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                                                                                                                                Ordenan la libertad del exsenador Arturo Char por vencimiento de términos

                                                                                                                                La decisión la tomó un juez de Santa Marta. El político es investigado por presunta corrupción electoral.

                                                                                                                                Un juez de Santa Marta resolvió en favor del exsenador Arturo Char, de Cambio Radical, un recurso de habeas corpus que su defensa había presentado alegando vencimiento de términos y, por lo mismo, solicitando su libertad inmediata.

                                                                                                                                El pronunciamiento es de Carlos Humberto Coy Domínguez, juez sexto penal municipal con función de garantías de la capital de Magdalena, quien –en una providencia de 40 páginas– aseguró que Char lleva más tiempo en la cárcel del que permite la ley cuando se está definiendo una situación jurídica.

                                                                                                                                Le puede interesar: Magistrado le pidió a un juez de Santa Marta negar la libertad para Arturo Char

                                                                                                                                “Ha transcurrido más tiempo que el señalado por la ley como plazo máximo para calificar el mérito del sumario de la investigación, 120 días, sin que exista pronunciamiento sobre este aspecto jurídico, lo cual configura una vulneración al derecho a la libertad por prolongación ilícita”, dijo el juez Coy en su fallo.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “Si se cuentan los términos desde el 7 de septiembre de 2023 hasta la interposición del habeas corpus, han transcurrido 123 días sin que exista una calificación de la investigación donde se pueda inferir el desarrollo del proceso penal sin obstáculos o más bien con el cumplimiento de los plazos procesales establecidos por ley como garantía del debido proceso en un ámbito de Estado Social de Derecho como forma de limitación del ejercicio punitivo del Estado sobre sus connacionales”, se agregó en el pronunciamiento fechado de este lunes 8 de enero.

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                                                                                                                                Y se precisó: “No es posible atribuir que a causa de la defensa la Sala de Instrucción de la Corte no pudiera emitir pronunciamiento sobre la calificación del mérito del sumario en la investigación seguida en contra del ciudadano Arturo Char Chaljub, lo que se observa es que desde su captura por el requerimiento judicial desde el 7 de septiembre de 2023, como lo muestran los informes de captura, se han realizado actos investigativos, pero no puede catalogarse como dilatorias o de obstrucción al pronunciamiento de calificación de mérito”.

                                                                                                                                Esta decisión estuvo precedida de un oficio remitido a este despacho judicial desde la Corte Suprema de Justicia, en el cual se le solicitó al juez que no admitiera el recurso de habeas corpus que la defensa de Char radicó.

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                El documento fue remitido desde el despacho del magistrado Marco Antonio Rueda, quien le dijo al juez Coy que no es cierto que se haya cumplido el tiempo para definir su situación y que, por lo mismo, el habeas corpus no procedía.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                “El término para calificar el mérito del sumario se extendería hasta el 8 de febrero de la anualidad que avanza. En consecuencia, con el comedimiento que propio, solicito respetuosamente a su señoría que deniegue el habeas corpus impetrado a favor del exsenador Char Chaljub”, se decía en una parte del oficio del magistrado Rueda.

                                                                                                                                Consulte aquí: “No podemos permitir la indiferencia y la impunidad”: iglesia tras secuestro en Chocó

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Y, en contraste, este fin de semana también se conoció otra postura, la de la también magistrada Cristina Lombana, quien dijo –en comunicación remitida al mismo despacho de Santa Marta– que desde el pasado 15 de diciembre presentó un proyecto del fallo solicitando la libertad a Char. La razón es que, según ella, el vencimiento de términos quedaba en firme desde el 5 de enero de este año.

                                                                                                                                Arturo Char estaría involucrado en un presunto acuerdo delictivo para comprar votos en Atlántico. Dicho convenio habría tenido como objetivo conseguir la elección de Aida Merlano en el Senado; de Lilibeth Llinás Delgado en la Cámara; y la propia reelección de Char Chaljub en el Senado.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Según las declaraciones de Merlano, serían precisamente Julio Gerlein, empresario costeño, y Alex Char, alcalde electo de Barranquilla para el periodo que inicia en 2024 y hermano del procesado exsenador Arturo Char, quienes presuntamente estarían financiando parte este acuerdo ilegal en el que se habrían cometido delitos contra los mecanismos de participación democrática. Todos los involucrados han negado cualquier tipo de acción ilegal y han dicho que así lo demostrarán ante la justicia.

                                                                                                                                Este es el fallo completo que se emitió en favor de Arturo Char:

                                                                                                                                👁‍🗨 Conozca cómo votan los senadores y representantes a la Cámara en ‘Congreso a la mano’.

                                                                                                                                👉 Lea más sobre el Congreso, el gobierno Petro y otras noticias del mundo político.

                                                                                                                                Un juez de Santa Marta resolvió en favor del exsenador Arturo Char, de Cambio Radical, un recurso de habeas corpus que su defensa había presentado alegando vencimiento de términos y, por lo mismo, solicitando su libertad inmediata.

                                                                                                                                El pronunciamiento es de Carlos Humberto Coy Domínguez, juez sexto penal municipal con función de garantías de la capital de Magdalena, quien –en una providencia de 40 páginas– aseguró que Char lleva más tiempo en la cárcel del que permite la ley cuando se está definiendo una situación jurídica.

                                                                                                                                Le puede interesar: Magistrado le pidió a un juez de Santa Marta negar la libertad para Arturo Char

                                                                                                                                “Ha transcurrido más tiempo que el señalado por la ley como plazo máximo para calificar el mérito del sumario de la investigación, 120 días, sin que exista pronunciamiento sobre este aspecto jurídico, lo cual configura una vulneración al derecho a la libertad por prolongación ilícita”, dijo el juez Coy en su fallo.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “Si se cuentan los términos desde el 7 de septiembre de 2023 hasta la interposición del habeas corpus, han transcurrido 123 días sin que exista una calificación de la investigación donde se pueda inferir el desarrollo del proceso penal sin obstáculos o más bien con el cumplimiento de los plazos procesales establecidos por ley como garantía del debido proceso en un ámbito de Estado Social de Derecho como forma de limitación del ejercicio punitivo del Estado sobre sus connacionales”, se agregó en el pronunciamiento fechado de este lunes 8 de enero.

                                                                                                                                Más información: Con habeas corpus buscan libertad del exsenador Arturo Char

                                                                                                                                Y se precisó: “No es posible atribuir que a causa de la defensa la Sala de Instrucción de la Corte no pudiera emitir pronunciamiento sobre la calificación del mérito del sumario en la investigación seguida en contra del ciudadano Arturo Char Chaljub, lo que se observa es que desde su captura por el requerimiento judicial desde el 7 de septiembre de 2023, como lo muestran los informes de captura, se han realizado actos investigativos, pero no puede catalogarse como dilatorias o de obstrucción al pronunciamiento de calificación de mérito”.

                                                                                                                                Esta decisión estuvo precedida de un oficio remitido a este despacho judicial desde la Corte Suprema de Justicia, en el cual se le solicitó al juez que no admitiera el recurso de habeas corpus que la defensa de Char radicó.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                “El término para calificar el mérito del sumario se extendería hasta el 8 de febrero de la anualidad que avanza. En consecuencia, con el comedimiento que propio, solicito respetuosamente a su señoría que deniegue el habeas corpus impetrado a favor del exsenador Char Chaljub”, se decía en una parte del oficio del magistrado Rueda.

                                                                                                                                Consulte aquí: “No podemos permitir la indiferencia y la impunidad”: iglesia tras secuestro en Chocó

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Y, en contraste, este fin de semana también se conoció otra postura, la de la también magistrada Cristina Lombana, quien dijo –en comunicación remitida al mismo despacho de Santa Marta– que desde el pasado 15 de diciembre presentó un proyecto del fallo solicitando la libertad a Char. La razón es que, según ella, el vencimiento de términos quedaba en firme desde el 5 de enero de este año.

                                                                                                                                Arturo Char estaría involucrado en un presunto acuerdo delictivo para comprar votos en Atlántico. Dicho convenio habría tenido como objetivo conseguir la elección de Aida Merlano en el Senado; de Lilibeth Llinás Delgado en la Cámara; y la propia reelección de Char Chaljub en el Senado.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Según las declaraciones de Merlano, serían precisamente Julio Gerlein, empresario costeño, y Alex Char, alcalde electo de Barranquilla para el periodo que inicia en 2024 y hermano del procesado exsenador Arturo Char, quienes presuntamente estarían financiando parte este acuerdo ilegal en el que se habrían cometido delitos contra los mecanismos de participación democrática. Todos los involucrados han negado cualquier tipo de acción ilegal y han dicho que así lo demostrarán ante la justicia.

                                                                                                                                Este es el fallo completo que se emitió en favor de Arturo Char:

                                                                                                                                👁‍🗨 Conozca cómo votan los senadores y representantes a la Cámara en ‘Congreso a la mano’.

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