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La victoria judicial que consiguió en la Corte Constitucional en mayo del año pasado el exministro Andrés Felipe Arias, condenado a 17 años de prisión por irregularidades en el manejo del programa Agro Ingreso Seguro, sigue dándole espacio a otros condenados para que la Corte Suprema estudie sus propios expedientes. Esta vez los que obtuvieron el mismo logro fueron Bernardo Moreno y María del Pilar Hurtado, a quienes se les concedió la impugnación especial en sus respectivos procesos por el escándalo de las chuzadas del DAS durante el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez.
En contexto: Corte Suprema condenó a 14 años de prisión a María del Pilar Hurtado por ‘chuzadas’.
De acuerdo con la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, la cual el 28 de abril de 2015 condenó a Moreno y a Hurtado a ocho y 15 años de prisión, respectivamente, ambos podrán acceder a la impugnación especial, que es un recurso judicial que busca el estudio las condenas proferidas en única instancia entre el 30 de enero de 2014 y el 17 de enero de 2018. La consideración del despacho fue clara: la sentencia está dentro de la línea temporal establecida por la Corte Constitucional, cuando se pronunció sobre la acción de tutela elevada por el exministro Arias.
“Esta decisión corresponde al criterio mayoritario de la Sala (…) se escogerá aleatoriamente a un magistrado ponente que conformará la Sala con los dos (2) magistrados que sigan en orden alfabético, quienes surtirán el trámite conforme a lo previsto en el artículo 179 de la Ley 906 de 2004 e indicarán al impugnante la fecha en que inicia el traslado para la sustentación respectiva”, agregó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Antecedentes: Corte Suprema admitió impugnación del exministro Andrés Felipe Arias.
Así las cosas, magistrados de la alta corte estudiarán la posibilidad de absolver o confirmar la sentencia contra María del Pilar Hurtado, exdirectora del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), hallada responsable por los delitos de peculado por apropiación, concierto para delinquir agravado, falsedad ideológica en documento público, violación ilícita de comunicaciones y abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto. De acuerdo con el expediente, como máxima cabeza del DAS se encargó de “chuzar” a periodistas, magistrados, congresistas y opositores del gobierno del entonces presidente Uribe Vélez.
Según la sentencia condenatoria contra Hurtado, desde 2005 la exdirectora del DAS se reunía regularmente con Bernardo Moreno para iniciar campañas de desprestigio contra un grupo determinado de objetivos, de quienes se había obtenido información privilegiada de manera ilegal. Los datos se filtraron sistemáticamente a la prensa que, según la Corte Suprema, sirvió como medio de reproducción de la propaganda buscada por Hurtado y Moreno. Durante la investigación se conoció que los “blancos políticos” eran opositores del gobierno de Álvaro Uribe Vélez, quien siempre ha negado cualquier conexión con este tema.
Entre los capítulos de esa historia está el protagonizado por la detective del DAS Alba Luz Flórez, conocida como la Mata Hari, quien enamoró a un capitán de la policía, el uniformado Julián Leonardo Laverde, que fungía como jefe de seguridad del Congreso, todo para que le ayudara a reclutar fuentes al interior de la Corte Suprema de Justicia. La Mata Hari se logró contactar con el escolta del magistrado Iván Velásquez y con el jefe de seguridad de todos los magistrados de la alta corte.
Tal fue la red de contactos que logró la Mata Hari, como funcionaria del DAS, que incluso reclutó a dos operarias de servicios generales, que servían los tintos en las salas plenas de la Corte Suprema, a quienes se les entregó una pequeña grabadora que debían poner horas antes de las reuniones reservadas, en las cuales los 23 magistrados discutían sus temas del día. La Mata Hari convencía a los oficiales de policía diciéndoles que la Corte Suprema era “enemiga del gobierno Uribe”. Por su parte, María del Pilar Hurtado, durante el proceso, se asiló en Panamá como “perseguida política”, pero finalmente fue condenada por su participación en la red de “chuzadas”.
Por otro lado, Bernardo Moreno, exdirector del Departamento Administrativo de Presidencia (Dapre), quien fue condenado a prisión por ocho años, podrá obtener su libertad o la confirmación de su condena tras ser hallado responsable, en única instancia, por los delitos de concierto para delinquir simple, violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública y abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto. El trabajo de Moreno, según la Corte Suprema, fue conocer las maniobras corruptas del DAS y no denunciar la situación ante las autoridades. Obtuvo una pena más corta por su constante colaboración con la justicia.
En contexto: La historia de un país chuzado.
Sin embargo, aunque Bernardo Moreno pueda salir bien librado de su responsabilidad por el caso “chuzadas” del DAS, aún está inmerso en otro lío judicial, pues el 13 de noviembre pasado la misma Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia lo llamó a juicio por su posible responsabilidad en la “Yidispolítica”, que fue un escándalo en el cual funcionarios del gobierno Uribe Vélez le otorgaron puestos a personas cercanas a la congresista Yidis Medina, para que votara a favor de la reelección del jefe natural del Centro Democrático.
¿Cuál es el fundamento de los recursos aprobados tanto para Hurtado como para Moreno? Un fallo de la Corte Constitucional que data del 21 de mayo de 2020, en la cual se decidió sobre la acción de tutela que André Felipe Arias elevó para impugnar su penalización por Agro Ingreso Seguro, pues en su momento fue condenado en única instancia. De acuerdo con el alto tribunal, aunque la sentencia del exministro goza de validez, las reglas de procedimiento penal en su momento -2014- no permitieron una segunda evaluación de su condena y, por tanto, puede acceder a la denominada “impugnación especial”, tramité que ya se está trabajando en la Corte Suprema.
Así lo celebró Víctor Mosquera, abogado del exministro, cuando la Corte Constitucional decidió sobre la acción de tutela: “Queremos agradecer a la Corte Constitucional por haber salvaguardado un derecho fundamental y por haber reconocido que, a Colombia, en virtud del bloque de constitucionalidad, la comprometen las normas internacionales de derechos humanos, a saber, la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el Pacto de Derechos Civiles y Políticos que establecen esta garantía judicial. Esto es un primer paso para la lucha que se debe llevar a nivel interno, pero es un gran paso para la defensa de los derechos humanos”
::Entre a este enlace para conocer más sobre la “Yidispolítica”::