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Agentes del CTI de la Fiscalía capturaron a Ciro Arturo Pupo Castro, exalcalde de Valledupar (Cesar) por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
Pupo Castro, de 52 años, quien fuera mandatario de Valledupar entre los años 2004 y 2007, tendrá que rendir indagatoria en la investigación que se adelanta en su contra por hechos ocurridos en diciembre de 2006, cuando se celebró el convenio interadministrativo de cofinanciación No. 153 entre la Nación–Ministerio del Interior y de Justicia– Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia ciudadana (Fosecom) y el municipio de Valledupar.
El objeto era el suministro, instalación, montaje, prueba, puesta en funcionamiento, garantía y mantenimiento del número único de seguridad 123 y un circuito cerrado de televisión con video y control de tiempo real que debía involucrar activos y pasivos, con centro de control y monitoreo en el municipio, por un valor de 3.200 millones de pesos. De este dinero el Ministerio del Interior y de Justicia aportaba 2.240 millones de pesos y el municipio de Valledupar aportaría 960 millones de pesos. El contrato debía durar 9 meses contados a partir de la legalización del convenio.
El municipio se responsabilizaría de la sostenibilidad y mantenimiento del número único de seguridad y del circuito cerrado de televisión después de cumplirse la garantía y además tendría la responsabilidad de pedir los permisos necesarios para la instalación de los equipos del proyecto en las torres y postes donde debía hacerse.
El secretario de Gobierno municipal de la época, Fabio Mendoza Nobles, firmó el análisis de conveniencia y oportunidad 23 de febrero de 2007 y tres días después fue expedido el certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) No. 0387, por valor de $960.000.000.
El 14 de agosto de ese mismo año fue suscrito el contrato de suministro No. 112/2007, entre el alcalde del municipio de Valledupar Ciro Arturo Pupo Castro y la señora Diana Isabel Nassiff de Rima, en representación de la Unión Temporal Cipecol Sev Ltda. Esta convención se firmó con el mismo objeto que el convenio suscrito entre el ministerio del Interior y la Alcaldía. El monto fue de 3197 millones 618.880 pesos. De esta plata, fue entregada la mitad como anticipo y el resto a través de pagos parciales. La ejecución se haría durante cinco meses y el interventor sería la Secretaría de Gobierno.
El acta de inicio se firmó el 17 de agosto de 2007 y el 26 de octubre de ese año, mediante comprobante de egreso No. 3097, fue girado el anticipo por valor de $1120 millones de pesos, correspondientes a los aportes del Ministerio del Interior y de Justicia, y con el comprobante de egreso No. 3098 de la misma fecha se giraron 478 millones 809.440 pesos de aportes del municipio.
Sin embargo, el contrato fue modificado. El 27 de diciembre de 2007 se suscribió un contrato adicional No. 1 por valor de 1350 millones de pesos; el 31 de diciembre de 2007 fue firmada una cláusula adicional a la adición del contrato por tres meses para que llegara hasta el mes de marzo de 2008; el 14 de febrero de 2008 se suspendió el plazo de ejecución por un término de 30 días; el 31 de marzo de 2008, se firma el acta de suspensión No. 01 hasta que sean expedidos los permisos para autorizar la instalación de las torres para nodos de transmisión y el contratista entregue las correspondientes autorizaciones a la entidad contratante; el 12 de junio de 2008, se suscribe un adicional No. 2 cuyo objeto es aumentar el plazo de ejecución del contrato principal y su adicional; el 17 de julio de 2008 se firmó un otrosí para cambiar la forma de pago y así la Alcaldía se comprometía a pagar 1011 millones 149.232 pesos al contratante el día 1º de agosto de 2008; el 16 de febrero de 2009 se suscribió el documento denominado adicional No 3 donde se estableció como objeto adicionar el plazo de ejecución del contrato en cuatro meses contados a partir de la reanudación de las obras mediante acta del 16 de febrero de 2009, es decir que la duración del contrato iría hasta el mes de junio de 2009; en la misma fecha se ordena reanudar la ejecución del contrato a partir del 17 de febrero de 2009.
Dentro de las labores investigativas desarrolladas por el CTI, se estableció que el dinero producto del anticipo no cumplió con los requisitos exigidos, porque lo entregado por la Alcaldía debía ser usado solo para ejecución del contrato y se observan pagos hechos directamente a la representante legal de la Unión temporal Cipecol – SVE Ltda., a Inversiones ERA 2000, interventor externo del contrato. Además aparecen cheques girados a Edificio Prados del Polo, Finanzautos Factoring.