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                                                                                                                                Contenido Patrocinado
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                                                                                                                                Caso Fidupetrol: Corte Suprema absuelve al exmagistrado Rodrigo Escobar Gil

                                                                                                                                El expresidente de la Corte Constitucional fue investigado por el delito de tráfico de influencias agravado en el caso Fidupetrol.

                                                                                                                                Exmagistrado de la Corte Constitucional, saliendo de los juzgados de Paloquemao luego de ser absuelto del delito de tráfico de influencias dentro de su relación del escándalo de Fidupetrol.
                                                                                                                                Foto: Óscar Pérez
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La decisión de la alta corte se da después de que el exmagistrado presentara el recurso de casación contra la sentencia de 2018, en la cual el Tribunal Superior de Bogotá lo declaró culpable de tráfico de influencias. Sin embargo, para la Fiscalía, Escobar Gil se habría reunido, durante un almuerzo, con los magistrados Jorge Ignacio Pretelt Chaljub y Mauricio González Cuervo para hablar sobre la tutela presentada por la empresa. Eso fue en 2014, cuando Escobar Gil era abogado de Fidupetrol.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Le puede interesar: ‘Sí, di papaya y fue una metida de pata’: Rodrigo Escobar Gil

                                                                                                                                Fue así que la Corte Suprema explicó que Escobar Gil no ejecutó su oferta, a pesar de haber anunciado a la junta de Fidupetrol, en correos electrónicos, que hablaría de la tutela con el magistrado Mauricio González Cuervo. La Sala de Casación Penal determinó entonces que, si bien en ese almuerzo Escobar Gil le habló al entonces magistrado González de la tutela de Fidupetrol, esta fue apenas una mención, sin que se tratara de una influencia indebida.

                                                                                                                                Por lo anterior, fue que no constituyó el delito de tráfico de influencias, dice la Corte Suprema, pues el derecho penal lo que sanciona son las influencias indebidas, ciertas y específicas. “En esa medida, precisa el pronunciamiento, la referencia del abogado Escobar Gil al magistrado González Cuervo no contiene una solicitud concreta acerca del caso, sino que corresponde a un comentario de paso”, puesto que la conducta de tráfico de influencias de particulares determina o altera la forma de pensar del servidor público frente al caso que conoce por su función dice la alta corte.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                Exmagistrado de la Corte Constitucional, saliendo de los juzgados de Paloquemao luego de ser absuelto del delito de tráfico de influencias dentro de su relación del escándalo de Fidupetrol.
                                                                                                                                Foto: Óscar Pérez
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La decisión de la alta corte se da después de que el exmagistrado presentara el recurso de casación contra la sentencia de 2018, en la cual el Tribunal Superior de Bogotá lo declaró culpable de tráfico de influencias. Sin embargo, para la Fiscalía, Escobar Gil se habría reunido, durante un almuerzo, con los magistrados Jorge Ignacio Pretelt Chaljub y Mauricio González Cuervo para hablar sobre la tutela presentada por la empresa. Eso fue en 2014, cuando Escobar Gil era abogado de Fidupetrol.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Le puede interesar: ‘Sí, di papaya y fue una metida de pata’: Rodrigo Escobar Gil

                                                                                                                                Fue así que la Corte Suprema explicó que Escobar Gil no ejecutó su oferta, a pesar de haber anunciado a la junta de Fidupetrol, en correos electrónicos, que hablaría de la tutela con el magistrado Mauricio González Cuervo. La Sala de Casación Penal determinó entonces que, si bien en ese almuerzo Escobar Gil le habló al entonces magistrado González de la tutela de Fidupetrol, esta fue apenas una mención, sin que se tratara de una influencia indebida.

                                                                                                                                Por lo anterior, fue que no constituyó el delito de tráfico de influencias, dice la Corte Suprema, pues el derecho penal lo que sanciona son las influencias indebidas, ciertas y específicas. “En esa medida, precisa el pronunciamiento, la referencia del abogado Escobar Gil al magistrado González Cuervo no contiene una solicitud concreta acerca del caso, sino que corresponde a un comentario de paso”, puesto que la conducta de tráfico de influencias de particulares determina o altera la forma de pensar del servidor público frente al caso que conoce por su función dice la alta corte.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                                Temas recomendados:

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