Barbosa no suspenderá órdenes de captura del Clan del Golfo y frena plan de Petro
El “no” se lo dio el ente acusador a través de una misiva que firmó la vicefiscal Martha Mancera. En el documento dirigido al comisionado de paz, Danilo Rueda, expone que la ley no otorga un estatus político a la estructura criminal. Fiscal explica su decisión en entrevista con Ricardo Ospina, en Meridiano Blu.
En un documento de siete páginas, la Fiscalía le dijo “no” al Gobierno de Gustavo Petro respecto de levantar las órdenes de captura en contra de miembros del Clan del Golfo. La solicitud la hizo la administración actual, en el marco del sometimiento a la justicia que está negociando con el grupo criminal. En la misiva, firmada por la vicefiscal Martha Marcera, se lee que el grupo que lideraba Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, no tiene un estatus político para conceder inmunidad en esa materia.
En una extensa entrevista con Ricardo Ospina, director de Meridiano Blu, de Blu Radio, el fiscal explicó en detalle las razones de su decisión y se despachó sobre el tema. “Yo no soy amanuense del señor presidente de la República”, aclaró, para luego señalar que “no voy a pasar a la historia como aquel que le validó sin razones jurídicas y sin ningún tipo de consideración las liberaciones a personas que son (de) organizaciones criminales, que además son los que han matado a los líderes sociales y a los reincorporados en los últimos años”. Según el fiscal, el departamento de Justicia de Estados Unidos, con cuyas cabezas se reunirá en los próximos días, está muy preocupado por el tema.
Lea: Violencia va en aumento, pero hubo transición pacífica de poder: HRW sobre Colombia
En el documento, el ente acusador le aclara al alto comisionado para la paz, Danilo Rueda, que la ley 2272 de 2022 limita al Gobierno Nacional para reconocer un estatus político a organizaciones criminales. “La ley no habilita al Gobierno Nacional para adelantar negociaciones o diálogos para celebrar acuerdos de paz con Grupos Armados Organizados sin carácter político ni con estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto. En otras palabras, estas organizaciones únicamente pueden someterse a la justicia”, dice el documento.
Otras noticias: Piden al Gobierno intervenir Montes de María por abusos del Clan del Golfo
La Fiscalía fue clara en mencionar que los Grupos Armados Organizados, como las extintas Farc, los Grupos Armados Organizados (GAO) y las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto no pueden tener los mismos tratamientos judiciales, penales y penitenciarios. “No es procedente, por parte de la Fiscalía General de la Nación como autoridad judicial, aplicar el Decreto 1081 de 2015, puesto que este está dirigido única y exclusivamente a los procesos de negociación y diálogo con Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley (GAOML) a los que se reconoce estatus político”, dice la misiva.
“Desde el punto de vista jurídicopenal, que es el que vincula a la Fiscalía General de la Nación, las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada (ACSN) y del Clan del Golfo (autodenominado como Agc) no tienen un estatus político. La jurisprudencia ha precisado que las estructuras paramilitares carecen de un carácter político. Así, la Corte Constitucional ha dicho que los grupos paramilitares, que por medios ilegales han buscado apoyar ilegítimamente al Estado, tampoco pueden ser considerados delincuentes políticos”, dice el documento.
El ente investigador señaló también que las reglas para suspender órdenes de captura a miembros de grupos armados organizados de carácter político, por ejemplo el Eln, con los que se adelanten diálogos en los que se pactarían acuerdos de paz, no son las mismas que rigen para estructuras criminales con vocación de sometimiento a la justicia.
“Frente a las primeras, es razonable centralizar en la Fiscalía, pilar de la política criminal en Colombia, la concesión de los beneficios necesarios para proceder con esa negociación. No ocurre lo mismo con integrantes de grupos armados que deben someterse a la justicia ordinaria”, puntualizó el ente investigador.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
En un documento de siete páginas, la Fiscalía le dijo “no” al Gobierno de Gustavo Petro respecto de levantar las órdenes de captura en contra de miembros del Clan del Golfo. La solicitud la hizo la administración actual, en el marco del sometimiento a la justicia que está negociando con el grupo criminal. En la misiva, firmada por la vicefiscal Martha Marcera, se lee que el grupo que lideraba Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, no tiene un estatus político para conceder inmunidad en esa materia.
En una extensa entrevista con Ricardo Ospina, director de Meridiano Blu, de Blu Radio, el fiscal explicó en detalle las razones de su decisión y se despachó sobre el tema. “Yo no soy amanuense del señor presidente de la República”, aclaró, para luego señalar que “no voy a pasar a la historia como aquel que le validó sin razones jurídicas y sin ningún tipo de consideración las liberaciones a personas que son (de) organizaciones criminales, que además son los que han matado a los líderes sociales y a los reincorporados en los últimos años”. Según el fiscal, el departamento de Justicia de Estados Unidos, con cuyas cabezas se reunirá en los próximos días, está muy preocupado por el tema.
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En el documento, el ente acusador le aclara al alto comisionado para la paz, Danilo Rueda, que la ley 2272 de 2022 limita al Gobierno Nacional para reconocer un estatus político a organizaciones criminales. “La ley no habilita al Gobierno Nacional para adelantar negociaciones o diálogos para celebrar acuerdos de paz con Grupos Armados Organizados sin carácter político ni con estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto. En otras palabras, estas organizaciones únicamente pueden someterse a la justicia”, dice el documento.
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La Fiscalía fue clara en mencionar que los Grupos Armados Organizados, como las extintas Farc, los Grupos Armados Organizados (GAO) y las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto no pueden tener los mismos tratamientos judiciales, penales y penitenciarios. “No es procedente, por parte de la Fiscalía General de la Nación como autoridad judicial, aplicar el Decreto 1081 de 2015, puesto que este está dirigido única y exclusivamente a los procesos de negociación y diálogo con Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley (GAOML) a los que se reconoce estatus político”, dice la misiva.
“Desde el punto de vista jurídicopenal, que es el que vincula a la Fiscalía General de la Nación, las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada (ACSN) y del Clan del Golfo (autodenominado como Agc) no tienen un estatus político. La jurisprudencia ha precisado que las estructuras paramilitares carecen de un carácter político. Así, la Corte Constitucional ha dicho que los grupos paramilitares, que por medios ilegales han buscado apoyar ilegítimamente al Estado, tampoco pueden ser considerados delincuentes políticos”, dice el documento.
El ente investigador señaló también que las reglas para suspender órdenes de captura a miembros de grupos armados organizados de carácter político, por ejemplo el Eln, con los que se adelanten diálogos en los que se pactarían acuerdos de paz, no son las mismas que rigen para estructuras criminales con vocación de sometimiento a la justicia.
“Frente a las primeras, es razonable centralizar en la Fiscalía, pilar de la política criminal en Colombia, la concesión de los beneficios necesarios para proceder con esa negociación. No ocurre lo mismo con integrantes de grupos armados que deben someterse a la justicia ordinaria”, puntualizó el ente investigador.
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