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Arturo Char llegaría a Colombia en las próximas horas para responder por presunto concierto para delinquir y corrupción al sufragante, delitos por los que la Corte Suprema de Justicia dictó orden de captura en su contra. La investigación está relacionada con el supuesto acuerdo delictivo para comprar votos en Atlántico, el cual posiblemente se materializó en octubre de 2017, y en el que intervino la exsenadora Aida Merlano, quien ya fue condenada por estos hechos.
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El anuncio de la llegada de Char al país lo hizo su abogado Iván Cancino a través de su cuenta de X (antes Twitter). “Arturo Char está en camino a Colombia. Con la tranquilidad que da la Inocencia! Esperemos se respete su dignidad, no se haga un espectáculo de una situación difícil! La investigación tendrá que salir a su favor”, dice el trino.
Arturo Char está en camino a Colombia . Con la tranquilidad que da la Inocencia ! Esperemos se respete su dignidad , no se haga un espectáculo de una situación difícil ! La investigación tendrá que salir a su favor .
— Iván Cancino (@CancinoAbog) September 7, 2023
La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia dictó orden de captura internacional contra el exsenador porque se encuentra en Estados Unidos, donde tiene la respectiva nacionalidad por estar casado con una ciudadana de ese país.
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La organización criminal para comprar votos, dice la Corte Suprema, habría ido más allá de un simple convenio político, en la medida en que, supuestamente, para conseguir la elección de Aida Merlano en el Senado; de Lilibeth Llinás Delgado en la Cámara y la propia reelección de Arturo Char Chaljub en el Senado, se habrían ejecutado delitos contra los mecanismos de participación democrática, a través de la compra de votos.
“A juicio de la Sala Especial de Instrucción, las pruebas recaudadas hasta el momento en la investigación proveen el estándar mínimo para sustentar de manera adecuada la razonabilidad de la medida de aseguramiento contra Arturo Char Chaljub, por lo cual esta es idónea, necesaria y urgente, sin que resulte procedente sustituirla por una detención domiciliaria, ni por medidas no privativas de la libertad. La determinación también obedece al comportamiento del investigado que pone en duda su normal comparecencia al proceso, así como a riesgos advertidos en la práctica probatoria y en la actividad investigativa”, señaló este miércoles el alto tribunal.
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