Caso Uribe: confirman que magistrado Carlos Guzmán decidirá sobre la preclusión
El Tribunal Superior de Bogotá negó la recusación presentada por los abogados de víctimas en contra del magistrado Carlos Andrés Guzmán, quien fue asignado para resolver el recurso de apelación que presentó la Fiscalía, al fallo que negó la preclusión del proceso a favor del expresidente Álvaro Uribe.
El magistrado Carlos Andrés Guzmán será quien decida en segunda instancia si se debe, o no, precluir el proceso contra el expresidente, Álvaro Uribe, por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal. Así lo confirmó el Tribunal Superior de Bogotá al negar una recusación que había sido presentada en su contra por el exfiscal Eduardo Montealegre, el abogado Reynaldo Villalba, defensor del senador Iván Cepeda; y Miguel Ángel del Río, representante judicial de Deyanira Gómez.
En contexto: Caso Uribe: recusan a magistrado que decidirá sobre la preclusión del expresidente
Es de recordar que el pasado 23 de mayo la jueza 41 de Conocimiento de Bogotá, Laura Estella Barrera, determinó, por segunda vez, que el proceso contra Álvaro Uribe Vélez no puede archivarse, porque en el expediente hay pruebas suficientes para que el expresidente siga vinculado a una investigación penal por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal. Esta decisión fue apelada por la Fiscalía, razón por la cual llegó a manos del magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, Carlos Andrés Guzmán.
En este contexto, los apoderados de víctimas recusaron al magistrado Guzmán porque fue el mismo que el año pasado negó una acción de tutela que radicaron las víctimas de este caso, en la que argumentaban que se habían vencido los términos para que la Fiscalía pudiera presentar una segunda solicitud de preclusión. Además, porque Katherine López, compañera sentimental del togado, actualmente trabaja en el despacho de la vicefiscal Martha Yaneth Mancera, lo que podría influenciar la decisión.
Lea: No, por ahora, Uribe no va a juicio. Este es el camino que sigue en el caso
Sin embargo, la recusación fue negada por el Tribunal por considerarla infundada, por lo que Carlos Andrés Guzmán será quien decida en segunda instancia si se debe, o no, precluir el proceso contra el expresidente Uribe. Entre las razones del Tribunal, se encuentran que existen demasiadas especulaciones dentro de la posible influencia que podría tener Katherine López en el proceso.
“En efecto, existen demasiadas especulaciones detrás del planteamiento de la recusación, con base en la causal primera, pues no se ha demostrado que la compañera sentimental del magistrado ponente tenga influencia en el diseño y éxito de la estrategia de la Fiscalía y mucho menos que por la sola vinculación con dicha entidad, tenga interés en favorecer a su empleador”, dice la decisión del Tribunal conocida por el Espectador.
Lea además: Así reaccionaron los políticos al fallo que negó la preclusión del caso Uribe
Además, el Tribunal determinó que el hecho de que el magistrado Carlos Andrés Guzmán haya negado una acción de tutela en este caso, no lo inhabilita porque su pronunciamiento no fue sobre si se debe o no, precluir la investigación. “Dentro del trámite constitucional de amparo, no hubo ninguna postura, de fondo, con respecto a la procedencia o improcedencia de la solicitud de preclusión”, dice la decisión.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
El magistrado Carlos Andrés Guzmán será quien decida en segunda instancia si se debe, o no, precluir el proceso contra el expresidente, Álvaro Uribe, por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal. Así lo confirmó el Tribunal Superior de Bogotá al negar una recusación que había sido presentada en su contra por el exfiscal Eduardo Montealegre, el abogado Reynaldo Villalba, defensor del senador Iván Cepeda; y Miguel Ángel del Río, representante judicial de Deyanira Gómez.
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Es de recordar que el pasado 23 de mayo la jueza 41 de Conocimiento de Bogotá, Laura Estella Barrera, determinó, por segunda vez, que el proceso contra Álvaro Uribe Vélez no puede archivarse, porque en el expediente hay pruebas suficientes para que el expresidente siga vinculado a una investigación penal por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal. Esta decisión fue apelada por la Fiscalía, razón por la cual llegó a manos del magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, Carlos Andrés Guzmán.
En este contexto, los apoderados de víctimas recusaron al magistrado Guzmán porque fue el mismo que el año pasado negó una acción de tutela que radicaron las víctimas de este caso, en la que argumentaban que se habían vencido los términos para que la Fiscalía pudiera presentar una segunda solicitud de preclusión. Además, porque Katherine López, compañera sentimental del togado, actualmente trabaja en el despacho de la vicefiscal Martha Yaneth Mancera, lo que podría influenciar la decisión.
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Sin embargo, la recusación fue negada por el Tribunal por considerarla infundada, por lo que Carlos Andrés Guzmán será quien decida en segunda instancia si se debe, o no, precluir el proceso contra el expresidente Uribe. Entre las razones del Tribunal, se encuentran que existen demasiadas especulaciones dentro de la posible influencia que podría tener Katherine López en el proceso.
“En efecto, existen demasiadas especulaciones detrás del planteamiento de la recusación, con base en la causal primera, pues no se ha demostrado que la compañera sentimental del magistrado ponente tenga influencia en el diseño y éxito de la estrategia de la Fiscalía y mucho menos que por la sola vinculación con dicha entidad, tenga interés en favorecer a su empleador”, dice la decisión del Tribunal conocida por el Espectador.
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Además, el Tribunal determinó que el hecho de que el magistrado Carlos Andrés Guzmán haya negado una acción de tutela en este caso, no lo inhabilita porque su pronunciamiento no fue sobre si se debe o no, precluir la investigación. “Dentro del trámite constitucional de amparo, no hubo ninguna postura, de fondo, con respecto a la procedencia o improcedencia de la solicitud de preclusión”, dice la decisión.
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