Así calculará la JEP las sanciones a militares implicados en violaciones a DD. HH.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) definió la normativa de las obras reparadoras (TOAR) para aquellos militares que no sean considerados máximos responsables e imputados por delitos. Pagarían entre 15 días y dos años.
La JEP estableció las normas que regularán los trabajos, obras y actividades con contenido reparador-restaurador (TOAR) que serán aplicadas a exmiembros de la Fuerza Pública. Las acciones, que contribuyen en la búsqueda de la verdad y la restauración del tejido social para las víctimas, serán impuestas a los militares que hayan estado involucrados en vulneraciones de los derechos humanos en el marco del conflicto armado, pero que no sean considerados como máximos responsables, según el documento publicado por W Radio.
Los exintegrantes de la Fuerza Pública pagarían entre 15 días y dos años de obras reparadoras hacia las víctimas. La implementación de las sanciones busca dar inicio al proyecto “Restaurándonos” que tiene como objetivo la planeación y ejecución de acciones que contribuyan a la búsqueda de soluciones conjuntas y a la cooperación para reparar los daños. Su plan piloto son las actividades de restauración de ecosistemas en Chingaza (Sumapaz).
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Para tomar esta decisión, la JEP tuvo en cuenta los programas de reparación que protegen los derechos de las víctimas y su dignificación. Además de la flexibilización de la normativa que le permite ofrecer beneficios a las personas que entreguen aportes a la verdad, la reparación integral de las víctimas y las garantías de no repetición.
Para la JEP, entregar esta normativa brinda seguridad jurídica a los comparecientes ante el tribunal y a las víctimas en medio del inicio de la implementación de esta estrategia. El documento explica cómo se calculará la cantidad de tiempo que les será impuesta y el alcance de su obligación en materia de reparación, es decir, que de alguna manera las acciones que desarrollen, sean proporcionales al nivel de afectación que generaron en una población o territorio. La sanción va a depender del grado del militar implicado, su responsabilidad en la situación y la gravedad de los crímenes, entre otros factores.
Por ejemplo, se tendrán en cuenta el número y las características específicas de las víctimas, donde una agravante será que los afectados sean sujetos de especial protección constitucional como menores de edad, mujeres, personas en situación de discapacidad, miembros de la comunidad LGBTQI+, indígenas o afrodescendientes.
(Le podría interesar: JEP escuchó a coronel (r) González del Río por supuesta alianza con Matamba)
Todas las acciones que serán juzgadas son previas al primero de diciembre de 2016 y están vinculadas a hechos cometidos en el marco del conflicto armado colombiano. El enfoque de la JEP busca restaurar los territorios y la relación de las personas con los mismos, por ello ofrece beneficios y sanciones menos duras para las personas que aporten a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La JEP estableció las normas que regularán los trabajos, obras y actividades con contenido reparador-restaurador (TOAR) que serán aplicadas a exmiembros de la Fuerza Pública. Las acciones, que contribuyen en la búsqueda de la verdad y la restauración del tejido social para las víctimas, serán impuestas a los militares que hayan estado involucrados en vulneraciones de los derechos humanos en el marco del conflicto armado, pero que no sean considerados como máximos responsables, según el documento publicado por W Radio.
Los exintegrantes de la Fuerza Pública pagarían entre 15 días y dos años de obras reparadoras hacia las víctimas. La implementación de las sanciones busca dar inicio al proyecto “Restaurándonos” que tiene como objetivo la planeación y ejecución de acciones que contribuyan a la búsqueda de soluciones conjuntas y a la cooperación para reparar los daños. Su plan piloto son las actividades de restauración de ecosistemas en Chingaza (Sumapaz).
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Para la JEP, entregar esta normativa brinda seguridad jurídica a los comparecientes ante el tribunal y a las víctimas en medio del inicio de la implementación de esta estrategia. El documento explica cómo se calculará la cantidad de tiempo que les será impuesta y el alcance de su obligación en materia de reparación, es decir, que de alguna manera las acciones que desarrollen, sean proporcionales al nivel de afectación que generaron en una población o territorio. La sanción va a depender del grado del militar implicado, su responsabilidad en la situación y la gravedad de los crímenes, entre otros factores.
Por ejemplo, se tendrán en cuenta el número y las características específicas de las víctimas, donde una agravante será que los afectados sean sujetos de especial protección constitucional como menores de edad, mujeres, personas en situación de discapacidad, miembros de la comunidad LGBTQI+, indígenas o afrodescendientes.
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Todas las acciones que serán juzgadas son previas al primero de diciembre de 2016 y están vinculadas a hechos cometidos en el marco del conflicto armado colombiano. El enfoque de la JEP busca restaurar los territorios y la relación de las personas con los mismos, por ello ofrece beneficios y sanciones menos duras para las personas que aporten a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
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