Así evadió el Ejército a la justicia en casos de falsos positivos, según la JEP
La Sala de Reconocimiento de la JEP le imputó cargos a un general y a otros nueve uniformados en el macrocaso de los falsos positivos en el Catatumbo. Según la investigación, para evadir los procesos penales y disciplinarios por los asesinatos, se habrían quemado expedientes, coordinado versiones para mantener la misma historia entre varios uniformados y hasta hay registros de asesinatos a testigos claves.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) acaba de tomar una de las primeras decisiones de fondo sobre uno de los asuntos más espinosos del conflicto colombiano y que vuelve a poner en el ojo del huracán la actuación del Ejército: la ejecución extrajudicial de civiles que luego fueron reportados por la Fuerza Pública como miembros de grupos al margen de la ley, crímenes conocidos comúnmente como falsos positivos. La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de esta justicia especial le imputó cargos al general (r) del Ejército Paulino Coronado, a otros nueve militares y a un civil por 120 casos de “asesinatos y desapariciones presentadas como bajas en combate” ocurridos en el Catatumbo entre 2007 y 2008.
Le podría interesar: JEP imputa a un general y nueve militares más por falsos positivos en Catatumbo
En el documento de 284 páginas, esta Sala de la JEP detalló no solamente cómo se estructuró el plan criminal por parte de los uniformados, sino que dio detalles de cómo funcionó la estrategia de estos soldados para que, hasta la justicia ordinaria y la militar, les ayudara a mantener en silencio y en la impunidad los asesinatos que hoy son reconocidos como crímenes de guerra y de lesa humanidad. Según este documento de imputación de cargos, el plan constaba de varias etapas: “Una estrategia judicial dirigida a asegurar la consistencia y coherencia del reporte de la baja en combate y dar base sólida a la misma ante cualquier investigación judicial y disciplinaria; y una estrategia que a través de la fuerza y la intimidación asegurarían que ningún testigo y ningún familiar de las víctimas pudiera esclarecer lo ocurrido”.
(En contexto: Falsos positivos en la JEP: 78% de las víctimas en el gobierno Uribe)
Como la propia Sala admite, se retomaron hechos que la justicia ordinaria ya había reconstruido, pero que no tuvieron mayor avance en a judicialización de uniformados. Por ejemplo la JEP explica en el documento que el encubrimiento y la legalización de los asesinatos inició con la alteración de la escena del crimen con el fin de poder reportar la baja en combate. Para tal fin, las muertes de 2008 siguieron utilizando el denominado “kit de legalización” que ya había sido perfeccionado en 2007 y que incluía la colocación de armas junto a los cuerpos de las víctimas y gastar munición para simular un combate. Estos crímenes ocurrieron en los municipios de Ábrego, Convención, El Carmen, El Tarra, Hacarí, La Playa, Ocaña, San Calixto, Sardinata, Teorama y Tibú.
De acuerdo con la investigación de la JEP, en 2008 las armas fueron compradas en el mercado negro, algunas veces por miembros de la tropa u otras por terceros civiles reclutadores, e incluso hubo intercambio de armas entre la Brigada Móvil 15 (BRIM15) y el Batallón de Infantería No. 15 General Francisco de Paula Santander (BISAN) de Ocaña para legalizar muertes. El cabo primero Néstor Guillermo Gutiérrez Salazar, excomandante de escuadra en la BRIM15, le contó a la JEP que en una oportunidad él compró un arma a Fabio Sanjuán Santiago quien era un reclutador de víctimas. Y en otra ocasión, él mismo le compró el arma a un desmovilizado paramilitar y luego a un coronel de apellido Castro, a quien le pagó $800.000 por el arma.
La Sala agregó que “Alexander Carretero (tercero civil que trabajó como colaborador de las dos estructuras militares) señaló que en una oportunidad le entregaron el dinero para que él mismo consiguiera un arma que pudiera ser usada para reportar una baja en combate. Adicionalmente, en el BISAN continuó operando en el 2008 una suerte de armerillo en donde los miembros de la sección segunda (o sección de inteligencia) podían disponer de armas y municiones, lo que podría explicar por qué en el informe de la comisión transitoria del MG Suárez se concluyó que el registro de armamento estaba mal administrado y era evidente que habían perdido material de guerra como granadas”.
Cuando la JEP menciona a la comisión transitoria MG Suarez se refieren a una comitiva que emitió un informe de 2008 con el fin de recomendar una serie de medidas administrativas sobre las presuntas desapariciones forzadas y homicidios en las jurisdicciones de la Segunda y Séptima División del Ejército. El auto de la JEP también señala que el papeleo de las órdenes de operaciones hacía parte de un encubrimiento, el cual incluía la producción de documentos falsos por parte de la comandancia de la BRIM15 y el BISAN, así como de las secciones de inteligencia y los jefes de operaciones.
El mayor Juan Carlos Chaparro Chaparro, excomandante del BISAN, le dijo a la JEP que muchas veces la tropa salía a realizar una operación sin haber tenido previamente la respectiva orden de operaciones o misión táctica, por lo que con posterioridad a los hechos él debía completar estos documentos para así tener “todo al día. Es decir, en las unidades militares del Catatumbo estaba normalizado que se realizaran operaciones militares sin cumplir debidamente con el ciclo operacional que exige la doctrina militar, lo cual era conocido por los comandantes y los jefes de operaciones dado que ellos mismos dirigen dicho ciclo”.
La mano de abogados
La Sala también da cuenta que hubo un encubrimiento jurídico a través del uso de testigos falsos y la unificación de versiones entre los miembros de la Fuerza Pública. “Para ello fue esencial la labor de las asesoras jurídicas de la BRIM15 y el BISAN, quienes fueron contratadas para representar a los suboficiales que participaron en los hechos ante la justicia penal militar, ante los órganos de control disciplinario y ante la justicia ordinaria. Así, por ejemplo, la abogada Hilda Lorena Leal Castaño actuando en representación de los miembros del BISAN, habría dado instrucciones a miembros de la tropa para coordinar una sola versión de los hechos”.
La JEP dice que “(Leal Castaño) habría estado presente en diligencias ante Fiscalía General de la Nación en la que se escucharon testimonios de personas que señalaban a las víctimas de pertenecer a grupos armados al margen de la ley, lo cual el día de hoy está plenamente controvertido y por tanto sirve de indicio para concluir que dichos testigos eran falsos. Además, las víctimas resaltaron en sus observaciones que la misma asesora jurídica que defendió a la tropa ante la justicia penal militar y la justicia ordinaria, luego fue defensora de los coroneles de la BRIM15. Este encubrimiento judicial incluyó también la destrucción de evidencia física y material probatorio con el fin de dilatar los procesos judiciales”.
Sobre este último punto, en cuanto a la destrucción de pruebas, la JEP dice que, por ejemplo, el registro personal que llevaba Sandro Pérez como oficial de inteligencia del BISAN y que incluía actas informales de pago a los civiles reclutadores de víctimas, fueron incineradas por orden del coronel Tamayo. También dice la Sala que Jhon Lewi Rivas Palacios -quien era miembro de la sección de inteligencia del BISAN- en diligencia ante la Fiscalía señaló que en 2012 en las instalaciones militares fue víctima de dos hurtos de los cuales perdió amplia documentación y una USB sobre su paso por el BISAN.
“Adicionalmente se montó una estrategia coercitiva de intimidación y violencia ejercida contra toda persona que pudiera dar a conocer la realidad de lo ocurrido. Esta estrategia giró en torno a la intimidación e incluso la muerte a testigos que pudieran denunciar lo ocurrido. De un lado, los terceros civiles reclutadores fueron amenazados por parte de miembros de la BRIM15 y el BISAN e incluso al menos dos de ellos fueron asesinados: Fabio Sanjuán Santiago y Yair Fernando Mejía. Los miembros de la Fuerza Pública que denunciaron o querían denunciar lo ocurrido murieron sospechosamente o fueron amenazados: el sargento Muñoz Rodríguez murió después de haber denunciado ante la Fiscalía y Carlos Mora, Jhon Lewis Rivas y Alexander Rodríguez, quienes denunciaron lo ocurrido han sido amenazados”, agregó la JEP.
Sobre la imputación de la JEP, el presidente de la Asociación Colombiana de Oficiales Retirados de las Fuerzas Militares (Acore), John Marulanda, le dijo a Noticias Caracol que: “No puede la JEP decir que existió una política institucional del conteo de cuerpos, una doctrina que nunca funcionó en Colombia y que fue caracterizada por los Estados Unidos en su intervención en Vietnam. Pero también nos asombra y nos desconcierta que la JEP diga ahora que hubo un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, lo cual contradice reiteradamente las persistentes estadísticas de organizaciones internacionales que demuestran que la Fuerza Pública, el Ejército Nacional, es la institución más apreciada por los colombianos”.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) acaba de tomar una de las primeras decisiones de fondo sobre uno de los asuntos más espinosos del conflicto colombiano y que vuelve a poner en el ojo del huracán la actuación del Ejército: la ejecución extrajudicial de civiles que luego fueron reportados por la Fuerza Pública como miembros de grupos al margen de la ley, crímenes conocidos comúnmente como falsos positivos. La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de esta justicia especial le imputó cargos al general (r) del Ejército Paulino Coronado, a otros nueve militares y a un civil por 120 casos de “asesinatos y desapariciones presentadas como bajas en combate” ocurridos en el Catatumbo entre 2007 y 2008.
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En el documento de 284 páginas, esta Sala de la JEP detalló no solamente cómo se estructuró el plan criminal por parte de los uniformados, sino que dio detalles de cómo funcionó la estrategia de estos soldados para que, hasta la justicia ordinaria y la militar, les ayudara a mantener en silencio y en la impunidad los asesinatos que hoy son reconocidos como crímenes de guerra y de lesa humanidad. Según este documento de imputación de cargos, el plan constaba de varias etapas: “Una estrategia judicial dirigida a asegurar la consistencia y coherencia del reporte de la baja en combate y dar base sólida a la misma ante cualquier investigación judicial y disciplinaria; y una estrategia que a través de la fuerza y la intimidación asegurarían que ningún testigo y ningún familiar de las víctimas pudiera esclarecer lo ocurrido”.
(En contexto: Falsos positivos en la JEP: 78% de las víctimas en el gobierno Uribe)
Como la propia Sala admite, se retomaron hechos que la justicia ordinaria ya había reconstruido, pero que no tuvieron mayor avance en a judicialización de uniformados. Por ejemplo la JEP explica en el documento que el encubrimiento y la legalización de los asesinatos inició con la alteración de la escena del crimen con el fin de poder reportar la baja en combate. Para tal fin, las muertes de 2008 siguieron utilizando el denominado “kit de legalización” que ya había sido perfeccionado en 2007 y que incluía la colocación de armas junto a los cuerpos de las víctimas y gastar munición para simular un combate. Estos crímenes ocurrieron en los municipios de Ábrego, Convención, El Carmen, El Tarra, Hacarí, La Playa, Ocaña, San Calixto, Sardinata, Teorama y Tibú.
De acuerdo con la investigación de la JEP, en 2008 las armas fueron compradas en el mercado negro, algunas veces por miembros de la tropa u otras por terceros civiles reclutadores, e incluso hubo intercambio de armas entre la Brigada Móvil 15 (BRIM15) y el Batallón de Infantería No. 15 General Francisco de Paula Santander (BISAN) de Ocaña para legalizar muertes. El cabo primero Néstor Guillermo Gutiérrez Salazar, excomandante de escuadra en la BRIM15, le contó a la JEP que en una oportunidad él compró un arma a Fabio Sanjuán Santiago quien era un reclutador de víctimas. Y en otra ocasión, él mismo le compró el arma a un desmovilizado paramilitar y luego a un coronel de apellido Castro, a quien le pagó $800.000 por el arma.
La Sala agregó que “Alexander Carretero (tercero civil que trabajó como colaborador de las dos estructuras militares) señaló que en una oportunidad le entregaron el dinero para que él mismo consiguiera un arma que pudiera ser usada para reportar una baja en combate. Adicionalmente, en el BISAN continuó operando en el 2008 una suerte de armerillo en donde los miembros de la sección segunda (o sección de inteligencia) podían disponer de armas y municiones, lo que podría explicar por qué en el informe de la comisión transitoria del MG Suárez se concluyó que el registro de armamento estaba mal administrado y era evidente que habían perdido material de guerra como granadas”.
Cuando la JEP menciona a la comisión transitoria MG Suarez se refieren a una comitiva que emitió un informe de 2008 con el fin de recomendar una serie de medidas administrativas sobre las presuntas desapariciones forzadas y homicidios en las jurisdicciones de la Segunda y Séptima División del Ejército. El auto de la JEP también señala que el papeleo de las órdenes de operaciones hacía parte de un encubrimiento, el cual incluía la producción de documentos falsos por parte de la comandancia de la BRIM15 y el BISAN, así como de las secciones de inteligencia y los jefes de operaciones.
El mayor Juan Carlos Chaparro Chaparro, excomandante del BISAN, le dijo a la JEP que muchas veces la tropa salía a realizar una operación sin haber tenido previamente la respectiva orden de operaciones o misión táctica, por lo que con posterioridad a los hechos él debía completar estos documentos para así tener “todo al día. Es decir, en las unidades militares del Catatumbo estaba normalizado que se realizaran operaciones militares sin cumplir debidamente con el ciclo operacional que exige la doctrina militar, lo cual era conocido por los comandantes y los jefes de operaciones dado que ellos mismos dirigen dicho ciclo”.
La mano de abogados
La Sala también da cuenta que hubo un encubrimiento jurídico a través del uso de testigos falsos y la unificación de versiones entre los miembros de la Fuerza Pública. “Para ello fue esencial la labor de las asesoras jurídicas de la BRIM15 y el BISAN, quienes fueron contratadas para representar a los suboficiales que participaron en los hechos ante la justicia penal militar, ante los órganos de control disciplinario y ante la justicia ordinaria. Así, por ejemplo, la abogada Hilda Lorena Leal Castaño actuando en representación de los miembros del BISAN, habría dado instrucciones a miembros de la tropa para coordinar una sola versión de los hechos”.
La JEP dice que “(Leal Castaño) habría estado presente en diligencias ante Fiscalía General de la Nación en la que se escucharon testimonios de personas que señalaban a las víctimas de pertenecer a grupos armados al margen de la ley, lo cual el día de hoy está plenamente controvertido y por tanto sirve de indicio para concluir que dichos testigos eran falsos. Además, las víctimas resaltaron en sus observaciones que la misma asesora jurídica que defendió a la tropa ante la justicia penal militar y la justicia ordinaria, luego fue defensora de los coroneles de la BRIM15. Este encubrimiento judicial incluyó también la destrucción de evidencia física y material probatorio con el fin de dilatar los procesos judiciales”.
Sobre este último punto, en cuanto a la destrucción de pruebas, la JEP dice que, por ejemplo, el registro personal que llevaba Sandro Pérez como oficial de inteligencia del BISAN y que incluía actas informales de pago a los civiles reclutadores de víctimas, fueron incineradas por orden del coronel Tamayo. También dice la Sala que Jhon Lewi Rivas Palacios -quien era miembro de la sección de inteligencia del BISAN- en diligencia ante la Fiscalía señaló que en 2012 en las instalaciones militares fue víctima de dos hurtos de los cuales perdió amplia documentación y una USB sobre su paso por el BISAN.
“Adicionalmente se montó una estrategia coercitiva de intimidación y violencia ejercida contra toda persona que pudiera dar a conocer la realidad de lo ocurrido. Esta estrategia giró en torno a la intimidación e incluso la muerte a testigos que pudieran denunciar lo ocurrido. De un lado, los terceros civiles reclutadores fueron amenazados por parte de miembros de la BRIM15 y el BISAN e incluso al menos dos de ellos fueron asesinados: Fabio Sanjuán Santiago y Yair Fernando Mejía. Los miembros de la Fuerza Pública que denunciaron o querían denunciar lo ocurrido murieron sospechosamente o fueron amenazados: el sargento Muñoz Rodríguez murió después de haber denunciado ante la Fiscalía y Carlos Mora, Jhon Lewis Rivas y Alexander Rodríguez, quienes denunciaron lo ocurrido han sido amenazados”, agregó la JEP.
Sobre la imputación de la JEP, el presidente de la Asociación Colombiana de Oficiales Retirados de las Fuerzas Militares (Acore), John Marulanda, le dijo a Noticias Caracol que: “No puede la JEP decir que existió una política institucional del conteo de cuerpos, una doctrina que nunca funcionó en Colombia y que fue caracterizada por los Estados Unidos en su intervención en Vietnam. Pero también nos asombra y nos desconcierta que la JEP diga ahora que hubo un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, lo cual contradice reiteradamente las persistentes estadísticas de organizaciones internacionales que demuestran que la Fuerza Pública, el Ejército Nacional, es la institución más apreciada por los colombianos”.