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El pasado 20 de julio se radicó nuevamente en el Congreso un proyecto de ley que busca regular el cannabis para usos diferentes del medicinal, una propuesta que parece tener cada vez mayor impulso a nivel mundial. En noviembre del 2020, un proyecto de ley similar se archivó en la Cámara, sin embargo, esta vez la iniciativa aprobó su primer debate en la Comisión Primera. ¿Cómo sería el panorama en términos de seguridad y política? Aquí unas preguntas para entender el debate.
Primera entrega: Claves para entender el debate sobre la regulación del cannabis de uso adulto
¿Una vez regulada, cualquier persona podría comprar cannabis?
No. En ningún país donde se ha regulado el cannabis se permite la libre venta. En todos se restringe quién puede comprarlo, quién puede venderlo, y cómo acceder a él. La principal barrera de acceso es la edad. En los distintos modelos de regulación existentes se estipula claramente una edad mínima, que, en muchos casos, es la misma mayoría de edad.
La edad no es la única barrera de acceso. En la ciudad de Maastricht (Países Bajos), también se exige tener ciudadanía o residencia, antes de poder comparar cannabis o para acceder a los cafés cannábicos. En el caso uruguayo, además de las restricciones de edad, ciudadanía y residencia, se exige un registro previo como comprador.
¿El uso del cannabis y su regulación pueden incrementar el crimen?
No. Aunque existe una creencia generalizada que consumir cannabis u otras drogas causa crimen, la evidencia no sustenta este “lugar común”. Si bien los discursos sobre las drogas tienden a vincular los consumos problemáticos con actividades delictivas como los robos, los estudios empíricos que examinan la relación entre crimen y el consumo de cannabis (y otras drogas) no han encontrado evidencia para establecer causalidad. Estos fenómenos están asociados a dinámicas socioeconómicas y culturales complejas, que van más allá del consumo de drogas en sí.
Por otro lado, la regulación del cannabis no se ha asociado tampoco con aumentos en el crimen. En Estados Unidos, donde se concentra la mayor producción de estudios en este tema, no se han encontrado diferencias significativas en las tasas de criminalidad (delitos contra la propiedad, delitos violentos, asesinatos, asalto agravado, robo y hurto) según el grado en que el estado ha regulado o despenalizado el cannabis. Las investigaciones en Colorado y Washington (los primeros estados en regular el cannabis) muestran que no hubo efectos estadísticos significativos que mostrarán tendencias en las tasas de delincuencia debido a la regulación.
Segunda entrega: Cannabis de uso adulto: análisis sobre el impacto económico y ambiental
Por el contrario, los resultados sugieren que las tasas de estos delitos son más altos en los estados donde el cannabis está completamente prohibido. Esto indica que el efecto inverso (una reducción del crimen por la regulación) también es posible. Sin embargo, la evidencia disponible muestra que ese efecto –si es que existe– ha sido pequeño en EE.UU. Otros países y jurisdicciones no han realizado estudios rigurosos que permitan esclarecer el efecto en el crimen de la regulación.
Si regulamos el cannabis, ¿terminaremos legalizando las demás drogas?
No. Actualmente solo dos países (Uruguay y Canadá) y 15 estados de Estados Unidos y su capital, Washington D.C., han regulado esta sustancia para uso adulto, es decir, han permitido la producción, distribución y venta de cannabis bajo ciertos parámetros establecidos en la ley. Otros como Luxemburgo, México y Nueva Zelanda han abierto el debate para regular esta sustancia. Pero, hasta el momento, ninguno de estos gobiernos ha abierto la discusión sobre regular otras drogas ilícitas como la cocaína, heroína, o éxtasis. En caso de hacerlo, sería un proceso de largo plazo.
La razón de esto tiene que ver con que los cambios y reformas a las políticas de droga suelen darse de manera gradual. La Comisión Global de Política de Drogas señala que la oferta legal y regulada no lleva necesariamente a un aumento en la disponibilidad de drogas, sino a que su control sea transferido formalmente a las autoridades estatales. Para esto es necesario que regular sea un proceso prudente e incremental. Esto permitiría desarrollar la capacidad y la experiencia regulatoria local, y la formación de nuevas normas sociales que mitiguen los riesgos.
En contexto: Proyecto que regula el uso adulto de cannabis pasa a segundo debate
A la fecha, el apoyo de la opinión pública ha sido un factor importante para promover reformas a la política de drogas. Si bien la población está cada vez más abierta a regular el cannabis, no tiene la misma actitud frente a otras sustancias ilícitas. Una encuesta realizada a casi 2.000 personas en Estados Unidos encontró que, si bien el 60% apoyaba la regulación del cannabis, este apoyo no supera el 22% para sustancias como la heroína, cocaína, o el LSD.
En Bogotá, Colombia, una encuesta realizada por el CESED de la Universidad de los Andes muestra que la mayoría de la población considera menos peligroso el cannabis que el alcohol, el tabaco, y otras drogas ilícitas. Sin embargo, no se ha realizado una encuesta lo suficientemente amplia para establecer el nivel de aprobación de la regulación para el cannabis y otras plantas y sustancias ilícitas.
¿Se beneficiaría el sistema judicial con la regulación del cannabis para uso adulto?
Sí. Aunque en un principio es difícil medir el impacto real de este tipo de políticas públicas, varias mediciones han demostrado un beneficio para los sistemas judiciales. En Estados Unidos la regulación ha tenido una incidencia positiva en la tasa de arresto. Un estudio cuasi experimental que comparó 38 estados donde el cannabis se ha regulado y donde todavía no, encontró que, en estados como Alaska, Oregón, Washington y Colorado, los arrestos por posesión de cannabis disminuyeron en población adulta.
La regulación también tendría potenciales beneficios en materia de gasto público. En EEUU, se ha estimado que regular reduciría el gasto estatal en aplicación de las leyes punitivas en 3,6 mil millones de dólares al año. En Colombia se ha planteado un escenario de ahorro de $ 120 mil millones en recursos de la lucha contra el cannabis. Este monto no parece descabellado ya que, entre el 2011 y el 2014, el 53% de las capturas por el delito de porte, fabricación y tráfico de estupefacientes corresponden a capturas por cannabis.
Respecto a las tasas de encarcelamiento, la evidencia indica que la regulación hasta el momento no ha tenido mucha incidencia. Un análisis realizado por Stanton et al (2020) para el estado de Washington evidenció que la regulación y las ventas minoristas del cannabis no han reducido ni la tasa de encarcelamiento ni la población carcelaria.
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Sin embargo, la población carcelaria se podría ver beneficiada ya que en varios de los estados de EE.UU. donde se ha regulado el cannabis de uso adulto, también se han implementado medidas para eliminar los antecedentes penales por delitos menores como el porte, transporte, y consumo de esta planta. Ese fue el caso de Oregón en 2014 o Michigan más recientemente. Este tipo de medidas benefician a cientos de miles de personas pues les permite tener acceso a oportunidades que se les negaba antes, entre ellas, la obtención de empleo formal, licencias profesionales, ayuda financiera, vivienda pública y derecho al voto, lo cual mejora su integración social y reduce la probabilidad de reincidencia.
¿Colombia iría en contravía de sus compromisos internacionales al regular el cannabis de uso adulto?
En principio, se podría suponer que una regulación del cannabis para uso adulto sería incumplir los tratados de fiscalización de drogas de la ONU que Colombia ha suscrito. En estos acuerdos el cannabis y su resina se encuentran en la Lista I y Lista IV de sustancias psicoactivas controladas. Esto significa que los Estados firmantes se ven obligados a criminalizar la posesión, la compra o el cultivo intencional de sustancias psicotrópicas para el consumo personal.
El incumplimiento de esos tratados no tienen una fórmula que especifique las consecuencias jurídicas que tendría para un país violar los compromisos suscritos. Las convenciones establecen que, en caso de surgir una controversia sobre la interpretación o la aplicación de la convención, ésta podría ser remitida a la Corte Internacional de Justicia (CIJ). La CIJ puede emitir una decisión, pero en realidad no tiene ningún poder de ejecución en estos asuntos.
En la práctica, los países que han regulado el cannabis de uso adulto han encontrado formas de eludir cualquier sanción y presentar argumentos legales para sustentar su decisión. Los primeros países en regular el cannabis de uso adulto, Uruguay y Canadá, no sufrieron consecuencias negativas, más allá de declaraciones de rechazo por los entes internacionales que buscan el cumplimiento de los convenios contra las drogas Ningún país impuso consecuencias unilaterales. Recientemente, la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), entidad encargada de vigilar la aplicación de los tratados de fiscalización de drogas, reconoció que estos tratados tienen más de 50 años y que el 2021 puede ser el momento para mirar si siguen siendo apropiadas.
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La regulación también se puede interpretar como una forma de cumplir con compromisos internacionales de mayor jerarquía que el control de drogas, particularmente los asociados a los derechos humanos. Según la Comisión Asesora para la Política de Drogas en Colombia, es posible sostener jurídicamente que las obligaciones en derechos humanos prevalecen sobre los acuerdos de drogas. En principio, porque el deber de los Estados de respetar los derechos humanos es un mandato apoyado en la Carta de las Naciones Unidas.
Uruguay se acogió a este argumento ante la JIFE al establecer que la creación de un mercado regulado de cannabis es un imperativo de salud y seguridad, ya que le permite reducir el tráfico ilícito de drogas y la violencia circundante. Por este motivo, en Uruguay se consideró que regular es una cuestión de derechos humanos, y que estos tienen mayor prioridad que los requisitos de control de drogas.
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