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El Día Mundial del Enfermo, 11 de febrero, fue la coyuntura que la Conferencia Episcopal Colombiana escogió para lanzar su serie de textos “para que tengamos vida en abundancia”, cuyo primer módulo está relacionado en específico con la eutanasia. El texto cuenta con distintas reflexiones religiosas y hasta un anexo que puede ser usado por todo ciudadano que manifieste, a pesar de padecer una enfermedad grave e incurable, que no será paciente de eutanasia. El documento es público y se presenta en un contexto nacional en el cual la eutanasia está amparada, incluso, para pacientes que no tengan un pronóstico terminal.
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Las fuentes consultadas por este diario, abogados de Martha Sepúlveda y Víctor Escobar, responden que la práctica es un derecho fundamental y que la Corte Constitucional ha fallado a favor del derecho a la muerte digna desde 1997. “La Corte sigue protegiendo la eutanasia porque como estamos en un Estado Laico, es un derecho de cada persona decidir sobre el final de su vida y cómo quiere que llegue la muerte”, explicó la abogada Camila Jaramillo. Es investigadora del laboratorio de derechos DescLab y abogada de Martha Sepúlveda, cuyo caso fue conocido nacionalmente y quien transitó a la muerte a principio de año siendo paciente de esclerosis lateral amiotrófica.
De acuerdo con la Conferencia Episcopal, la cartilla es un material pedagógico destinado a la difusión masiva. “En Colombia, paulatinamente, se ha abierto paso la equivocada idea de que el sufrimiento del enfermo es una ‘amenaza insoportable, de la que es preciso librarse a toda costa’ y, por ello, diversas sentencias de la Corte Constitucional junto a resoluciones del Ministerio de Salud y Protección Social no dejan de promover la cultura de la muerte”, se señala en el texto. En conclusión, consideran que quienes defienden el derecho a la muerte digna, solo atribuyen ese par de palabras a la eutanasia. Defienden los cuidados paliativos.
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La conclusión de la cartilla cuenta con un anexo, que es una herramienta para dejar constancia sobre la negativa a practicarse la eutanasia. En el mismo anexo la persona debe dejar sus datos y testigos deben dar fe de que quien utilice esos espacios no será paciente de muerte médicamente asistida. “Pido que, si llegara a padecer una enfermedad grave e incurable o a sufrir un padecimiento grave, crónico e imposibilitante o cualquier otra situación crítica: se me administren los cuidados básicos y los tratamientos adecuados para paliar el dolor y el sufrimiento; que no se me aplique la prestación de ayuda a morir en ninguna de sus formas”, se lee.
Según explicó el abogado Lucas Correa, investigador de DescLab, el derecho a la muerte digna no obliga a los ciudadanos a practicarse la eutanasia. Es, en su concepto, la posibilidad de elegir como morir, cuando hacerlo y bajo que padecimientos de salud. Adhirió a los argumentos de su colega Jaramillo, explicando que desde 1997 la Corte Constitucional dio luz verde a la práctica, cuyo primer paciente en Colombia fue el padre del caricaturista Matador, el señor Ovidio González. A partir de allí, la Corte se ha pronunciado cuatro veces a favor del derecho a la muerte digna, cuya consecuencia han sido cuatro resoluciones de regulación del Ministerio de Salud.
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“Los cuidados paliativos son altamente limitados. Pareciera que los obispos católicos prefieren ofrecerles a las personas el sufrimiento y el enseñamiento terapéutico, en lugar de ofrecerles la compasión, la dignidad y el amor del cual nos habla el evangelio de Jesús”, concluyó Lucas Correa. Por su parte, Camila Jaramillo señaló que “lo que ocurre en Latinoamérica demuestra la evidente desconexión que existe entre quienes creemos en Dios y la Iglesia Católica. El caso de Martha es un ejemplo de esto y de cómo tomar decisiones en el final de la vida, incluida la eutanasia, no es incompatible con las creencias religiosas”.
Martha Sepúlveda explicó en televisión nacional que era fiel católica y que eso no le impedía tomar el camino que finalmente la llevó al descanso. Ella iba a ser la primera persona en el país en beneficiarse de la última sentencia de la Corte Constitucional sobre la materia, que amplió el derecho a pacientes en condiciones no terminales. Un enredo jurídico con la IPS Incodol suspendió el proceso para el día previamente pactado: 9 de octubre de 2021. Tras una tutela de la abogada Jaramillo, Martha Sepúlveda escogió nueva fecha y el pasado 9 de enero accedió a la eutanasia. Dos días antes, el paciente Víctor Escobar, quien sufría de 17 patologías que le impedían respirar, hablar y moverse, se convirtió en el primer colombiano en beneficiarse de las nuevas reglas de la Corte.
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“Él era creyente en Dios. Era católico. Iba a misa los domingos en la mañana. Pero era más fuerte el dolor que sentía. En la decisión de Víctor Escobar no tuvo nada que ver el tema de su religión. No influyó. La misa de Víctor, en su funeraria, fue realizada por sacerdotes guadalupanos, no de la Iglesia Católica normal. Cada cual sacará su conclusión sobre ello. Tuvimos que conseguir cura guadalupano”, le dijo a este diario el abogado Víctor Giraldo, apoderado del paciente histórico. Concluyó que Colombia es un país laico y que cualquiera, si lo desea, a pesar de considerarla una idea desatinada, puede leerse la cartilla de la Conferencia Episcopal.
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