Así es como Andrés Felipe Arias quiere tumbar su condena por Agro Ingreso Seguro
Luego de una puja para que le revisaran su condena por irregularidades con Agro Ingreso Seguro, la Corte Suprema se prepara para fallar en su ansiada segunda instancia. Debate clave en su pelea jurídica.
El tiempo se agota para que Andrés Felipe Arias, exministro de Agricultura, condenado a más de 17 años por irregularidades en Agro Ingreso Seguro (AIS), conozca su futuro judicial. En el despacho de Gerson Chaverra, magistrado de la Corte Suprema de Justicia, permanecen bajo estudio las casi 500 páginas del recurso que presentó Arias, para tumbar la sentencia que lo tiene privado de su libertad. Fuentes cercanas al proceso le dijeron a este diario que, durante los últimos meses de 2022, la Sala de Decisión encargada del caso podría conocer el proyecto de sentencia de segunda instancia, un desarrollo judicial que Arias ha exigido por años.
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El tiempo se agota para que Andrés Felipe Arias, exministro de Agricultura, condenado a más de 17 años por irregularidades en Agro Ingreso Seguro (AIS), conozca su futuro judicial. En el despacho de Gerson Chaverra, magistrado de la Corte Suprema de Justicia, permanecen bajo estudio las casi 500 páginas del recurso que presentó Arias, para tumbar la sentencia que lo tiene privado de su libertad. Fuentes cercanas al proceso le dijeron a este diario que, durante los últimos meses de 2022, la Sala de Decisión encargada del caso podría conocer el proyecto de sentencia de segunda instancia, un desarrollo judicial que Arias ha exigido por años.
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Aunque el equipo de Chaverra no tiene una fecha para presentar el documento, lo cierto es que Arias y su abogado, con el recurso de impugnación, le apuestan a tumbar la condena por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación. Estas conductas lo tienen preso en un edificio del Ejército desde hace más de seis años, luego de que fuera detenido en Estados Unidos, en 2016. En el recurso, la defensa de Arias controvirtió los argumentos de la sentencia y trajo a colación testimonios que, a su juicio, no tuvieron en cuenta a la hora de emitir el fallo.
El documento controvierte que Arias, durante su gestión en la cartera de Agricultura (2005-09), haya sido el responsable de otorgar subsidios destinados al riego y drenaje agrícola. Con AIS, se suponía que pequeños y medianos empresarios podrían gestionar proyectos para evacuar los excesos de aguas libres y superficiales en sus terrenos. No obstante, todo indica que gente acaudalada se quedó con proyectos subsidiados. Arias, por otro lado, desmiente que haya tenido “afán” por implementar la política AIS de manera irregular, y que los convenios que se pactaron de ciencia y tecnología, para darle vida a la iniciativa del gobierno de Uribe, se hayan realizado de forma indebida.
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No obstante, según determinó la Corte en 2014, Arias implementó de manera “apresurada” la política agraria, que, si bien se advertía era necesaria, no contaba con un diseño concreto para ejecutarse. Por tanto, allí se empezó a configurar el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. El abogado Aníbal Gómez, defensor del exministro, en la impugnación enfatizó en que Arias sometió la iniciativa del AIS a debate en el Congreso y se surtieron todos los trámites. Aun así, para la Corte está claro que el “afán” de Arias se configuraría en una destinación de recursos.
La Corte advirtió que la creación de una Unidad Coordinadora del AIS le sirvió a Arias como un instrumento para controlar el desarrollo de cuatro convenios, los cuales tuvieron como objetivo la asignación de subsidios y fomentar la inversión de recursos públicos. El alto tribunal indica que esta labor se realizó de manera irregular porque el propio Ministerio era el llamado a realizar ese tipo de obras y no una entidad externa. A juicio de la defensa de Arias, esa unidad formulaba propuestas de política pública y apoyaba al Ministerio con la construcción de documentos que las direcciones técnicas debían aprobar en materia de riego y drenaje agrícola.
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Además, la Corte le reprochó que los rubros de esa labor se direccionaron a la entidad externa, aun cuando estaban bajo la supervisión de Arias. Con ello, se habría configurado el delito de peculado por apropiación a favor de terceros. La defensa del exministro agregó que no es cierto que ese designio se hubiese mantenido sobre Arias y que, aún si hubiese tenido que manejar esos dineros, tampoco se podría hablar de un peculado. Esto debido a que, a su juicio, no hay ninguna prueba de que el exfuncionario hiciera una entrega indiscriminada de subsidios, como tampoco “el tramposo direccionamiento de esos recursos a unos determinados grupos”.
“El exministro jamás se interesó siquiera en una asignación desenfrenada de los recursos, ni en la amañada entrega de estos a los privilegiados beneficiarios ni a ninguna otra persona en particular”, dijo el abogado en la impugnación y añadió que la Corte hace ver la situación de Arias como si él hubiera escogido el personal de la Unidad Coordinadora para cumplir sus intereses. “Pero la verdad que refulge de las pruebas practicadas en el juicio es muy otra, y muestra todo lo contrario: que eran los integrantes del Comité Administrativo quienes seleccionaban a las personas y disponían su contratación con cargo a los recursos del convenio, luego de lo cual el ministro podía respaldar, o no, con su firma las actas”, expuso.
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Por otro lado, en el recurso se establece que la Corte no tuvo en cuenta testimonios claves. Entre ellos, el del expresidente Uribe, quien dijo que Arias no era el único encargado de AIS, dado que también se tomaban decisiones desde el Ministerio de Hacienda. Se expone, además, que no se tuvo en cuenta la voz de Carolina Rentería, exdirectora del Departamento de Planeación Nacional (DNP), quien aseguró que no hubo irregularidad alguna en la inscripción del proyecto AIS en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional (BPIN), ni en la inclusión de esa política en un documento Conpes para generar recursos en el presupuesto de la nación de 2006.
“Si la Sala de Decisión llamada a resolver esta impugnación examina y decanta todas las pruebas echadas de menos, se dará cuenta de que, por parte del exministro y con respecto a los recursos apropiados para 2007 de AIS, nunca existió el tal designio de gastarlos en forma inmediata sin adelantar la planeación imprescindible para concretar su inversión responsable”, exponen en la impugnación y añaden que está claro que Arias no empezó “atropelladamente y sin planeación” la ejecución del AIS en enero de 2007, aún más cuando fue el propio expresidente quien entregó órdenes a varias personas de participar en el diseño y poner en marcha la nueva política.
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“En síntesis, lo que el fallo quiso confeccionar como un proclive y reprochable afán del exministro Arias mutilando la prueba no es nada distinto al cumplimiento de un mandato que el Ministerio de Agricultura recibió del alto Gobierno a través del Consejo Nacional de Política Económica y Social, consistente en que los recursos presupuestados para el Programa AIS en 2007, incluidos aquellos para su módulo de riego, se ejecutaran en su totalidad durante la misma vigencia de 2007”, concluye la defensa.
Ahora, con el recurso bajo estudio para emitir sentencia en segunda instancia, Arias espera que la sala le dé por fin la razón y pueda salir totalmente libre del Cantón Norte del Ejército, en Bogotá. Tal ha sido su lucha por lograr una segunda evaluación, que logró que la Corte Constitucional fallara una histórica tutela a su favor, la cual resultó en un cambio de relevancia dentro de los procesos penales contra aforados: ministros, congresistas y procuradores generales, entre otros. Gracias a Arias, desde 2020, todos los condenados por la Corte Suprema tienen derecho a una segunda oportunidad. Este año se podría saber si Chaverra se inclina por absolverlo o confirmar su culpabilidad.