención de su título ni mucho menos si la Universidad expidió títulos de manera irregular; en su lugar, se limitó a analizar si este centro universitario vulneró los derechos fundamentales del accionante, al ejercer la potestad disciplinaria en su contra (...) A su vez, el proceso contencioso-administrativo persigue la declaratoria de nulidad del título de abogado conferido al accionante por las presuntas irregularidades en las que él habría incurrido para su obtención”, concluye el fallo.

Bedoya también alegó que el Consejo de la Facultad no notificó personalmente a Bedoya de la apertura del proceso disciplinario. El problema, según el abogado del político, es que la Universidad envió los trámites al correo institucional de Bedoya, dos años después de su graduación. “El Consejo de Facultad desconoce que dicha dirección electrónica tenía fines netamente académicos, razón por la cual el aquí accionante dejó de utilizarla cuando cesaron sus vínculos académicos con la institución, es decir, cuando se graduó”, se argumenta en la tutela. Sin embargo, este argumento fue descartado por el alto tribunal.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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