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                                                                                                                                Caso Dilan Cruz quedará en manos de la justicia ordinaria: Corte Constitucional

                                                                                                                                La decisión es de la Sala Plena de la Corte Constitucional tras estudiar una acción de tutela que presentó la familia del joven que falleció en noviembre de 2019 durante protestas convocadas.

                                                                                                                                Dilan Cruz
                                                                                                                                Foto: MAURICIO ALVARADO

                                                                                                                                En manos de la Fiscalía General quedó la investigación que se surte en contra del capitán del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) Manuel Cubillos por la muerte de Dilan Cruz, el estudiante que perdió la vida en el centro de Bogotá mientras hacia presencia en el paro nacional que fue convocado durante noviembre de 2019. La determinación de dejar el expediente en la justicia ordinaria es de la Corte Constitucional que estudió una acción de tutela que interpuso Jenni Alejandra Medina, madre del joven, quien consideró que el proceso judicial no debía estar en poder de la Justicia Penal Militar como lo dijo en su momento la desaparecida Sala Jurisdiccional Disciplinaria y la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en abril pasado.

                                                                                                                                Este viernes, la Corte Constitucional le dio el espaldarazo a la familia Cruz luego de que días atrás le solicitara al Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar suspender el proceso que se adelantaba en ese despacho en contra del capitán Cubillos. La decisión, en ese entonces, obedeció a que debía surtirse un análisis profundo del proceso por lo que pidió que no se practicaran pruebas, no se corrieran los términos y tampoco se tomaran decisiones de fondo. El documento de 14 páginas del que fue ponente la magistrada Diana Fajardo agregó que “existen fundamentos jurídicos razonables para estimar que la demanda de amparo tiene vocación aparente de viabilidad. En efecto, de las circunstancias de hecho que rodearon la muerte de Dilan Mauricio Cruz Medina, se aprecian elementos mínimos que permiten considerar la posibilidad de que la conducta del uniformado deba ser conocida por la Jurisdicción Penal Ordinaria y no por la Jurisdicción Penal Militar”.

                                                                                                                                El análisis promovido, en ese entonces, obedece a los múltiples llamados que ha hecho la familia Cruz para que el proceso esté en manos de la justicia ordinaria debido a que de esa manera garantizan que las pruebas que hay en el expediente sean valoradas por jueces que no guardan relación con la profesión del uniformado. La madre de Dilan en una acción de tutela allegada a la Corte Suprema de Justicia alegó que no se tuvieron en cuenta la mayoría de pruebas y testimonios de defensores de derechos humanos, que daban cuenta que la actuación de Cubillos no obedeció a un acto del servicio, como el uniformado y su defensa lo han hecho ver ante las autoridades judiciales.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Medina Pulido expresó en su documento que las autoridades judiciales dejaron de lado las entrevistas rendidas ante al Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) por Héctor Wilmar Olarte Cancino, Fabián Paredes Aristizábal, Alexandra Paola González Zapata y Angie Lorena Medina Panqueba, activistas de derechos humanos y delegados de la administración distrital para el acompañamiento de las protestas, quienes estaban presentes el día de los hechos y dieron una versión distinta la narrada por los agentes de policía. Para la madre del joven hoy fallecido esas pruebas eran relevantes puesto que demostraban, entre otros aspectos, que la protesta se estaba desarrollando de manera pacífica cuando fue irrumpida por el Esmad. Si bien Medina expuso sus argumentos, en ese entonces, la Corte Suprema no le dio la razón.

                                                                                                                                No obstante, el espaldarazo que le dio la Corte Constitucional no solo servirá para que el proceso continúe en manos de la Fiscalía sino también para que la defensa de Cruz exponga las múltiples pruebas que tienen en contra del uniformado. Sobre Cubillos se conoce que, además, del proceso penal, la Procuraduría abrió una investigación en julio de 2020. El Ministerio Público pretende identificar si hubo uso excesivo de la fuerza por parte del oficial en desarrollo del procedimiento policial.

                                                                                                                                Dilan Cruz
                                                                                                                                Foto: MAURICIO ALVARADO

                                                                                                                                En manos de la Fiscalía General quedó la investigación que se surte en contra del capitán del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) Manuel Cubillos por la muerte de Dilan Cruz, el estudiante que perdió la vida en el centro de Bogotá mientras hacia presencia en el paro nacional que fue convocado durante noviembre de 2019. La determinación de dejar el expediente en la justicia ordinaria es de la Corte Constitucional que estudió una acción de tutela que interpuso Jenni Alejandra Medina, madre del joven, quien consideró que el proceso judicial no debía estar en poder de la Justicia Penal Militar como lo dijo en su momento la desaparecida Sala Jurisdiccional Disciplinaria y la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en abril pasado.

                                                                                                                                Este viernes, la Corte Constitucional le dio el espaldarazo a la familia Cruz luego de que días atrás le solicitara al Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar suspender el proceso que se adelantaba en ese despacho en contra del capitán Cubillos. La decisión, en ese entonces, obedeció a que debía surtirse un análisis profundo del proceso por lo que pidió que no se practicaran pruebas, no se corrieran los términos y tampoco se tomaran decisiones de fondo. El documento de 14 páginas del que fue ponente la magistrada Diana Fajardo agregó que “existen fundamentos jurídicos razonables para estimar que la demanda de amparo tiene vocación aparente de viabilidad. En efecto, de las circunstancias de hecho que rodearon la muerte de Dilan Mauricio Cruz Medina, se aprecian elementos mínimos que permiten considerar la posibilidad de que la conducta del uniformado deba ser conocida por la Jurisdicción Penal Ordinaria y no por la Jurisdicción Penal Militar”.

                                                                                                                                El análisis promovido, en ese entonces, obedece a los múltiples llamados que ha hecho la familia Cruz para que el proceso esté en manos de la justicia ordinaria debido a que de esa manera garantizan que las pruebas que hay en el expediente sean valoradas por jueces que no guardan relación con la profesión del uniformado. La madre de Dilan en una acción de tutela allegada a la Corte Suprema de Justicia alegó que no se tuvieron en cuenta la mayoría de pruebas y testimonios de defensores de derechos humanos, que daban cuenta que la actuación de Cubillos no obedeció a un acto del servicio, como el uniformado y su defensa lo han hecho ver ante las autoridades judiciales.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Medina Pulido expresó en su documento que las autoridades judiciales dejaron de lado las entrevistas rendidas ante al Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) por Héctor Wilmar Olarte Cancino, Fabián Paredes Aristizábal, Alexandra Paola González Zapata y Angie Lorena Medina Panqueba, activistas de derechos humanos y delegados de la administración distrital para el acompañamiento de las protestas, quienes estaban presentes el día de los hechos y dieron una versión distinta la narrada por los agentes de policía. Para la madre del joven hoy fallecido esas pruebas eran relevantes puesto que demostraban, entre otros aspectos, que la protesta se estaba desarrollando de manera pacífica cuando fue irrumpida por el Esmad. Si bien Medina expuso sus argumentos, en ese entonces, la Corte Suprema no le dio la razón.

                                                                                                                                No obstante, el espaldarazo que le dio la Corte Constitucional no solo servirá para que el proceso continúe en manos de la Fiscalía sino también para que la defensa de Cruz exponga las múltiples pruebas que tienen en contra del uniformado. Sobre Cubillos se conoce que, además, del proceso penal, la Procuraduría abrió una investigación en julio de 2020. El Ministerio Público pretende identificar si hubo uso excesivo de la fuerza por parte del oficial en desarrollo del procedimiento policial.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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