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Caso de Dilan Cruz fue trasladado a la Justicia Penal Militar

De acuerdo con el Consejo Superior de la Judicatura, la Justicia Penal Militar debe llevar el proceso en contra del capitán de la Policía Manuel Cubillos debido a que se encontraba en el ejercicio de sus funciones cuando repelió la manifestación en la que murió Cruz. Sin embargo, la decisión no fue no fue unánime.

29 de agosto de 2020 - 09:03 p. m.
Dilan Cruz. / Cortesía.
Dilan Cruz. / Cortesía.

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El Consejo Superior de la Judicatura resolvió dejar a la Justicia Penal Militar el caso de Dilan Cruz. De acuerdo con la última decisión de la corporación, el capitán de la policía Manuel Cubillos ejercía sus funciones en el momento de los hechos, lo cual es razón suficiente para que la investigación no sea tomada por la Fiscalía.

(En contexto: Vía tutela, buscan devolver proceso por muerte de Dilan Cruz a la justicia ordinaria)

En el documento, la Judicatura se basó las entrevistas a testigos de los hechos y señaló que “las declaraciones de los uniformados y de los funcionarios de la Personería de Bogotá son claras en cuanto sostienen que se trató de un asunto en donde debió repelerse una manifestación que se tornó violenta, lo cual a juicio de esta Colegiatura se traduce en un acto del servicio

A los ojos de la Judicatura, “una actuación delictiva tiene relación con el servicio cuando es realizada por un miembro de la fuerza pública y este se encuentra en cumplimiento o ejercicio regular de las funciones a él asignadas siempre y cuando la conducta ilícita tenga íntima afinidad con esas mismas funciones”, por lo tanto, la Justicia Penal Militar es la más indicada para llevar a partir de ahora el esclarecimiento de los hechos.

El caso lleva varios meses de controversia. A través de una tutela, interpuesta el 9 de marzo de 2020, la familia de Cruz le pidió a la Corte Suprema de Justicia devolver el expediente a la Fiscalía, pero el proceso tuvo varios tropiezos. La Corte fallo a favor de los familiares de Cruz y el 23 de abril el caso volvió a ser materia de estudio en la Judicatura. La suspensión de términos judiciales a raíz de la emergencia sanitaria y fallas de comunicación, ralentizaron la determinación judicial.

(Lea también: Judicatura deberá volver a definir quién investiga la muerte de Dilan Cruz)

Por ejemplo, el pasado 24 de junio la notificación a la Sala Disciplinaria de la Judicatura, que debía ser electrónica, nunca llegó y el proceso quedó varado. Y finalmente el caso se destabró con la decisión de hoy, pues la Judicatura argumentó que “el delito está relacionado con el servicio únicamente en la medida en la cual haya sido cometido en el marco del cumplimiento de la labor, esto es, del servicio asignado por la Constitución y la Ley a la fuerza pública”.

Sin embargo, la decisión no fue unánime y para los magistrados Camilo Montoya, Pedro Alonso Sanabria y Yira Lucia Olarte, miembros de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, las cosas no están claras. En su salvamento de voto, el magistrado Montoya asegura que “el conocimiento del asunto debió ser asignado a la Justicia Ordinaria, pues las razones de la Sala Mayoritaria no resultan suficientes para fijarlo en cabeza de la Justicia Castrense. Ello por cuanto no es indubitable que los hechos en los que resultó lesionado el joven tuvieran plena relación con el servicio”.

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