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Colombia es responsable del secuestro y posterior violencia sexual que sufrió la periodista Jineth Bedoya mientras fue reportera de El Espectador en mayo del 2000, así lo determinó en las últimas horas la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en un fallo que también incluye varias medidas de reparación a favor de la reconocida comunicadora. En su decisión, el tribunal internacional ordenó. por ejemplo, la financiación de la campaña de denuncia de Bedoya llamado No es hora de callar, crear un centro de memoria para las víctimas de violencia sexual en el conflicto armado e impulsar investigaciones judiciales para establecer quiénes estuvieron detrás de lo ocurrido.
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En su fallo, la Corte IDH dijo que “ha considerado la necesidad de otorgar diversas medidas de reparación a fin de resarcir los daños de manera integral por lo que, además de las compensaciones pecuniarias, las medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición tienen especial relevancia por los daños ocasionados”. En este caso particular la Corte consideró como “parte lesionada” a Jineth Bedoya y a su madre Luz Nelly Lima quienes, según el tribunal internacional, “en su carácter de víctimas de las violaciones declaradas en el capítulo VIII, serán beneficiarias de las reparaciones que la Corte ordene”. Y, por los hechos, el Estado ordenó estas reparaciones:
Beca anual y programa No es hora de callar
En las medidas de reparación que solicitaba Bedoya se incluía el pago de una beca anual de posgrado “para contribuir al desarrollo del trabajo del Observatorio de Medios y Género de la Universidad Central y la campaña ´No Es Hora de Callar´ durante los próximos cinco años”. Sin embargo, el Estado colombiano se opuso a esta petición diciendo que “cuenta con el Observatorio de Memoria y Conflicto del Centro Nacional de Memoria Histórica y que, por tanto, la medida no era necesaria”.
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Por otra parte, la defensa de la periodista pidió como medida de reparación la difusión y financiación de un programa con el que se concientice sobre los derechos de las mujeres. Ante esto, el tribunal internacional dijo que dentro de las condiciones está que “el Estado asegure la producción y difusión del programa tras-media ´No es hora de callar´”, el cual deberá ser transmitido en medios públicos. La duración del programa, según la orden de la Corte, “comprenda al menos 60 minutos mensuales durante 5 años con el fin de generar conciencia los derechos de las mujeres el ejercicio del periodismo en Colombia”.
Centro de memoria y dignificación de mujeres víctimas
Jineth Bedoya solicitó a la Corte IDH que, como medida de reparación, se cerrar la cárcel Modelo de Bogotá, lugar donde adelantó las investigaciones para El Espectador sobre la guerra que libraba el paramilitarismo y la guerrilla en esa cárcel. A ese penal fue citada el 25 de mayo de 2000 por un emisario del paramilitarismo para recopilar información para su trabajo, cuando a la entrada de la cárcel fue secuestrada.
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Aunque la petición de cerrar el penal no fue concedida, se le ordenó al Estado colombiano la construcción de un “centro estatal de memoria y dignificación de todas las mujeres víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado y del periodismo investigativo con un reconocimiento específico a la labor de las mujeres periodistas”. Dicho proyecto, según la orden del tribunal internacional llevará el nombre de “Centro investigativo No es Hora de Callar”. Igualmente, dijo la Corte, “en todas las cuestiones relativas a la organización y actividades del centro se deberá contar con la participación de mujeres representantes de organizaciones de la sociedad civil que trabajen en la temática del centro”.
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Dentro de la orden de la Corte IDH se especifica que la constitución y entrada en funcionamiento del Centro debe ser realizada por el Estado “en un período no mayor a 18 meses”. Asimismo, el tribunal internacional dijo que “el Estado deberá remitir anualmente un informe detallado sobre el estado del Fondo, así como sobre las acciones ejecutadas con cargo a él, durante cinco años a partir de la emisión y remisión a la Corte del primer informe”.
Divulgación de datos sobre violencia de género
La Corte le dijo al Estado colombiano que era necesario “recolectar información integral sobre violencia basada en género y violencia sexual contra periodistas para dimensionar la magnitud real de este fenómeno y, en virtud de ello, diseñar las estrategias para prevenir y erradicar nuevos actos de violencia y discriminación”. Por ello, le ordenó a Estado que diseñara e implementara, en un plazo máximo de un año, un sistema de recopilación de datos y cifras vinculadas a casos de violencia contra periodistas, “así como de violencia basada en género contra mujeres periodistas”.
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Así mismo, según la el tribunal internacional, “deberá especificar la cantidad de casos que fueron efectivamente judicializados, identificando el número de acusaciones, condenas y absoluciones”. Toda esta información tendrá que ser difundida cada año en un informe que será de conocimiento público, pero reservando la identidad de las víctimas. Por último, ordenó la Corte IDH, “el Estado deberá presentar a la Corte un informe anual durante tres años a partir de la implementación del sistema de recopilación de datos, en el que indique las acciones que se han realizado para tal fin”.
Capacitación al personal de justicia
Otra de las reparaciones ordenadas por el tribunal internacional fue la capacitación que deberá hacer el Estado a los funcionarios de justicia. Para la Corte, aunque dijo valorar el esfuerzo que ha hecho el estado en capacitaciones con enfoque de género, ordenó “crear e implementar, en el plazo de dos años, un plan de capacitación y sensibilización a funcionarios públicos, fuerzas de seguridad y operadores de justicia para garantizar que cuenten con los conocimientos necesarios para identificar actos y manifestaciones de violencia contras las mujeres basadas en el género”.
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Adicionalmente, la Corte ordenó que estas capacitaciones ser harán para identificar las violencias “que afectan a las mujeres periodistas”. Con esto, según el tribunal internacional, buscan “protegerlas en situación de peligro e investigar y enjuiciar a los perpetradores, incluida a través de la provisión de herramientas y capacitación sobre aspectos técnicos y jurídicos de este tipo de delitos”.
Para llegar a esta sentencia histórica y a estas medidas de reparación, fue necesario que un grupo de abogados especializados entraran a revisar cómo, durante más de 15 años, el Estado y la justicia le seguían fallando a Jineth Bedoya y a su madre, Luz Nelly Lima. Por el caso, en junio de 2011, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) presentó el caso ante la CIDH, alegando la responsabilidad internacional de Colombia por los vejámenes sufridos por la periodista y su madre, víctimas de amenazas y persecuciones. Al año de presentada la solicitud, la CIDH aprobó el estudio del caso. En diciembre de 2018 concluyó que el Estado fue responsable de las distintas violaciones a los derechos humanos sufridos por Bedoya.
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