Así funcionan las interceptaciones de comunicaciones en Colombia
A propósito del escándalo por las chuzadas, cuya víctima fue la niñera de la exjefa de gabinete del gobierno de Gustavo Petro, El Espectador habló con expertos para explicar cómo funcionan este tipo de interceptaciones telefónicas, cuándo son legales y los principales problemas de esta forma de vigilancia.
Las “chuzadas” vuelven a sonar en Colombia después de la más reciente polémica dentro del gobierno de Gustavo Petro. Se trata de unas interceptaciones telefónicas ilegales en las que las autoridades investigan si estaría involucrada su exjefa de gabinete, Laura Sarabia. La Fiscalía confirmó que la Dijín de la Policía escuchó ilegalmente las llamadas de dos exempleadas de Sarabia, una de ellas Marelbys Meza, la niñera de su hijo. Esta mujer también contó que fue sometida, supuestamente, a maltrato durante una prueba de polígrafo, después de tomarla por sospechosa de un millonario hurto dentro de la casa de la exjefa del gabinete presidencial. Mientras las autoridades investigan las responsabilidades en este caso, en el trasfondo hay un tema recurrente en la historia judicial del país: las interceptaciones de comunicaciones.
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Las “chuzadas” vuelven a sonar en Colombia después de la más reciente polémica dentro del gobierno de Gustavo Petro. Se trata de unas interceptaciones telefónicas ilegales en las que las autoridades investigan si estaría involucrada su exjefa de gabinete, Laura Sarabia. La Fiscalía confirmó que la Dijín de la Policía escuchó ilegalmente las llamadas de dos exempleadas de Sarabia, una de ellas Marelbys Meza, la niñera de su hijo. Esta mujer también contó que fue sometida, supuestamente, a maltrato durante una prueba de polígrafo, después de tomarla por sospechosa de un millonario hurto dentro de la casa de la exjefa del gabinete presidencial. Mientras las autoridades investigan las responsabilidades en este caso, en el trasfondo hay un tema recurrente en la historia judicial del país: las interceptaciones de comunicaciones.
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¿Cuándo son legales? ¿Quién las puede ordenar? ¿Quién las vigila? Para contestar estas y otras preguntas, El Espectador habló con expertos sobre el tema para entender el contexto en el que sucede este escándalo que terminó con la salida de Sarabia del gobierno y sembró un manto de duda sobre quiénes realmente están interceptados por las autoridades. Para empezar, la interceptación de una comunicación se puede dar en el marco de una investigación penal y únicamente puede ser ordenada por un juez. La decisión de revisar las comunicaciones no solo se refiere a que un tercero escuche una conversación telefónica privada: también se pueden intervenir comunicaciones por correo electrónico o de mensajes enviados por dispositivos móviles o por computadores.
Así, las interceptaciones son acciones que se realizan en el marco del proceso judicial para adquirir información relevante sobre delitos graves. “Su propósito es corroborar que se estén cometiendo los delitos; corroborar la identidad de las personas que están participando y otras labores de confirmación de datos”, explica el abogado penalista y exfiscal, Iván Lombana. De esta manera, las personas que pueden solicitar las interceptaciones son los policías judiciales o los fiscales, pero siempre deben presentar un documento con suficientes argumentos que justifiquen por qué las personas y las líneas telefónicas que serán escuchadas por los investigadores del caso son importantes dentro de una investigación.
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Esta labor investigativa, sin embargo, tiene sus bemoles: escuchar una comunicación es una violación al derecho a la intimidad que se encuentra amparado en la Constitución. “Esto significa que todas las comunicaciones están protegidas, excepto en los casos en los que se permita, por medio de una ley y con control judicial, el acceso a esas comunicaciones (artículo 15 de la Constitución). Por esta razón, la Fiscalía, a través del CTI, es una de las autoridades que puede “meterse” en las comunicaciones de las personas únicamente para encontrar pruebas de un delito (artículo 250 de la Constitución)”, así lo explicó el abogado investigador Juan Diego Castañeda de la Fundación Karisma para Cerosetenta, en 2019.
Interceptar las comunicaciones es, entonces, transgredir ese derecho a la intimidad y poner por encima las necesidades de una investigación judicial. Al respecto, el abogado penalista Francisco Bernate explica que “la intimidad en las comunicaciones es un derecho que protege la intimidad de las personas en su domicilio, en sus comunicaciones, en su vida familiar y en su vida íntima”. Ante la violación de este derecho, se anteceden múltiples requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Penal. Por ello, a la hora de que un juez apruebe una interceptación, el fiscal o el policía judicial que se encuentre investigando “debe tener unos motivos fundados para considerar que una persona que es titular de una línea celular puede estar en la comisión de delitos”, señala Bernate.
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Con lo anterior se refiere a que los investigadores deben escribir un documento donde expliquen cuáles son los motivos que los lleva a tomar la decisión de interceptar una línea de celular. Además, debe confirmar que las identidades y los números sí sean de las personas que serán “chuzadas”. Cuando el fiscal general Francisco Barbosa anunció las interceptaciones de las dos empleadas de la exjefa de gabinete, el 1 de junio del 2023, dijo que “las chuzadas habían vuelto a Colombia”, y las comparó con los episodios más oscuros de la inteligencia colombiana contra civiles inocentes”.
“Es un caso que nos pone de nuevo en el peor escenario histórico y es la violación de derechos humanos, incluso previo a la Constitución de 1991. Prácticas como las del F2 e incluso del DAS, que generaron el cierre de esas instituciones, han vuelto a Colombia en el marco de estos procedimientos”, expresó el fiscal Barbosa. Un día después, el presidente Gustavo Petro, también calificó las chuzadas como violaciones de derechos humanos, además dijo que durante su mandato “no las permite, ni las ha hecho, ni las hará”.
El riesgo de que se den interceptaciones ilegales a las comunicaciones, así como en el caso de Sarabia está, según el abogado Lombana, en la falta de controles en el proceso de documentación para ordenar tales intervenciones. Por ello, se deberían aumentar tales controles y mirar detalladamente para minimizar el riesgo de que se den de forma ilegal, expresó el exfiscal. “Si hay una conducta decidida de funcionarios que esté dirigida a intervenir comunicaciones, es difícil impedir la interceptación, pero deben existir controles para intentar evitarlo”, afirmó el abogado. Hasta ahora, la Fiscalía ha anunciado que llamará a interrogatorio a tres patrulleros y a un intendente de la Policía dentro de este caso de las interceptaciones ilegales, así como a la exjefa de gabinete, Laura Sarabia.
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