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Cadena perpetua: distintas posturas jurídicas sobre la decisión de la Corte

En El Espectador consultamos expertos penalistas y constitucionalistas para analizar la decisión de la Corte Constitucional de tumbar la iniciativa de la cadena perpetua para violadores de niños, niñas y adolescentes.

Jhordan C. Rodríguez / jrodriguez@elespectador.com / @JhordanR11
04 de septiembre de 2021 - 02:39 p. m.
Violadores de menores de edad, niños, niñas y adolescentes
Violadores de menores de edad, niños, niñas y adolescentes
Foto: Getty Images - Getty Images

La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió tumbar definitivamente la iniciativa que buscaba imponer cadena perpetua a violadores de niños, niñas y adolescentes en Colombia. Tras la decisión, se han manifestado distintas posturas en las esferas sociales y políticas sobre el tema. En El Espectador expertos constitucionalistas y penalistas dieron su opinión y fundamentos sobre este hecho.

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Tras el anuncio del alto tribunal de tumbar la cadena perpetua en Colombia y el debate que se ha dado sobre el mismo, el abogado penalista Rodrigo Parada desde su experiencia considera que, “más que las penas en Colombia, lo cierto es que el sistema penitenciario no funciona. La pena en Colombia tiene varios fines y entre esos está la resocialización. Si el sistema no funciona, la pena no cumple con el fin”. Así mismo, el penalista le manifestó a El Espectador que, “en Colombia la pena no previene, porque al final de cuentas los delitos se cometen muchas veces en escenarios donde la persona no considera si puede cometer o no un delito”. A su vez, Parada dijo que “ni el sistema carcelario es idóneo, en términos de resocialización, ni el derecho penal termina siendo una herramienta adecuada para este tipo de conductas”.

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“Normativamente en Colombia la cadena perpetua es imposible”, manifestó que abogado a este diario. Igualmente manifestó que, “la pena se le impone como una sanción a quien incumple un contrato social, con esto la persona examina su comportamiento y se busca que se incorpore nuevamente a la sociedad”. Para Parada, la cadena perpetua significaría decirle a la persona, “no importa lo que hagas, nunca vas a reincorporarte (...) una persona que nuca va a poder hacer nada con su vida y eso desconoce todo el concepto de resocialización”.

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Otro de los expertos consultados por este periódico fue el constitucionalista Juan Manuel Charry, que ante la decisión del alto tribunal consideró que, “en Colombia las penas no son disuasivas ni previenen la comisión de un delito”. A su vez, el abogado manifestó, desde su postura, que en el país “no existe una relación entre penas más altas y la disminución en los delitos”, razón por la cual, según Charry, la cadena perpetua realmente no tendría ningún beneficio efectivo.

Para el constitucionalista, la idea de cadena perpetua, como estaba planteada, con oportunidad de revisión a los 25 años de estar cumpliendo la condena, sí ofrecía oportunidad de resocialización, pues, según manifestó, después de ese tiempo se evaluaría su proceso para ver si era apto para volver a la sociedad. Así mismo, consideró Charry, que la reparación a las víctimas con la pena sería posible solo si el victimario tiene la capacidad económica de repararlas, de lo contrario, según el abogado, solo serían reparaciones simbólicas.

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“El tema de la cadena perpetua tiene sus detractores y simpatizantes, discurso de derechos humanos y de los niños, etc., (...) yo creo que la Corte cometió un error porque lo que está haciendo es juzgar el contenido de la reforma con una tesis de que no se puede camiar la esencia de la Constitución, pero no tenemos claro cuál es la esencia”, expresó Charry. “En la práctica lo que estamos haciendo es frenar la reforma a la Constitución, en este caso, con el tema de la cadena perpetua”, manifestó el abogado.

En contexto: Corte Constitucional tumbó la cadena perpetua en Colombia

El también penalista Marlon Díaz, en entrevista con este diario aseguró que para prevenir o castigar conductas violentas contra niños, niñas y adolescentes en el país, “mientras no haya penas adecuada, o por lo menos mejor que la prisión, lo mejor será seguir con las estipuladas en el Código Penal”. A su vez, Díaz respaldó la decisión de la Corte argumentando que la cadena perpetua es violatoria de los Derechos Humanos e implementarla sería “hacer una modificación regresiva a la Constitución”.

“La única manera en que se implementara la cadena perpetua es que se hiciera una nueva Constitución Política”, aseguró el penalista. También así, el abogado dijo que, en este momento, la pena sería completamente incompatible con la idea de resocialización, según expresó, “es absurda la implementación de la cadena perpetua, porque va en contra de uno de los pilares fundamentales que es la resocialización”.

Por Jhordan C. Rodríguez / jrodriguez@elespectador.com / @JhordanR11

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Rolando Antiú(17605)05 de septiembre de 2021 - 11:35 a. m.
La Constitución prohibe taxativamente la cadena perpetua. "Art. 34. Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación." Así de claro.
JAIME(97207)04 de septiembre de 2021 - 10:40 p. m.
Esta desición de la Corte, no es mas que el declibe de la Justicia Colombiana, en sus procederes.
name(61569)04 de septiembre de 2021 - 08:37 p. m.
..inquisición...
name(61569)04 de septiembre de 2021 - 08:36 p. m.
¿Para qué sirvió la inquicisión? ¿para qué sirvieron las terribles torturas que nos describe Foucault en vigilar y castigar ?. Todos los abogados conocen a Cesare Beccaria y su tratado de los delitos y las penas..." No es la crueldad de las penas uno de los más grandes frenos de los delitos, sino la infalibilidad de ellas..."está escrito desde el siglo XVIII, pero no aprendemos.
Martina(79121)04 de septiembre de 2021 - 07:13 p. m.
Y porque no proponen cadena perpetua, muerte política y extinción de de dominio a los corruptos que se roban 50 billones anuales? O los responsables de la cartera investigados por la 'desaparición' de 70 mil millones de pesos en un solo 'contratico'. Todavía piensan que engañan a la gente?
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